Ancud: piden 540 días de presidio para sujeto que vendía locos en Pudeto Bajo

Fotografía de contexto.

ANCUD (La Opinión de Chiloé) — Una interesante causa penal vinculada al almacenamiento, comercialización y procesamiento de recurso en veda está pronto a ventilarse ante el Juzgado de Garantía de Ancud, luego que el Ministerio Público de esa ciudad decidiera acusar a un sujeto de infringir la norma vigente respecto a la venta de producto loco (Concholepas concholepas).

De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos se remitirían al mediodía del 24 de noviembre de 2020, cuando la Policía de Investigaciones (PDI) procedió a realizar un allanamiento a una vivienda ubicada en el sector Pudeto Bajo, todo tras la denuncia de un fiscalizador del Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) que aludía a la presunta existencia de un pequeño lugar donde se procesaban locos.

La diligencia se realizó aproximadamente a las 12.00 horas de ese día al interior del domicilio ubicado en calle El Jardín de Ancud, previa autorización judicial y tras una silenciosa vigilancia a la propiedad, donde se corroboró que la vivienda era usada como lugar de procesamiento y comercialización de productos hidrobiológicos vedados.

Además, antes del allanamiento, funcionarios de la PDI registraron diversos movimientos detectados desde el exterior del lugar denunciado, consistentes en traslado de bandejas de plumavit con productos sin precisar.

Así las cosas, se ingresó y se procedió a incautar 1.443 unidades del recurso loco, las que estaban dispuestas en sendas bandejas de plumavit, previamente selladas, distribuidos en 92 bandejas, listas para ser vendidas. Además, en el lugar también había una balanza, una bandeja metálica, rollo de papel plástico alusa, más otras bandejas de plumavit sin utilizar.

Cabe precisar que a la fecha de los hechos, el producto se encontraba bajo veda extractiva, al menos hasta 31 de diciembre de 2022, de conformidad al Decreto Exento n.°820 del 29 de diciembre de 2017, emitido por la Subsecretaría de Pesca.

Según la normativa vigente, lo que pasó es un delito sancionado con penas que pueden llegar hasta los 3 años y un día de presidio, sin dejar de mencionar que también es susceptible de una sanción administrativa por parte de Sernapesca, y que se constituyen en fuertes multas.

El aludido, identificado como J.C.H.V. fue detenido ese mismo día y puesto a disposición de la justicia. Aunque inicialmente se hablaba de una segunda persona que estaría involucrada, aquello se desecharía en el curso de la investigación.

El aludido fue formalizado en el Juzgado de Garantía de Ancud por la presunta comisión del delito de Infracción al artículo 139 de la Ley 18.892 “Ley de Pesca”, en sus modalidades de almacenamiento y procesamiento, quedando con la medida cautelar de arraigo nacional.

El citado artículo dice que «el procesamiento, el apozamiento, la transformación, el transporte, la comercialización y el almacenamiento de recursos hidrobiológicos vedados, y la elaboración, comercialización y el almacenamiento de productos derivados de éstos, serán sancionados con presidio menor en sus grados mínimo a medio, sin perjuicio de las sanciones administrativas correspondientes».

Agrega que «Para determinar la pena se tendrá en consideración el volumen de los recursos hidrobiológicos producto de la conducta penalizada», sin perjuicio de las aminorantes o agravantes que pudieran existir y que están descritas en el Código Penal.

A más de dos años de los hechos, y tras postergarse la audiencia respectiva de manera reiterada, finalmente el Tribunal decidió agendar la realización de un juicio oral simplificado para el próximo 24 de abril, instancia donde la Fiscalía local de Ancud pedirá que se le condene en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado respecto del ilícito en comento.

En este sentido, y en virtud de los antecedentes expuestos, el persecutor penal está solicitando la imposición de la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo y la accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, solicitando igualmente que se le condene en costas.

Según antecedentes que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, el aludido ya fue multado por estos mismos hechos por el Juzgado de Letras de Ancud en lo civil, por un monto equivalente a 60,9908 Unidades Tributarias Mensuales (aproximadamente $3.808.875.- a marzo de 2023), al acreditarse que era autor de una infracción al artículo 107 y 109 de la Ley de Pesca y Acuicultura y, sancionada, en conformidad al artículo 119 del mismo cuerpo legal y al Decreto Exento n.° 820 del 29 de diciembre de 2017 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

El pago, aparentemente, aún no sería realizado, estándose a la espera de ser notificado respecto a que de no cumplir con el desembolso en un plazo de 10 días contados desde esa notificación, debiera ser arrestado para cumplir al menos 36 días de cárcel.

El imputado tiene diversos antecedentes policiales previos por varios delitos tanto en la ciudad de Ancud como en Castro y Quellón, estando entre ellos una sentencia por robo en lugar habitado y al menos dos sentencias por hurto, razón por la cual desde la Fiscalía se indicó que no concurren circunstancias aminorantes de responsabilidad penal.

Noticia con fallo
¡Bienvenido! Puedes opinar y debatir respecto al contenido de esta noticia. En La Opinión de Chiloé valoramos todos los comentarios respetuosos y constructivos y nos guardamos el derecho a no contar con las opiniones agresivas y ofensivas. Sé parte de la conversación.

Comentarios