Ancud: desbaratada la farsa, imputado por quemar Iglesia San Francisco a prisión

Fotografía: RR. SS.
Véase también:
Ancud: lapidario peritaje del SML a imputado por incendio de Iglesia San Francisco.
Un siglo de historia destruido: Iglesia San Francisco de Ancud se quemó; hay un detenido.
Ancud: Ministra de las Culturas anuncia plan para reconstruir Iglesia San Francisco.
Ancud: incendio de Iglesia San Francisco fue intencional. Capturan a un sujeto.
Ancud: suspenden provisionalmente formalización por incendio de la San Francisco.

ANCUD (La Opinión de Chiloé) — Luego de un incuestionable peritaje realizado por el Servicio Médico Legal que descartó cualquier patología psiquiátrica que haga inimputable al principal sospechoso del incendio de la Iglesia San Francisco de Ancud y otras dependencias aledañas (que dejó además con quemaduras al párroco del recinto), finalmente desde la Corte de Apelaciones de Puerto Montt se determinó su prisión preventiva, desechando la decisión del Juzgado de Garantía de Ancud que había decidido sacarlo del hospital e imponer arresto domiciliario total arguyendo un supuesto riesgo de adquirir de COVID-19 en la cárcel (donde no hay algún contagiado).

Tal y como había adelantado La Opinión de Chiloé, el reporte de los peritos fue tajante en aseverar que Darío Maximiliano Chacón Velásquez (24 años) es capaz de actuar con conciencia y voluntad, por lo tanto, «sabe que está venciendo las normas sociales y legales», vale decir, sabe diferenciar entre el bien y el mal, concluyéndose que «no presenta un cuadro mental patológico evidente de manejo psiquiátrico» (ver nota relacionada).

Aquél argumento de supuesta enfermedad había sido usado por la defensa para solicitar una suspensión provisional del procedimiento por eventual enajenación mental el pasado mes de enero, por lo que el imputado fue ingresado a la Unidad Psiquiátrica del Hospital de Puerto Montt a la espera de los peritajes de rigor de especialistas del SML. Se pretendía con ello, pelear un futuro sobreseimiento.

Sin embargo, diversa documentación a la que accedió La Opinión de Chiloé indicaba que su arribo no fue visto con beneplácito; de hecho, la Psiquiatra y Jefa del Servicio de Salud Mental Adultos, Loreto Lorca Núñez, envió un oficio al Juzgado de Garantía de Ancud donde textualmente decía «el Sr. Chacón no presenta alteración de juicio de realidad, no presenta alteración anímica, no presenta signos o síntomas sugerentes de abstinencia, no presenta fenómenos delirantes ni de la sensopercepción, no presenta alteraciones cognitivas, como tampoco afección orgánica que justifiquen su permanencia en este Centro Hospitalario».

Lo anterior ya era un adelanto de lo que se venía en los peritajes posteriores que descartaron cualquier tipo de problema mental que lo hiciera inimputable. Aunque varios familiares y allegados al sujeto negaron que tal comunicación haya existido, eso es falso porque este medio tuvo acceso a los documentos en comento que comprueban la tácita incomodidad del equipo médico puertomontino.

Es más, incluso desde el nosocomio en la capital regional se expresó implícita molestia por los detalles revelados en La Opinión de Chiloé, pero el derecho a informar sin censura previa es superior.

El peritaje psiquiátrico se realizó en sesiones del 6 y 25 de febrero en dependencias del SML y el 2 de marzo en el Hospital de Puerto Montt, e incluyó entrevistas clínicas, revisión del historial clínico y antecedentes patológicos personales y familiares, y la aplicación de diversos instrumentos de evaluación además de exámenes complementarios.

Grosso modo los detalles fueron expuestos por La Opinión de Chiloé en un reportaje a comienzos de marzo, manteniendo bajo reserva varios datos sensibles y familiares, además del diagnóstico al que se llegó.

Lo que se puede decir es que el aludido reconoció en las sesiones algunos incidentes previos aislados de quemas de espinillos o consumo de sustancias psicotrópicas y alcohol (incluso en su casa siendo menor de edad), además de otros hechos potencialmente punibles, aunque aseguró que la noche del incendio de la iglesia patrimonial y de reliquias indígenas, entre otras, andaba solo y no había consumido nada.

Dentro de las preguntas realizadas por la perito psiquiátrica, se encuentran dos que serían decidoras. ¿Se siente culpable? y el imputado responde «si soy culpable… no sé, me acusan de quemar la iglesia de Ancud (se queda callado)». ¿Usted quemó la iglesia? y el imputado le respondió «no sé, no sabía qué hacía… siempre estaba dando vueltas por ahí».

