Castro: dos liceanos «encapuchados» habrían protagonizado atraco en el Mall; se les incautaron machetes. Juez los dejó libres

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Fotografía de contexto, Carabineros de Castro.

CASTRO (La Opinión de Chiloé) — Un raudo procedimiento policial por el centro de la capital provincial se activó durante la mañana del pasado miércoles luego que se reportara que dos sujetos habrían protagonizado un asalto al interior del Mall de Castro, indicándose al momento de la denuncia que los delincuentes ya habrían escapado del centro comercial con destino incierto sin que pudieran ser aprehendidos por la seguridad interna.

De acuerdo a antecedentes recopilados por La Opinión de Chiloé y que estarían siendo tramitados en causa RIT O-756-2026 RUC 2610012145-9 seguida ante el Juzgado de Garantía de Castro, todo habría ocurrido alrededor de las 10.30 horas de la mañana del día en comento, cuando un dúo a rostro cubierto habría ingresado a una de las tiendas del recinto de calle Serrano y, de manera intempestiva, habrían sustraído una serie de especies para luego huir del lugar sin que los vigilantes privados alcanzaran a atraparlos.

La Central de Comunicaciones de Carabineros (CENCO) recibió un llamado proveniente desde personal de seguridad del recinto, relatando que dos sujetos, aparentemente menores de edad, serían los responsables y que tras sustraer varias prendas de vestir de una tienda, ya habían escapado hacia la vía pública, por lo que solicitaban el apoyo policial para dar con su paradero.

Así las cosas, motoristas de la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro se dieron a la tarea de iniciar un patrullaje por las inmediaciones del Mall, ayudados por la descripción entregada por los guardias precitados y los registros de las cámaras de seguridad, dando con los endilgados en calle San Martín, sometiéndose a ambos encartados a un control de identidad de tipo indiciario, esto es, un procedimiento policial a realizar cuando hay indicios de que una persona o grupo de personas ha cometido o intentado cometer o se dispone a cometer un delito, falta o crimen, algo que en este caso concreto se habría dado.

Luego, al ser un control de identidad indiciario, Carabineros estaba facultado para registrar las vestimentas y/o pertenencias de los aludidos, por lo que en medio de una actitud agresiva y desafiante de ambos, se realizó una breve inspección ocular al contenido que se transportaba al interior de sus mochilas, incautándose dos machetes de tamaño diverso, además de las prendas que habrían sido sustraídas.

La información fue confirmada por el mayor Francisco Torres Maluenda, comisario de la Segunda Comisaría  de Carabineros de Castro, corroborando que la diligencia fue realizada por personal de servicio de la población que fue alertado telefónicamente, aprehendiéndose a C.G.M.Ll. (16 años) y J.F.O.O. (17 años) alrededor de las 10.45 horas de la mañana según corroboró La Opinión de Chiloé con fuentes conocedoras del caso.

Se acotó que ambos imputados fueron trasladados inicialmente a dependencias de la Comisaría para corroborar sus identidades e intentar contactar a sus tutores legales o adultos responsables, sin perjuicio de su derivación hasta el Hospital Dr. Augusto Riffart de Castro para la constatación de lesiones por protocolo, quedando a la espera de la posterior audiencia respectiva.

La Fiscalía instruyó que personal de la Sección de Investigación Policial (SIP) local se abocara a realizar diversas diligencias para determinar la calificación jurídica exacta de este ilícito atendido a que, según la defensa, ambos no habrían utilizado las armas cortopunzantes al momento del atraco y que solamente habrían realizado una acción al estilo «mechero».

Adicionalmente, se revisaron los registros de las cámaras de seguridad del centro comercial para verificar la forma de comisión del ilícito, el eventual grado de participación y la ruta que siguieron antes, durante y después del robo. Fuentes policiales aseguraron que ambos adolescentes ya tendrían antecedentes policiales previos por diversos delitos.

Así las cosas, durante horas de la mañana del jueves se realizó la audiencia de control de la detención de los endilgados, instancia donde la juez de turno declaró ajustado a derecho el procedimiento atendida la flagrancia evidente.

Luego, en la audiencia de formalización de la investigación el Ministerio Público de la capital provincial aseveró que se darían todos los elementos para indicar que los imputados sería presuntos responsables de un delito de robo por sorpresa, descrito y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, desechándose un delito más gravoso ya que no habrían usado las armas para intimidar a alguien.

Además, para el caso del menor de 17 años se añadió la presunta comisión de un delito de porte de arma blanca cortante o punzante en espacio público, descrito y sancionado en el artículo 288 Bis del Código Penal, esto en relación al machete que portaba, sin perjuicio de lo que dirán los peritajes respectivos, mientras que para el menor de 16 años se sumó el eventual delito de amenazas con arma blanca, descrito y sancionado en el artículo 296 del mismo cuerpo punitivo.

Eso sí, se acotó que ambas armas serían de tipo «hechizas», desconociéndose su origen y si fueron estos mismos imputados quienes las elaboraron, mientras que sobre los antecedentes previos de este dúo, se habría aplicado reiteradamente la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente con laxas medidas para contener su comportamiento refractario (resistente al cumplimiento de la ley).

El persecutor expresó que los hechos antes descritos, fueron calificados como en grado de desarrollo consumado, en los que les ha correspondido presunta participación en calidad de autores, en los términos descritos en el artículo 15 n.°1 del Código sustantivo, por haber tomado parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa.

Luego, una vez sopesados todos los antecedentes recopilados en horas previas a la formalización, la juez de turno determinó que se darían los supuestos fácticos para indicar la efectividad de los hechos y que los imputados podrían tener responsabilidad directa, concluyendo que hasta el momento, existiría un correlato consistente entre los antecedentes recabados por la SIP de Carabineros y la imputación de la Fiscalía, por lo que dio lugar al procedimiento.

En tal marco, el fiscal solicitó que se apliquen medidas cautelares menos gravosa en contra de ambos endilgados, esto es, la descrita en el literal b), d) y e) del artículo 155 del Código Procesal Penal, vale decir, sujeción al Programa de medidas cautelares del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, arraigo nacional y prohibición de acercarse al Mall de Castro durante el tiempo que se extienda la presente causa, algo que fue aceptado por la juez de turno.

Fotografía: Segunda Comisaría de Carabineros de Castro.

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