Véase también:
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ANCUD (La Opinión de Chiloé) — Mediante Resolución Exenta n.°1/ROL-D-205-2019, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló el pasado 5 de diciembre diversos cargos contra la Empresa de Servicios Sanitarios Los Lagos (ESSAL S.A.), titular del proyecto «Tratamiento y Disposición Final de las Aguas Servidas de Ancud», ubicado en el sector Lechagua, revelando una serie de incumplimientos a su Resolución de Calificación Ambiental.
La decisión se da en el marco de varias fiscalizaciones realizadas por el SMA, la Seremi de Salud Los Lagos y la Gobernación Marítima de Castro, todo a raíz de un conjunto de denuncias ciudadanas, corroborando en terreno el incumplimiento de obligaciones y acciones comprometidas en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
La Opinión de Chiloé ha cubierto varios de los incidentes que derivaron en algunas de las fiscalizaciones que sustentaron la Resolución Exenta n.°1/ROL-D-«05-2019; sin embargo, existen al menos dos denuncias de comunidades rurales de la conocida Ruta de la Leche de las que no se conocían mayores detalles, hasta hoy.
La primera se remite al 9 de agosto de 2018, cuando desde el sector rural de Wilkeco se remitió a la oficina regional de la Superintendencia una denuncia que aludía que en el Fundo Río Negro de propiedad de Marco Aguilar Duarte, y que queda en el sector Linao, se habrían producido hace meses descargas de excremento en el cauce del río homónimo, que resulta ser un afluente directo del Río Pudeto, produciéndose una grave contaminación en ambos ríos, y de forma directa a una enorme área hasta la desembocadura en la Bahía de Ancud.
La segunda se remite al 27 de agosto de 2018, cuando desde el sector rural de Pumanzano se replicaron los mismos antecedentes, agregando además que al menos desde el mes de junio se venía observando tales vertimientos al río, añadiendo un eventual impacto medioambiental que podría afectar las actividades relacionadas a la agricultura, ganadería y lechería, especialmente porque a todo ese territorio se le conoce como Ruta de la Leche.
¿Qué hizo la oficina regional de la Superintendencia? dos meses después de recepcionadas las denuncias, se le informó tanto a la comunidad de Pumanzano (24 de octubre) como Wilkeco (9 de noviembre) que se había tomado conocimiento de los datos entregados por presunta infracción a la normativa ambiental por parte de ESSAL, quien era la que operaba el Fundo Río Negro.
Al respecto, el 3 de septiembre de 2018 se apersonaron en el fundo en comento fiscalizadores, pudiéndose constatar que en una planilla facilitada por la empresa, se registraba el ingreso de biosólidos provenientes de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Ancud entre el 1 y 25 de agosto, indicándose por parte del encargado que se habían aplicado diariamente en dos potreros tales desechos por al menos todo agosto, salvo los días de lluvia.
Oída su declaración, se procedió a inspeccionar visualmente el sector, encontrando un evidente rebalse de desechos que terminó por dispersarse hacia un canal de aguas lluvias, mientras que en uno de los potreros se apreció la aplicación de los desechos tipo cobertera a simple vista, o sea, se veían áreas con extenso barro que no eran precisamente de tierra, sino que «barro de caca».
Además, en otras zonas del fundo se pudo constatar la presencia de desechos entre arbustos y árboles, en superficie, al igual que en sectores sin vegetación a orilla de los caminos. Es más, en algunas zonas no se podía caminar porque habían apozamientos barrosos de excremento con clara posibilidad de hundimiento (similar a micro pozos sépticos).
En todos los sectores prediales se constató también un fuerte «olor a caca» característico de biosólidos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas. Además, el día de la fiscalización estaba nublado con claras muestras de haber llovido.
Luego de estas evidentes irregularidades, se pudo verificar que en tres de los potreros del Fundo Río Negro no se reunían las condiciones aptas para esparcir biosólidos como se venía haciendo, y ello era de conocimiento de ESSAL dada la existencia de estudios físico-químicos del suelo previos.
Es más, incluso en una de las áreas donde no debían esparcir nada, había un pozo profundo sin que se tomaran las medidas necesarias para no contaminarlo.
El Informe de Fiscalización Ambiental arrojó, en consecuencia, como conclusión que «en base a la actividad de fiscalización ambiental realizada y en el examen de información, se determinó que el titular no está dando cumplimiento a lo establecido en el considerando n.°5.1.1.8 de la RCA n.°1706/2002 y, por ende, tampoco se cumple con lo que establece el DS n.°04/2009, artículo 19, con el consiguiente riesgo de afectación a la población cercana a dicho predio».
Agrega que «lo anterior redunda en una aplicación deficiente de biosólidos realizadas a la fecha de la fiscalización en el predio Fundo Río Negro, las cuales se efectúan sobre la superficie (en cobertura) en el potrero P1.5, y en otros sectores del fundo, donde este producto no ha sido incorporado al suelo. Esta mala aplicación bajo ciertas condiciones climáticas, es capaz de generar olores desagradables, así como también una posible afectación al curso de agua superficial Río Negro producto del escurrimiento del biosólido por la alta pluviometría de la zona y pendiente del terreno en el sector sur del predio, al cual se tuco acceso».
Así, la División de Sanción y Cumplimiento de la Superintendencia estableció que «la aplicación de lodos al suelo realizada por la titular [ESSAL] en los precios inspeccionados no cumple con lo comprometido en el considerando n.°5.1.1.8 de la RCA m.°176/2002 en tanto infringe, además del artículo 19°, los artículos 4 letra b) y 14 del D.S. n.°04/2009, toda vez que se comprobó que los lodos no se encuentran adheridos al suelo, sino que, formando zonas de barro y pozas en los predios«.
Agrega que «lo anterior, produjo un riesgo de escurrimiento por efecto de la alta pluviometría existente en la comuna de Ancud y malos olores para los vecinos del sector».
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