ANCUD (La Opinión de Chiloé) — Más allá de toda duda razonable, durante este miércoles los magistrados del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro dieron por acreditados infames actos de violencia sexual hacia una menor en la comuna de Ancud, y por el que estaba acusado su propio padre.
De acuerdo a antecedentes judiciales recopilados por La Opinión de Chiloé, la acusación del Ministerio Público indicaba la presunta existencia de estos ilícitos en fechas indeterminadas de los años 2013 y 2014, período en el cual el delincuente habría comenzado a atacar a la pequeña quien apenas tenía 10 años de edad.
La denuncia fue realizada casi 5 años después de ocurrido el último incidente, iniciándose una indagatoria por parte de detectives de la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales y Menores (Brisexme) de la Policía de Investigaciones de Ancud, levantándose una serie de medios probatorios que darían cuenta de la efectividad de los ataques, que fueron complementados con peritajes del Servicio Médico Legal.
El tiempo pasó y durante esta semana el pederasta enfrentó un juicio oral en el tribunal en comento según confirmaron fuentes independientes a La Opinión de Chiloé, instancia donde enfrentó una acusación como presunto autor en grado de consumado de dos delitos de abuso sexual de persona menor de 14 años, lográndose acreditar uno de los ultrajes, mientras que para el caso del segundo, el Ministerio Público no pudo desvirtuar la existencia de una duda razonable, por lo que fue absuelto.
La información fue confirmada por el Fiscal de la causa, Enrique Canales, quien indicó que entre el lunes y miércoles «se rindió la prueba testimonial, fundamentalmente la declaración de la propia víctima y su madre, en tal calidad, además de pruebas periciales (…) [tras lo que] el tribunal arribó a una decisión condenatoria respecto de uno de los hechos y respecto del segundo a una decisión absolutoria».
«Lo relevante en este caso es que la denuncia fue realizada más de 5 años después de acaecidos los hechos, y luego estando la acusación ya presentada y teniendo fecha para realizar el juicio, se produjo la pandemia que nos mantiene en una situación anómala en el ejercicio de nuestra labor, habiéndose reagendado este juicio en varias ocasiones, y luego, después de más de un año pudimos, efectivamente, hacer este juicio», acotó.
La sentencia de primera instancia será leída durante este lunes. El persecutor penal había pedido inicialmente una pena total de 10 años de presidio por los dos ilícitos ya referidos, pero al no poder lograr acreditar uno de ellos, bajó sus pretensiones a 4 años.
Desde la defensa en tanto, se estará a la espera de las determinaciones del trío de magistrados, aunque ya se confirmó que solicitaron que se declare la prescripción debido a que los hechos que se pudieron probar en estrados ocurrieron en el año 2013.
Eso sí, hay que recordar que el 23 de agosto del año 2007, la Presidenta Michelle Bachelet promulgó la ley que establece que la prescripción en delitos sexuales contra menores de edad se contará desde el día en que las víctimas alcancen la mayoría de edad y no desde que esos hechos fueron cometidos, como ocurría hasta antes de esa fecha, por lo que es probable que el sujeto reciba una pena aflictiva que eventualmente, será conmutada con libertad vigilada intensiva.
¿Qué es la libertad vigilada intensiva?
Según Gendarmería de Chile, “es una forma de cumplir condena sin estar recluido. Se caracteriza por un régimen de mayor control, en el que el penado estará sujeto al cumplimiento de un programa de actividades bajo la aplicación de condiciones especiales y la orientación permanente y rigurosa de un delegado de Gendarmería de Chile. Pueden acceder personas que han sido condenadas a penas de cárcel entre 3 y 5 años”.
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