CHONCHI (La Opinión de Chiloé) — A una pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo más la obligación de someterse a una evaluación y eventual tratamiento por 1 año que diga relación con control de impulso e ira y consumo problemático de alcohol fue sentenciado Sixto Ismael Guenuman Nain tras una brutal agresión perpetrada en contra de su conviviente el pasado 4 de julio de 2017.
De acuerdo información de la causa a la que accedió La Opinión de Chiloé, el aludido cometió el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, ilícito previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal en relación al artículo 5° de la Ley n.° 20.066. Ese día, aproximadamente a las 22.00 horas, la victima se encontraba junto al condenado al interior de su vivienda en el sector de Huentemó cuando en medio de una discusión, Guenuman Nain procedió a golpear violentamente a la mujer con una silla dejándola con moretones y cortes en la cabeza.
Tras la denuncia y posterior sentencia mediante procedimiento simplificado, se decidió aplicar una pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, la que se verificará entre las 22.00 horas de cada día y las 06.00 horas del día siguiente en el domicilio donde ocurrieron los hechos (Huentemó). Esta es la segunda vez en el año que el sujeto es enviado a su domicilio con pena sustitutiva ya que en febrero también fue sentenciado a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo pero se le cambió por 122 días de reclusión parcial domiciliaria nocturna más la prohibición absoluta de acercarse a dos mujeres (su actual suegra y su expareja) que fueron víctimas de amenazas de muerte consignadas en distintas denuncias:
■ La primera de ellas ocurrió el 14 de abril de 2015 en el sector Colihue, comuna de Chonchi, cuando el condenado concurrió a una vivienda del sector y amenazó a la misma víctima del «sillazo» y a su suegra con matarlas a machetazos, además de anunciar que quemaría el lugar.
■ La segunda se refiere al día 13 de febrero del año 2016, cuando alrededor de las 2.00 horas de la madrugada, acosó de manera telefónica a otra mujer, quien era su ex cónyuge, y procedió a amenazarla de muerte aseverando que concurriría a su domicilio y la degollaría.
En esta nueva sentencia, los funcionarios del CESFAM de la comuna de Chonchi serán los encargados de realizar una evaluación psicológica del sujeto para determinar si es necesario que ingrese a un tratamiento de control de impulso e ira y consumo problemático de alcohol, algo que deberá ser informado al tribunal dentro de los próximos días.
Comentarios