Ancud: PDI busca descartar posible tráfico de drogas de gendarme a reos de la cárcel

Fotografía de contexto.
Véase también:
Ancud: detienen con drogas dentro de la cárcel a funcionario de gendarmería.

ANCUD (La Opinión de Chiloé) — A cargo de funcionarios de la Policía de Investigaciones de Castro quedó la indagatoria abierta hace algunos días por el Ministerio Público de Ancud en contra de un gendarme del recinto penitenciario de esa ciudad que fue sorprendido con sustancias prohibidas por compañeros de trabajo.

Tal y como consignó La Opinión de Chiloé, la denuncia fue realizada por Gendarmería cuando en medio de la aplicación de sus protocolos rutinarios, se descubrió que A.A.R.C. (19 años) portaba entre sus vestimentas lo que parecía ser Cannabis sativa, activándose los protocolos respectivos.

Los primeros antecedentes indicaban que al imputado se le habrían incautado 2,7 gramos, por lo que informada la Fiscalía, se solicitó la concurrencia de detectives del grupo Microtráfico Cero (MT-0) de la Brigada de Investigación Criminal de la PDI de Castro para iniciar las indagatorias, verificando que se trataba de marihuana.

La información fue confirmada por la Directora Regional de Gendarmería Los Lagos, la coronel Angélica Briones, quien detalló que además de la investigación que está en manos de las policías, de manera paralela la institución dio inicio a un sumario administrativo.

Luego, para preservar el éxito del procedimiento, acotó que se apartó de sus funciones al funcionario involucrado, sin perjuicio de la eventual expulsión de Gendarmería que podría enfrentar el aludido.

Al día siguiente de los hechos, se realizó la audiencia de control de detención para el ahora gendarme suspendido, la que fue declarada ajustada a derecho para posteriormente, dar paso a la formalización.

De manera preliminar, el fiscal de turno expuso ante el Juzgado de Garantía de Ancud que por ahora, se presume que lo incautado estaba, presumiblemente, al servicio del potencial uso o consumo personal y próximo en el tiempo del requerido. Sin embargo, por ahora no se ha descartado que las drogas estaban o no destinadas a alguien de la población penal.

Por lo tanto, el Ministerio Público pidió que se le formalice por el delito de uso de drogas por funcionario de Gendarmería dentro de recinto de Gendarmería en la modalidad de porte, descrito y sancionado en el artículo 14 de la Ley N° 20.000.

Según el fiscal Fernando Metzner Iribarren, por ahora, que al imputado le podría caber una posible participación de autor en este ilícito en los términos del artículo 14 n.º 1 y 15 n.° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado.

Si bien es cierto «sólo» se trató de 2,7 gramos, como se viene diciendo, al estar dentro de un lugar que mantiene población penal, por ahora no se ha desechado la posibilidad de que la droga estuviere dirigida a algún reo.

Metzner dijo al respecto que «tanto la prueba de campo como el pesaje de la droga por instrucción de la Fiscalía fueron realizados por la Unidad MT-Cero de la Policía de Investigaciones y en el plazo fijado [por el juez para la investigación] se van a realizar algunas diligencias para reafirmar los hechos ya imputados».

Sopesados los antecedentes acompañados en la causa, el Tribunal concluyó que existiría un correlato consistente en la imputación de la Fiscalía, y que el encartado podría ser el responsable.

Por lo tanto, expresó que por ahora, los hallazgos de la indagatoria son suficientes para estimar que aparece justificada tanto la existencia del ilícito por el que ha sido formalizado el imputado como también, atribuir el día de hoy su participación en calidad de autor.

Así las cosas, y tras requerimiento del fiscal a cargo de la causa, el tribunal decidió imponer como medidas cautelares el arraigo nacional y firma mensual ante Carabineros de Ancud, esta última modificada para que sea cumplida en Lebu, región del Biobío, ya que el imputado decidió irse de Chiloé.

Hay que recordar que el artículo 14 de la Ley de drogas indica, entre otras coas, que «el personal militar a que se refiere el artículo 6º del Código de Justicia Militar, con excepción de los conscriptos, el de la Policía de Investigaciones de Chile, el de Gendarmería de Chile y el de aeronáutica a que se refiere el artículo 57 del Código Aeronáutico que consuma alguna de las sustancias señaladas en los artículos 1º y 5º de esta ley, será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio», o sea, desde 61 días a 3 años y 1 día. 

No obstante, el mismo artículo en su inciso segundo dice que «si consumieren tales sustancias en los lugares o situaciones mencionados en el artículo 5º, Nº 3º, del Código de Justicia Militar, la sanción será presidio menor en sus grados medio a máximo», o sea, sube hasta 5 años de cárcel.

Por lo tanto, y habiendo sido sorprendido con sustancias prohibidas al interior del Centro de Detención Preventiva, entonces la pena que podría arriesgar es esta última, sin perjuicio del resultado de las indagatorias pendientes.

Se fijó un plazo de investigación de 90 días, ordenándose la libertad del imputado.

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