Ancud: adolescente grave tras ser apuñalada en ex-Línea Férrea. Hay 2 detenidos y Carabineros saca arma de servicio para disuadir a turba

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Fotografía: captura vídeo RRSS.

ANCUD (La Opinión de Chiloé) — En manos del Ministerio Público de Ancud se encuentra actualmente una indagatoria penal abierta durante la noche de este miércoles en contra de dos delincuentes de dicha ciudad, todo tras un ataque con arma cortopunzante que tendría a una víctima adolescente, quien fue trasladada con lesiones severas hasta el Hospital San Carlos de Ancud, sin perjuicio de generarse incidentes en medio del procedimiento policial que buscaba la aprehensión de quienes serían los responsables.

De acuerdo a información preliminar recopilada por La Opinión de Chiloé, alrededor de las 21.30 horas la Central de Comunicaciones de Carabineros (CENCO) recibió un llamado alertando sobre una supuesta riña que se estaba registrando al interior de un domicilio ubicado en el sector Pudeto Bajo, el que habría dejado a una persona afectada con lesiones de carácter grave producto del uso de un arma blanca, bajo circunstancias que están siendo indagadas.

Una patrulla perteneciente a la Primera Comisaría de Carabineros de Ancud concurrió a la vivienda, ubicada en calle ex-Línea Férrea de la Población Padre Hurtado, a la altura aproximada del n.°157, lugar donde habrían confirmado que en medio de una discusión, con al menos tres sujetos participantes, una víctima de 18 años de edad recibió una lesión de tipo cortopenetrante profunda, lo que obligó a trasladarla hasta el Servicio de Urgencia del nosocomio local.

No se tiene claro aún el lugar preciso del incidente, dado que algunas versiones sugieren que todo se gestó afuera de la casa, cuando los hoy detenidos en manifiesto estado de ebriedad abordaron a la afectada y a una acompañante, generándose una discusión que terminó con la agresión de tipo dolosa, cuya calificación jurídica está por verse.

Por ahora no se ha detallado el estado exacto de salud de quien fue la persona afectada, aunque las primeras informaciones aseguraban que llegó con al menos una herida de carácter grave presuntamente en la zona dorsal de su cuerpo, quedando internada a la espera de un eventual ingreso a pabellón.

En primera instancia, y durante el procedimiento de rigor, Carabineros se vio sobrepasado ya que tanto previo a su arribo como mientras indagaban sobre lo que ocurrió, varios vecinos del sector estaban en las inmediaciones de la vivienda exigiendo la salida de quienes serían los responsables, y con claro ánimo de agredirlos.

Así las cosas, se solicitó apoyo de varias unidades móviles policiales, las que se acercarían al lugar minutos después para controlar la situación, observándose algunos incidentes de sujetos que intentaron agredir a personal de servicio y a los dos encartados que fueron sacados de la propiedad; es más, el momento más álgido se registró cuando se estaba ad portas de trasladar a los imputados hasta el cuartel, instantes en que al menos siete varones trataron de agredir físicamente a Carabineros.

Se desconoce por ahora si este accionar fue buscando golpear a los aprehendidos que estaban dentro del vehículo policial —una mujer de 28 años y un varón de 40 años— o para evitar el procedimiento de detención atendido a que el grupo intentó arremeter con piedras y querer lanzar golpes de pies y puños al personal de servicio; sin embargo, en esos instantes uno de los Carabineros sacó su arma de servicio para terminar por disuadirlos momentáneamente, permitiendo la retirada del móvil con el dúo presuntamente infractor.

Si bien al cierre de esta nota no se ha informado sobre el estado de la víctima, si se sabe que los arrestos se dieron en el marco de antecedentes irrefutables respecto de un hecho delictual ocurrido en flagrancia, y que los imputados tendrían antecedentes policiales previos.

Hay que recordar que el Código Procesal Penal normaliza las funciones de la policía en relación a la investigación de hechos punibles y le entrega cierta autonomía para desarrollar actuaciones que tiendan al buen resultado de una investigación, como se indica en el artículo 83 del cuerpo normativo citado, una de las cuales es la de practicar la detención en los casos de flagrancia, conforme a la ley.

En efecto, el artículo 83 en comento establece expresamente el marco regulatorio de la actuación policial sin orden previa o instrucción particular de los fiscales, permitiendo su gestión autónoma para prestar auxilio a la víctima (letra a); practicar la detención en casos de flagrancia conforme a la ley (letra b); resguardar el sitio del suceso con el objeto de facilitar la intervención de personal experto de la policía, impedir la alteración o eliminación de rastros o vestigios del hecho, etcétera, (letra c); identificar testigos y consignar las declaraciones que ellos presten voluntariamente, tratándose de los casos de las letras b) y c) citadas (letra d); recibir las denuncias del público (letra e) y efectuar las demás actuaciones que dispusieren otros cuerpos legales (letra f).

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