Véase también:
Castro: libertad de expresión triunfó. Concejal PC no logró vetar a Canal 75 Chiloé TV en Corte.
Castro: concejal se disculpa tras acusar sin pruebas existencia de coimas.
“Aquí hubo coimas”: concejal de Castro aún no presenta denuncia formal.
CASTRO (La Opinión de Chiloé) — En un fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sergio Manuel Muñoz G., Maria Eugenia Sandoval G., Carlos Ramon Aranguiz Z., Arturo Prado P. y el abogado integrante Pedro Pierry A. Santiago, confirmaron un duro fallo en contra del concejal comunista por Castro, René Vidal Barrientos, al reafirmar el derecho fundamental a la libertad de expresión consagrado en el artículo 19 de la Constitución para el caso de Francisco Alberto Chávez Catepillán, dueño del Canal 75 Chiloé TV, quien publicó contenido de crítica política que habría molestado al político.
Tras ello, Vidal Barrientos interpuso un recurso de protección buscando que eliminara una publicación de Facebook donde estaba la crítica, junto con pedir a los magistrados que obligaran al profesional a que no llamara a compartir o a reproducir publicaciones, algo insólito sólo equiparable a lo que ocurría en Dictadura. Literal. Junto con la solicitud ingresada a la corte, el político de izquierda realizó algunas declaraciones interesantes en ciertos medios provinciales acusando que el lenguaje que se usó podría estar incitando a que lo agredieran en la calle o a que otros lo ofendan. También literal.
Hay que mencionar que ambos tuvieron una amistad que ya no existe, e incluso Chávez trabajó en sus campañas. La última vez que el concejal habría sido entrevistado en el Canal fue en marzo de 2017, oportunidad en la que el político acusó supuestas coimas en la licitación de los parquímetros (anunciando después que iría al Ministerio Público), algo que jamás hizo saliendo posteriormente a pedir disculpas luego que el exalcalde de Castro y hoy Core Nelson Águila anunciara que se querellaría (ver nota relacionada). Nunca mostró prueba alguna de sus dichos.
Los cinco magistrados de la Suprema compartieron la opinión de los de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt quienes señalaron que «del tenor de los dichos del recurrido [Chávez] se puede advertir que formula tanto opiniones como críticas políticas a quienes participaron en la votación, sin que sus afirmaciones se dirijan al actor en forma particular o única, salvo en tanto reconoce en su informe a este recurso que siendo él también simpatizante del Partido Comunista, estima que el umbral de exigencia ciudadana respecto del actor era más alto. Ahora bien, las opiniones, en tanto expresión de ideas o juicios de valor no susceptibles de ser probados científicamente o verificables empíricamente, pueden ejercerse en forma amplia, con el único límite de no utilizar expresiones vejatorias o insultos, innecesarios para la expresión de ideas».
En conversación con La Opinión de Chiloé, el Director señaló: «recibo esta noticia con mucha alegría y también con tranquilidad, creo que nosotros como medio de comunicación hemos realizado una labor de fiscalización y de información a la comunidad. No hemos dicho nada que no sea real, o nada que no esté dentro de un documento o que no haya sido una acción real de alguna de las autoridades. nunca entendí bien el objetivo de René Vidal de poder denunciar esto en la Corte de Apelaciones y luego insistir después de un fallo categórico (…) en la Corte Suprema; bueno, queda ratificado que efectivamente Vidal entiende nada de lo que es la libertad de prensa, entiende nada de lo que es tener una opinión distinta».
Agregó además que la directiva del Partido Comunista en Castro debiera pedir la renuncia del aludido toda vez que «[su actuar] viola los principios básicos que es la libertad de expresión y la libertad de organizarse (…) ¿o sea que cualquiera que diga algo que a Vidal no le parezca va a estar en tela de juicio respecto a su comportamiento?, entonces eso contraviene todo principio básico del PC».
