
ANCUD (La Opinión de Chiloé) — Un violento incidente reportado durante la tarde de este lunes en la ciudad de Ancud terminó con la detención de un joven imputado como autor de homicidio tentado en contra de uno de sus parientes, hecho ocurrido en el sector Pudeto Bajo.
De acuerdo a información preliminar recopilada por La Opinión de Chiloé, alrededor de las 18.30 horas de ese día, Carabineros dependientes de la Primera Comisaría de Ancud se aprestaron a detener a E.A.A.V., sujeto que es sindicado como presunto responsable de un violento ataque a P.A.A.R. en una mediagua del sector Agua Potable en Pudeto Bajo, y que se habría dado tras una acalorada discusión que terminó con el hecho de sangre.
El paciente quedó con lesiones de carácter grave siendo trasladado a un centro asistencial con diagnóstico reservado, mientras que el joven fue puesto a disposición de la justicia.
Así, durante la tarde de este martes se realizó la audiencia de control de detención declarándose que su aprehensión fue ajustada a derecho, ampliándose su potencial formalización para este jueves a las 11.30 horas a la espera de recopilar mayores antecedentes y el informe respectivo del nosocomio local.
La dinámica de lo que pasó aún no está del todo clara, y sólo se sabrá con mayores detalles cuando se formalice al imputado; sin embargo, E.A.A.V. podría ser encartado en calidad de autor de un delito de homicidio simple del artículo 391 n.°2 del Código Penal, en grado de desarrollo de frustrado.
Fuentes confirmaron a La Opinión de Chiloé que el detenido había accedido recientemente a una suspensión condicional del procedimiento luego que la tarde del pasado 14 de julio de 2019 fuera detenido tras proferir amenazas de muerte a su tía y un tercero con un hacha, en plena vía pública.
En esa ocasión, fue formalizado como presunto autor de los delitos de amenazas simples respecto del tercero, descrito y sancionado en el artículo 296 n.°3 del Código Penal y de amenazas simples en contexto de VIF respecto de su tía, descrito y sancionado en los artículos 296 n.° 3 del Código Penal y artículo 5° de la Ley n.° 20.066.
Luego de ser formalizado, accedió a una suspensión condicional del procedimiento por un año respecto de su tía, con prohibición de acercase a ella. Para el caso de la otra persona, se llegó a un acuerdo reparatorio donde el imputado se comprometió también a no acercarse a él.
Comentarios