CASTRO (La Opinión de Chiloé) — Con lesiones de carácter grave y con riesgo vital resultó una joven que la noche de este miércoles fue atropellada por un conductor en lo que habría sido una carrera clandestina en la capital provincial.
De acuerdo a antecedentes preliminares recopilados por La Opinión de Chiloé, el incidente habría ocurrido pasadas las 23.00 horas cuando una pareja que circulaba por la Ruta 5 Sur se percata que se estaba realizando el «evento» en el sector Piruquina entre vehículos particulares, deteniéndose a un costado y descendiendo del móvil para actuar como espectadores. Algunas versiones eso sí aseguran que ellos estaban informados previamente de la actividad.
En tal marco, y por una maniobra aparentemente imprudente de uno de los choferes, éste perdió el control de su automóvil embistiendo violentamente a una mujer identificada como Macarena Cárcamo Chodil, quien era ocupante del auto recientemente estacionado desde donde había descendido para presenciar la carrera.
La aludida quedó con lesiones severas en la ruta, mientras que el conductor abandonó el sitio del suceso junto con todos los organizadores y los observantes.
Así lo constató personal de la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro que fue alertado del siniestro vial concurriendo al sector, comprobando que se habían dado a la fuga y que la mujer fue levantada por particulares y trasladada al nosocomio local.
Fueron despachados también voluntarios del Cuerpo de Bomberos de Castro con sus unidades R4 y B6 de la Cuarta y Sexta Compañías quienes corroboraron la inexistencia de persona alguna en el área.
Fuentes judiciales confirmaron a La Opinión de Chiloé que cuando la paciente era atendida en el Hospital Dr. Augusto Riffart, apareció Boris Alfredo Ojeda Cárcamo (22 años), sujeto con domicilio en Quemchi quien habría reconocido su participación en el accidente y que había abandonado a la víctima en el lugar.
Además, no hay testigos presenciales que hayan asistido voluntariamente a Carabineros a dar antecedentes de lo que pasó ni para ayudar a explicar la dinámica de esta nueva carrera clandestina, las que se realizarían con relativa periodicidad.
En particular, la juez de garantía de Castro constató que el fiscal de turno le había informado que «tras su ingreso al Hospital llega a ese lugar el imputado, quien se acerca a personal de Carabineros existentes allí y se individualiza como quien la había atropellado previamente».
Agrega que prestó «declaración voluntaria ante personal SIP de Carabineros reconociendo su participación en estos hechos, (…) siendo las 06.31 horas concedí la orden pedida para ser diligenciada por personal SIP de Carabineros de esta comuna a fin de ser puesto a disposición de este Tribunal a audiencia de control el día de hoy (ayer)».
Así, Ojeda Cárcamo pasó a control de detención durante la mañana del jueves siendo formalizado como presunto autor en grado de consumado de cuasidelito de lesiones, ilícito descrito y sancionado en los artículos 490 y 492 inciso 2° del Código Penal y del delito de marcharse del sitio del suceso sin prestar auxilio a la víctima, obligación que está consignada en el artículo 195 incisos 2° y 3° de la Ley de Tránsito.
Hay que recordar que el artículo n.°176 de la Ley de Tránsito indica que «en todo accidente del tránsito en que se produzcan lesiones o muerte, el conductor que participe en los hechos estará obligado a detener su marcha, prestar la ayuda que fuese posible y dar cuenta a la autoridad policial más inmediata, entendiéndose por tal cualquier funcionario de Carabineros que estuviere próximo al lugar del hecho, para los efectos de la denuncia ante el Tribunal correspondiente».
Sólo por incumplir esta obligación, el joven arriesga sanciones que incluyen presidio menor en su grado medio (541 días a tres años y un día de cárcel), inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y multa de siete a diez unidades tributarias mensuales.
Además, si la víctima llegara a quedar con secuelas, podría recibir una pena de presidio menor en su grado máximo (tres años y un día a 5 años), inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, multa de once a veinte unidades tributarias mensuales y el comiso del vehículo con que se ha cometido el delito.
Desde la defensa en tanto, se arguyó que en este caso existiría una duda razonable respecto a la configuración de los delitos alegados por el Ministerio Público toda vez que, según los datos que levantaron las policías, sería responsabilidad de la mujer haberse expuesto a este accidente.
La Sección de Investigaciones de Accidentes de Tránsito (SIAT) Chiloé de Carabineros realizó varios peritajes en el lugar para establecer la dinámica del violento atropello.
Se decretó para el imputado las medidas cautelares de arraigo nacional, firma mensual ante Carabineros de Quemchi dentro de los últimos cinco días de cada mes y retención de la licencia de conductor. Se fijó un plazo de investigación de 120 días.
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