Señala también que «nosotros vamos a seguir haciendo la misma pega de siempre, dar a conocer, informar y compartir con la ciudadanía lo que están haciendo nuestras autoridades de la comuna. El señor Vidal que se acostumbre: vamos a seguir trabajando e informando a la comuna de Castro de lo que están haciendo nuestras autoridades incluido él. Esto no nos inhibe, no nos complica sino por el contrario nos da mucha fortaleza para seguir avanzando en lo que nosotros tenemos que hacer en lo que se refiere a libertad de prensa y de información a la comuna».
A continuación se transcribe parte de una nota anterior sobre el recurso judicial que llegó a su fin publicada por La Opinión de Chiloé al conocerse el primer fallo que fue ratificado en la Suprema.
El recurso de protección
El concejal concurrió a la Corte de Apelaciones acusando que el Director habría realizado una serie de imputaciones presuntamente difamatorias y deshonrosas hacia su persona a través de Canal 75 Chiloé TV, las que fueron difundidas por Internet, «lesionando e infringiendo su honra, imagen e integridad». El político comunista aseveraba que tal publicación buscaba «compartir la publicación en una suerte de campaña de descrédito hacia su persona y donde, según puntualiza, es el propio recurrido el administrador de la cuenta».
Los dichos se habrían dado luego que el Concejo Municipal de Castro aprobó la modificación presupuestaria por 200 millones de pesos destinados a pagar fallos adversos por demandas de carácter laboral en contra del Municipio. Así, a través de Facebook, Chávez publicó un vídeo en el cual realiza una ácida crítica que en opinión del concejal, serían «declaraciones infamantes y degradantes tanto en su contra como también de los demás concejales que aprobaron la modificación de presupuesto ya descrita, tratándolos a todos como ‘sinvergüenzas, caras de palo, irresponsables, coludidos, mentirosos, inescrupulosos’, refiriendo luego que malgastaban los fondos públicos y que pagaban estos juicios a causa de su incapacidad, entre otros insultos, tratándolos, inclusive, en reiteradas oportunidades, de ‘basura’, señalando que los concejales se habrían ‘coludido’ o ‘se deberían favores’ y por ello votaron de tal manera la modificación presupuestaria».
René Vidal se quejó ante la corte respecto a que otras personas compartieron y comentaron el vídeo. Luego, se afirma que se le habrían vulnerado garantías constitucionales, más específicamente su honra e imagen, ambas consagradas en el artículo 19 número 4 de la Constitución Política de la República. De conformidad con lo anterior, afirmó que «el acto de realizar publicaciones por Internet a través de la red social de Facebook, con declaraciones injuriosas, denostativas y abusivas, incitando a realizar la propagación y difusión de las mismas son conductas constitutivas de actos de difamación y deshonra en contra de quién se vierten».
Concluye su presentación «solicitando la eliminación de todo contenido publicado en su descrédito, concretamente el vídeo de fecha 9 de junio de 2018, se abstenga el recurrido de seguir realizando publicaciones de este tipo por cualquier vía, además de abstenerse de denostarlo e insultarlo por cualquier medio y se le ordene que no puede llamar a compartir o a reproducir publicaciones ofensivas hacia su persona».
Declaraciones tras la presentación
Posterior a la presentación, el concejal René Vidal realizó diversas aseveraciones en medios de comunicación social. Entre ellas, comentó que «el lenguaje utilizado hacia mi persona y hacia todo el concejo municipal a mi me parece que es provocativo, y al ser provocativo me provoca un daño moral por un lado a mi persona y al cargo pero además provoca un daño, digamos, a la familia que no tiene porqué estar soportando, digamos, un lenguaje que está prácticamente incitando digamos a que en cualquier minuto yo pueda ser insultado en la calle o agredido en la calle (…) yo soy muy cuidadoso a la hora de entregar mi opinión, si no tengo los antecedentes no lo hago público».
