QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — Un complejo incidente de violencia de género hacia una mujer fue objeto de una rápida tramitación ante el Juzgado mixto de la ciudad puerto durante este miércoles, todo tras la denuncia de la víctima quien acusó haber sido agredida por un sujeto que habría ingresado a su propiedad sin permiso.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-843-2024 RUC 2400952865-9 seguida ante el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quellón, los hechos se remitirán a la mañana de este martes cuando la Central de Comunicaciones de Carabineros (Cenco) recibió una denuncia que alertaba sobre una grave agresión que habría sufrido una mujer, en circunstancias no precisadas.
Los primeros antecedentes indicaban que un sujeto habría irrumpido en una vivienda, y tras encontrarse con la víctima, habría decidido propinarle diversos golpes de pies y puños en distintas partes del cuerpo, dejándola con lesiones severas.
Así las cosas, funcionarios de la Sexta Comisaría de Carabineros de Quellón abordaron el procedimiento y concurrieron al sitio del suceso, procediendo a la detención de un delincuente con un amplio prontuario policial por su presunta responsabilidad en los hechos.
Fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé indicaron que el imputado era Rolando Nicolás Llanquilef Cárdenas, quien de manera sorpresiva, durante los últimos cuatro años acumularía 19 causas penales por diversos delitos y faltas ante el Tribunal del sur de la isla.
De hecho, uno de los más recientes se remite al 3 de agosto pasado cuando había accedido a un procedimiento simplificado para ser condenado como autor de un delito consumado de lesiones menos graves, descrito y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, perpetrado en Quellón el día 2 de agosto, y por el cuál recibió una simple multa de alrededor de $22.000.-
Los hechos se asociaban a un agresión cometida entre él y un coautor en contra de un tercero, que fue atendido en el centro asistencial de esa ciudad con heridas de diversa consideración, que lo mantuvieron incapaz de trabajar por algunas semanas.
Tras esa laxa sanción derivada de un acuerdo entre la Fiscalía local y la defensa del encartado, el juez de turno dio por pagada la multa luego que el sujeto estuviera detenido un par de horas a la espera de pasar a audiencia.
Además, previamente el 9 de enero de este año, había accedido a otro requerimiento similar siendo condenado como autor de un delito consumado de lesiones leves, descrito y sancionado en el artículo 494 n.°5 del Código Penal, perpetrado en Quellón el día 8 de enero de 2024, en perjuicio de un tercero.
Aquí también hubo participación de otro coautor, existiendo un acuerdo entre el fiscal de turno y el defensor penal público para que, de reconocer su participación, recibiría una simple multa, la que finalmente fue de alrededor de $22.000.- que se dio por pagada por las mismas razones.
Y por si fuera poco, está a la espera de un juicio por un incidente ocurrido el 15 de enero de este año, cuando alrededor de las 00.30 horas, junto a otras siete personas, irrumpió en una vivienda de calle Balmaceda con Avda. Juan Ladrilleros de Quellón, causando daños.
Luego, volviendo a lo ocurrido este martes, Carabineros procedió a la detención del encartado alrededor de las 11.00 horas de la mañana, mientras que la víctima fue atendida en el Servicio de Urgencia del Hospital de la ciudad puerto donde se le diagnosticaron lesiones de carácter grave.
El delincuente fue trasladado hasta la unidad policial y, durante la mañana del miércoles, pasó a control de la detención en el Juzgado mixto local, declarándose ajustado a derecho el procedimiento, para luego dar paso a la formalización.
Así las cosas, y previo acuerdo con la defensa, el Ministerio Público presentó un requerimiento verbal simplificado, instancia donde el fiscal Felipe Rodríguez Silva ofreció al delincuente la posibilidad de acceder a penas menos gravosas de reconocer su participación en los delitos de lesiones graves y violación de morada.
Explicó que le cabría al imputado una eventual participación en calidad de autor en los términos del artículo 14 n.º 1 y 15 n.°1 del Código punitivo, en grado de desarrollo consumado, no existiendo atenuantes de responsabilidad penal.
En tal marco, el imputado admitió ante la juez Claudia Villa Esperguel su participación en los hechos referidos por la acusación fiscal, por lo que inmediatamente se decidió emitir una sentencia condenatoria por ambos delitos.
En efecto, se condenó a Ronaldo Nicolás Llanquilef Cárdenas a cumplir una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, por la responsabilidad que le cabe como autor de un delito consumado de lesiones graves, descrito y sancionado en el artículo 397 n.°2 del Código Penal.
Se sumó la accesoria legal de suspensión para cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena.
Por otro lado, se le impuso una pena de multa de 1/3 de UTM (alrededor de $22.000.-), por la responsabilidad que le cabe como autor de un delito consumado de violación de morada, descrito y sancionado en el artículo 144 del mismo Código punitivo.
Sobre este punto, el Tribunal dio por pagado tal monto atendido a las horas que estuvo detenido esperando pasar a audiencia, mientras que respecto de la pena corporal, se ordenó su cumplimiento efectivo, por lo que no accedió a beneficio alguno.
Así las cosas, se ordenó su ingreso al Centro de Detención Preventiva de Castro, quedándole por cumplir 540 días de cárcel (se le dio por cumplido 1 día por el tiempo que estuvo detenido esperando pasar a audiencia), sin perjuicio de la posibilidad de acceder a libertad condicional prontamente.
Eso sí, y como se dijo previamente, está a la espera de juicio por otra causa asociada a violación de morada que habría perpetrado de manera grupal en la vivienda de otra mujer. La audiencia de preparación de juicio oral simplificado y salida alternativa está fijada para su realización el día 22 de agosto de 2024, a las 10.00 horas, en el mismo Juzgado quellonino.
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