Ancud: multa a Cataluña por accidente laboral llega a tribunales

Un nuevo litigio judicial es el que enfrenta por estos días a Inmuebles Cataluña y la Inspección del Trabajo de Ancud luego de dos multas que le cursó el organismo estatal por una serie de presuntas violaciones a la legislación vigente derivadas de un accidente laboral ocurrido en noviembre pasado.

Según la Resolución de Multa(s) n.°3038/16/27 del organismo fiscalizador al que accedió La Opinión de Chiloé, se procedió a multar a la empresa por un total de 120 UTM (equivalentes a $5.530.920.- al momento de su aplicación). Cataluña pide ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Ancud que «deje sin efecto la Resolución en este acto reclamada, y en consecuencia, las multas en que incide esta reclamación judicial, o en subsidio, que dichas multas sean rebajadas considerablemente a su mínima expresión, con expresa condenación en costas»

El accidente

Alrededor de las 10.30 horas del 15 de noviembre de 2016 don F.S.H. se encontraba en labores de mantención de una máquina desvisadora de mejillones en el sector del galpón de piscinas antiguas cuando, por razones no aclaradas, parte de su overol fue atrapado y con él su brazo. Ante ello, procede a pedir ayuda siendo asistido por el chofer de un camión de carga de productos congelados que circulaba por el área: aparentemente no había un supervisor ni otro compañero de trabajo junto a él.

Ocurrido el accidente, el trabajador fue trasladado a la Mutual de Seguridad de Ancud y posteriormente a la de Puerto Montt, mientras que la empresa procedió a notificar que había ocurrido un accidente laboral grave paralizando momentáneamente las faenas.

Tras ello, y luego de una fiscalización, la Inspección del Trabajo multó a la empresa por «no informar al trabajador accidentado (…) sobre los riesgos que entrañan sus labores, las medidas preventivas pertinentes y los métodos de trabajo seguro, respecto a mantención de maquinaria desbisora de mejillón, y de los peligros para la salud y las medidas de control. Situación que provocó accidente grave el día 15 de Noviembre del 2016 al trabajador (…). Tal hecho es un incumplimiento a las obligaciones legales sobre prevención de riesgos profesionales y del derecho a saber e implica no disponer medidas que protejan eficazmente la vida, salud e higiene de los trabajadores al interior de la empresa».

Además, el mismo ente estatal procedió a aplicar una segunda multa por «no contar con un lugar adecuado que reúna las condiciones mínimas de higiene y seguridad, para desarrollar las funciones de mantención de maquinaria desvisadora de mejillón dentro de la planta Inmuebles Cataluña Ltda. lo cual ocasionó el accidente grave de trabajo (…) al desarrollar las funciones dentro de una bodega antigua en el sector de piscinas. El incumplimiento a las medidas básicas de seguridad en los lugares de trabajo implica desproteger la vida y salud de los trabajadores«.

La multa de poco más de 5,5 millones de pesos fue apelada por la empresa aduciendo que la Inspección no habría realizado una constatación de hechos en terreno para corroborar las condiciones laborales y de seguridad existentes, y que habría basado la aplicación de las sanciones en base a revisión documental, algo que el ente estatal niega indicando que también se habría realizado una inspección ocular y entrevistas, y que no era necesario levantar un acta según un instructivo del año 2013.

Cataluña indica que carece de responsabilidad en lo ocurrido y culpa al trabajador de lo que pasó indicando que «la actividad laboral realizada por el trabajador afectado no se efectuó bajo los parámetros de seguridad que le fueran informados, ya que procede a efectuar la mantención de la maquinaria ‘desvisadora’ sin la ayuda y asistencia de su compañero de trabajo, teniendo presente que este tipo de trabajo se efectúa siempre en pareja».

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