Agregó además que ha tenido que «soportar que durante todas las semanas mi nombre esté en las redes sociales de su canal y además en vivo de su canal incitando, con su lenguaje, a sus entrevistados para que provoquen ofensas en contra de mi persona», acusación grave que en conversación con La Opinión de Chiloé, Chávez descartó de plano, agregando que sus dichos son «lenguaje no provocativo, sino que proactivo… provoca que a los menos den cuenta de sus acciones». Añadió que «no centro mis entrevistas en Vidal, sino en la administración municipal», recordándole algunos incidentes donde el concejal comunista ha proferido dichos que nunca comprobó.
En cuanto a la supuesta provocación para que otros ofendan al concejal, Chávez aseveró que «eso no es real, lo que busco a través de mis entrevistas y comentarios es que los ciudadanos de Castro se enteren lo que sus autoridades hacen y determinan. Si las ‘ofensas’ para Vidal son que las personas le pregunten, cuestionen su accionar o se enteren de su accionar político, y que además lo que informo y comento para Vidal es ofensivo, entonces tenemos un problema de definición de este concepto».
El concejal comunista señaló: «el año pasado digamos que cortó las comunicaciones conmigo, yo jamás he sido invitado a su canal; hubo una oportunidad al inicio de este período que asistíamos casi todos los concejales en uno de los programas que el mismo estaba desarrollando en su canal. Desde marzo del 2017 corta toda esta relación y no he sido convocado para ser entrevistado, él señala que ha convocado a todos, eso es absolutamente falso, entonces, por lo tanto tiene una opinión sesgada digamos con respecto a quienes tienen que estar en el canal para ayudarle digamos, a complementar sus dichos o su opiniones o sus apreciaciones con respecto al trabajo que estamos desarrollando nosotros como fiscalizadores dentro del municipio».
Sobre este punto, hay que aclarar que en diversas oportunidades sí se invitó de manera pública a todos los concejales, y que la última vez que estuvo en el Canal (marzo de 2017), René Vidal lanzó una severa acusación respecto a la supuesta existencia de coimas en la licitación de los parquímetros y que iría al Ministerio Público, algo que nunca concretó saliendo a pedir disculpas ya que en esa oportunidad, el exalcalde de Castro Nelson Águila afirmó en La Opinión de Chiloé que le parecía “pésimo” que el concejal realizara acusaciones “sin aportar los antecedentes y afectando la honorabilidad de personas (…) lo notifiqué que si no hay disculpas públicas me querellaré” (ver nota relacionada).
El resultado
El fallo confirmado por el máximo tribunal del país es bien duro para el concejal toda vez que cita a Humberto Nogueira Alcalá quien afirma: “la facultad de las personas de emitir opiniones y realizar una crítica acerca de los agentes y órganos estatales es inherente al régimen democrático. Por lo que el derecho a criticar por medio de la libertad de opinión las maneras de ejercer el gobierno, la legislatura, la función judicial de un tribunal o del conjunto de la magistratura, están protegidas por la libertad de información o expresión, (…) aun cuando la crítica sea dura y de mal gusto».
En el segundo párrafo del considerando quinto confirmado por la Corte Suprema, se asevera que «en dicho orden de cosas, y reconociendo que la crítica efectuada podría ser calificada de mal gusto, los límites de la crítica permitida son más amplios en relación a los actos de una persona de relevancia pública, en tanto se trate de sus funciones como tal, como sucede con el actor, por duras e infundadas que aparezcan, pues pesa sobre el recurrente dar cuenta de sus actuaciones referentes al desempeño de sus funciones públicas, sobre todo si se considera, como apunta Nogueira Alcalá en el artículo ya citado, que ‘las autoridades, funcionarios o personajes de relevancia pública tienen amplias posibilidades de acceso a los medios de comunicación social para rebatir las críticas que se les formulan sobre su actividad sometida al escrutinio público'».
La Corte Suprema confirmó así lo señalado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, la que determinó que «habiéndose ejercido por el recurrido su derecho a la libertad de expresión dentro del ámbito de protección jurídica, sin que se pase a llevar el honor o el derecho a la propia imagen del actor, su actuar no resulta contrario a derecho, por lo que esta acción cautelar será desestimada. Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Carta Fundamental y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por José René Vidal Barrientos en contra de Francisco Alberto Chávez Catepillán».
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