Luego, el viernes 17 de abril se reactivó la causa discutiéndose en el Juzgado de Garantía de Ancud las medidas cautelares que se aplicarían. La defensa, viendo que la prisión preventiva era inminente, decidió alegar que se considere la situación de emergencia sanitaria que vive el país, a lo que la juez María Islas Mancilla accedió.

Justificó tal decisión la aludida diciendo: «resulta más adecuado, a objeto de evitar ulteriores y perniciosas consecuencia para la salud de éste, que la necesidad de cautela se verá satisfecha con una privación de libertad del encausado en su domicilio bajo estricta vigilancia de carabineros, por lo que no se hace lugar a decretar la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público y querellantes».

Así, se ordenó que funcionarios policiales fueran a buscar a Chacón Velásquez al hospital de Puerto Montt para llevarlo a su casa, a pasos del lugar del siniestro del 22 de enero de 2020 que destruyó la estructura declarada Monumento Nacional en categoría de Monumento Histórico, y parcialmente la Casa Ermita y una tercera propiedad, junto con imaginería huilliche única.

Se le prohibió al sujeto comunicarse por cualquier medio (teléfono o redes sociales) con todas aquellas personas que prestaron declaración en la causa, entre ellos vecinos de la calle San Carlos, amigos que estuvieron con él en la costanera de Ancud el día del incendio (que están en la mira por eventual encubrimiento y/o complicidad) y el párroco que sufrió quemaduras.

Sin embargo, el Ministerio Público apeló ante el tribunal de alzada que acogió la presentación de la Fiscalía en orden a que la libertad del imputado representa un peligro para la seguridad de la sociedad. Cabe mencionar que el delito de incendio es uno de los que posee las sanciones más altas en la legislación chilena, pudiendo llegar a cadena perpetua.

El Fiscal Jefe de Ancud, Javier Calisto Garai, confirmó la información esta tarde diciendo «se hicieron los exámenes por el Servicio Médico Legal, el cual determinó que el imputado no tenía ninguna patología y se respondía que el imputado podía diferenciar entre lo bueno y lo malo, tenía autocontrol, sin perjuicio de una personalidad sociópata que tiene que ver con una circunstancia de personalidad antisocial, que no afecta la situación de razonamiento del imputado y no es una patología, por esa razón el tribunal (de Garantía) determinó el viernes pasado la continuación del procedimiento».

De este modo, dijo que en conjunto con los querellantes «solicitamos la prisión preventiva del imputado, porque estimamos que eso era lo que correspondía en base al hecho, a su gravedad, su connotación, entendiendo que el imputado es un peligro para la seguridad de la sociedad», pero que al ver el rechazo en el Juzgado de Garantía, apelaron.

Se sumó la Intendencia como parte querellante, asegurando que «sus problemas son de personalidad, de comportamiento, situaciones en que actúa violentamente, hacia terceros o hacia el mismo, lo que explica sus atenciones en el Hospital de Ancud, pero no se trata de una persona vulnerable en el sentido que mantenga un problema físico de salud, a lo menos eso ha sido acreditado actualmente por la defensa. (…) A mayor abundamiento, en la especie, incluso por esas razones, es decir, por ser el imputado un sociópata, tal cual se sostuvo en el debate, se ve aumentada la necesidad de cautela y el considerar la imputado un peligro para la sociedad, lo cual, más allá de la deducción procesal legal, es lo que se señala actualmente respecto de Dario Chacón Velasquez por la médico psiquiatra del Servicio Médico Legal, Dra. Elva Carreño Cortez».

El Obispado de Ancud en tanto, como querellante, dijo que «la defensa, no cuestionó la participación del imputado en los hechos, dedicándose únicamente a cuestionar algunas diligencias contenidas en la carpeta investigativa como ilegales, en circunstancias que dicha circunstancia ya fue resuelta en audiencia de fecha 24 de enero 2020 por medio de solicitud de nulidad de las mismas, la cual fue rechazado por el Tribunal de Garantía de Ancud».

La Corte de Apelaciones, acogiendo los argumentos del organismo persecutor, «revocó la resolución del Juzgado de Garantía de Ancud y dispuso que el imputado, siendo un peligro para la seguridad de la sociedad, debería permanecer en prisión preventiva», mencionó Calisto.

Dijo asimismo que «si había alguna duda respecto de la situación mental del imputado, eso quedó dilucidado. El informe del Servicio Médico Legal fue bastante tajante y el tribunal también lo acogió así y por eso dispuso la continuación del procedimiento de manera normal: el imputado puede enfrentar el procedimiento, el imputado puede enfrentar un juicio».

¡Bienvenido! Puedes opinar y debatir respecto al contenido de esta noticia. En La Opinión de Chiloé valoramos todos los comentarios respetuosos y constructivos y nos guardamos el derecho a no contar con las opiniones agresivas y ofensivas. Sé parte de la conversación.

Comentarios