Castro: detienen en céntrico café a sujeto por tráfico de drogas; «trabajaba» en el lugar

Fotografía de contexto.

CASTRO (La Opinión de Chiloé) — Una rápida tramitación ante el Juzgado de Garantía de Castro tuvo un procedimiento policial registrado el viernes pasado en un céntrico café de la capital provincial, y que terminó con un sujeto detenido como presunto autor de tráfico de drogas.

De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos se registraron aproximadamente a las 11.00 horas del día en comento, cuando un trabajador de un café ubicado en calle Los Carrera de Castro, frente a un conocido jardín infantil, fue detenido tras ser sorprendido con sustancias prohibidas que habrían estado destinadas a ser comercializadas.

Según expuso el fiscal de la causa, al momento de ser aprehendido, el delincuente estaba «transportando, poseyendo y guardando al interior de un banano color gris negro y amarillo 5 envoltorios de nylon trasparente contenedores de una sustancia vegetal color verde con un peso bruto de 26 gramos 300 miligramos de marihuana».

Dijo que respecto a «esta sustancia, el imputado la poseía, portaba y transportaba sin la competente autorización ni tampoco justificó que estuviera destinada para tratamiento médico que sea para su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo».

Al momento de la detención no se determinó si este sujeto traficaba drogas a clientes que concurrían al mismo café, algo que quedará en la nebulosa al cerrarse rápidamente la causa por decisión de la Fiscalía.

Precisando, los hechos precedentemente descritos, según expresó el Ministerio Público ante el tribunal competente, configurarían el delito de tráfico de pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 4 de la ley 20.000, en relación con el artículo 1° del mismo texto legal.

A este respecto, la fiscalía estimaba que al imputado le podría caber una posible participación de autor en este ilícito en los términos del artículo 14 n.º 1 y 15 n.° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado.

En audiencia realizada ante el Juzgado de Garantía de la capital provincial, la aprehensión del sujeto identificado como J.A.H.G. fue declarada ajustada a derecho, procediéndose luego a su formalización por la responsabilidad que le cabría en el delito de marras.

Así las cosas, y previo acuerdo con la defensa, el Ministerio Público presentó un requerimiento verbal simplificado, instancia donde la fiscal Carmen Segura Vargas ofreció al delincuente la posibilidad de acceder a penas menos gravosas de reconocer su participación en los hechos.

En tal marco, el imputado admitió ante el juez de turno su responsabilidad por lo que inmediatamente se decidió emitir una sentencia condenatoria por ambos delitos en comento.

En efecto, se condenó al sujeto a cumplir una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo por su participación como autor en grado de consumado del delito de microtráfico, previsto y sancionado en los artículos 4° y 1° de Le Ley 20.000.

Se añadió una multa de 1/3 de UTM (alrededor de $12.000.-) y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, ordenándose la incorporación de su huella genética en el registro nacional de condenados.

Luego, cumpliendo los requisitos que dicta la ley, la pena corporal fue sustituida por la reclusión parcial domiciliaria nocturna por igual tiempo de la condena, consistente en el encierro en el domicilio que el penado ha informado en esta causa, entre las 22.00 horas de cada día hasta las 06.00 horas del día siguiente, comenzando su ejecución una vez ejecutoriada esta sentencia.

Se añadió que para su cumplimiento deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Castro en el plazo que el Tribunal le indique, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra si así no lo hiciere.

Eso sí, se le apercibió que de conformidad al artículo 25 de la Ley 18.216, en el caso de incurrir en incumplimientos graves o reiterados de la pena sustitutiva, el Tribunal podrá proceder a su intensificación o revocación, vale decir, de volver a ser detenido, podría ordenársele el cumplimiento de las penas en un recinto penitenciario.

Noticia con fallo
¡Bienvenido! Puedes opinar y debatir respecto al contenido de esta noticia. En La Opinión de Chiloé valoramos todos los comentarios respetuosos y constructivos y nos guardamos el derecho a no contar con las opiniones agresivas y ofensivas. Sé parte de la conversación.

Comentarios