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Chonchi: escolar de 10 años denuncia a su abuelo por abuso sexual continuado; fue detenido.
CHONCHI (La Opinión de Chiloé) — Tal y como estaba programada, durante este lunes se realizó la audiencia de formalización de la investigación en contra de un adulto mayor detenido el jueves pasado en la ciudad de Chonchi, y quien habría sido sindicado por su propia nieta de 10 años de edad como el presunto responsable de una serie de ataques a su indemnidad sexual, hechos que venían ocurriendo en días previos siendo el último, precisamente, ese día jueves.
De acuerdo a antecedentes judiciales que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-845-2025 RUC 2510016388-0 seguida ante el Juzgado de Garantía de Castro, el imputado identificado como C.M.T.M. (75 años) fue formalizado como presunto autor de abuso sexual infantil en carácter de reiterado luego que un informe preliminar de detectives de la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales (Brisex) de la Policía de Investigaciones de Ancud determinara que existirían indicios suficientes para acreditar que habría ultrajado a la niña, quien terminaría por confesar lo que estaba pasando a su abuela.
El encartado había sido detenido alrededor de las 22.00 horas del jueves de la semana pasada luego que una patrulla de la Tenencia de Carabineros de Chonchi concurriera al domicilio que el aludido compartía con la víctima, tras recibir una denuncia en el cuartel por parte de la abuela de la afectada, quien aseguró que en medio de una conversación con ella, ésta le relató actos de significación sexual donde estaría involucrado su abuelo.
Los primeros antecedentes indicaban que la denunciante se habría percatado de un cambio en el comportamiento de su nieta, por lo que decidió indagar en lo que estaba pasado develándose que el sujeto habría estado realizando actos de connotación sexual. Tras ello, decidió presentarse en dependencias policiales para realizar la denuncia, activándose el protocolo de rigor.
El sujeto fue detenido en flagrancia, quedando a disposición de la justicia durante el viernes pasado, realizándose la audiencia de control de la detención ante el Juzgado de Garantía de Castro, instancia donde el fiscal de turno solicitó la ampliación del procedimiento para este lunes debido a que habían algunas diligencias pendientes, accediendo la juez de turno.
Así las cosas, y tras recibirse el reporte de la Brisex de la PDI de Ancud, el Ministerio Público de Castro decidió formalizar al sujeto como presunto autor de un delito de abuso sexual impropio o indirecto de menor de 14 años de edad en carácter de reiterado, ilícito descrito y sancionado en el artículo 366 quáter del Código Penal.
Para el Ministerio Público de Castro, los hechos antes detallados están en grado de desarrollo consumado, en los que le habría correspondido presunta participación en calidad de autor, en los términos descritos en el artículo 15 n.°1 del Código sustantivo, por haber tomado parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa.
Luego, el persecutor penal solicitó a la juez de turno que se impusiera al aludido la medida cautelar de prisión preventiva, algo que fue rebatido por la Defensoría Penal Pública; en particular, el abogado Nelson Troncoso consideró que esta medida sería desproporcionada, y que lo más apropiado para su defendido podría ser, al menos, el arresto domiciliario total y la prohibición de acercarse a la víctima.
La juez Jesica Yáñez Sanhueza desechó lo esgrimido por el defensor, indicando que en virtud de los antecedentes allegados por las partes se desprende que en el presente estadio procesal existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participación que en ellos le pudo caber al imputado en relación a las imputaciones fiscales formuladas a su respecto.
Aseguró que a su vez, y respondiendo a una petición expresa de la Fiscalía local, en relación a la necesidad de cautela contenida en la letra c) de la citada norma, ella solamente se puede ver cumplida con la medida cautelar de prisión preventiva, estimándose que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la naturaleza del delito por el cual ha sido formalizado, su forma de comisión, la pena asociada al mismo y su eventual forma de cumplimiento.
Es así que se ordenó a este delincuente ingresar a cumplir la medida cautelar impuesta al Centro de Detención Preventiva de Castro, fijándose un plazo de investigación de 90 días; eso sí, la Defensoría Penal Pública concurriría ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt para revertir aquello.
Fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé indicaron que probablemente se recurra al tribunal de alzada alegando que se reconsidere la medida en consideración del principio de proporcionalidad, que determina la aplicación preferente de las medidas cautelares menos gravosas para la libertad del imputado que basten para asegurar los fines del procedimiento, en virtud de lo descrito en el inciso 2° del artículo 139 del Código Procesal Penal, al disponer que «La prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas por el juez como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad».
En este sentido, y sin perjuicio del delito de abuso sexual impropio perpetrado en calidad de reiterado que se le imputa al sujeto, se alegaría que la resolución del Juzgado de Garantía de Castro no habría ponderado las actuales circunstancias de salud que afectan al sujeto, quien se trata de un adulto mayor de 75 años con algunas patologías derivadas, precisamente de la edad, por lo que en esas particulares circunstancias, la defensa no avizoraría cómo podría constituir un peligro para la seguridad de la sociedad o de la víctima, existiendo en su opinión otras medidas cautelares que en esas particulares circunstancias aseguran adecuadamente los actos del procedimiento, vale decir, arresto domiciliario total y prohibición de acercarse a la niña.
Hay que mencionar que fue el subteniente Javier Díaz, jefe de la Tenencia de Carabineros de Chonchi, quien aseveró que una mujer de 55 años fue la que se acercó al servicio de guardia el jueves pasado para denunciar los hechos, corroborando que fue su nieta de 10 años quien le habría relatado lo que estaba pasado, informando al fiscal de turno y despachándose una patrulla hacia la vivienda.
Informado el fiscal de turno, y ya concretada la aprehensión, se solicitó que detectives de la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales (Brisex) de la Policía de Investigaciones de Ancud para realizar diversas diligencias de su especialidad para levantar los medios probatorios suficientes para acreditar, en este estadio procesal, la efectividad de los hechos relatados por la víctima y la denunciante.
Adicionalmente, y al tenor de los antecedentes que se manejan hasta ahora de la causa, la Fiscalía requirió que se realice una entrevista videograbada de la niña afectada con un especialista, previniendo así alguna potencial victimización secundaria.
NOTA DE LA REDACCÓN: El uso de comillas que no implique cita textual debe entenderse según lo descrito en el punto 3.4.8.2.1 de la Ortografía de la lengua española (2010).

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