Chonchi: golpeó brutalmente a mujer, lo detuvieron, quedó libre, y la golpeó otra vez brutalmente

Fotografía de contexto. Campaña contra la violencia hacia la mujer.

CHONCHI (La Opinión de Chiloé) — Un impactante caso de violencia intrafamiliar registrado en septiembre del año pasado en la comuna de Chonchi alista por estos días varias actividades procesales, todo luego que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro fijara la audiencia de juicio, la que se celebraría a partir del 28 de diciembre.

De acuerdo a información de la causa que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos se remiten al 25 de septiembre de 2019, cuando según el Ministerio Público, Claudio Andrés Rodríguez Díaz habría procedido a propinar dos brutales golpizas a su conviviente, dejándola con lesiones de carácter grave, mediando sólo entre ambas agresiones un período en el que fue detenido y puesto a disposición de la justicia, siendo dejado en libertad por la juez de turno.

La primera agresión habría ocurrido alrededor de las 06.30 horas de la mañana del día en comento cuando el imputado se enfrascó en una violenta discusión con la víctima identificada como J.E. mientras se encontraban en el borde costero del muelle de Chonchi, instantes en que el delincuente procedió a propinarle golpes de pie y puño en diversas partes del cuerpo, dejándola con diversas lesiones.

Tras ello, el sujeto fue detenido y alrededor de las 11.56 horas de ese mismo día, el Juzgado de Garantía de Castro lo formalizó como presunto autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, decretando las medidas cautelares de prohibición de acercarse a la víctima y hacer abandono del hogar común.

La resolución y medidas le fueron notificadas personalmente por Funcionarios de la Capitanía de Puerto de Chonchi, siendo además apercibido del delito de desacato.

En este marco, y tras ser liberado, alrededor de las 22.30 horas de ese mismo día el acusado habría concurrido al domicilio de su actual conviviente e ingresó violando lo decretado por la juez. En ese instante, procede a amenazarla de muerte en medio de fuertes epítetos; decidiendo la víctima salir de la casa escapando hacia un paradero cercano, siendo seguida por el sujeto.

Según indica la Fiscalía local de Castro, en ese lugar la agredió con golpes de pie, puño y con un objeto contundente en diferentes partes del cuerpo, debido a lo cual resultó con lesiones de carácter grave.

Carabineros de la Tenencia de Chonchi concurrieron al sector sorprendiéndose al encontrar severamente lesionada a la misma mujer que durante la mañana habían auxiliado, deteniendo otra vez al mismo acusado.

En concepto del Ministerio Público, la primera golpiza constituye el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, prescrito y sancionado en el artículo 494 n.°5 y 400 del Código Penal en relación al artículo 5 y siguientes de la Ley 20.066. La pena que se pedirá en juicio será de 300 días de presidio menor en su grado mínimo más las accesorias del artículo 9 letras A y B de la Ley 20.066, por el plazo de un año.

Respecto al segundo incidente ocurrido dentro de la vivienda, indica que se configura el delito de amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar, prescrito y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal en relación al artículo 5 y siguientes de la Ley 20.066. La pena que se pedirá en juicio será de 200 días de presidio menor en su grado mínimo más las accesorias del artículo 9 letras A y B de la Ley 20.066 por el plazo de un año.

En cuanto a lo que pasó en el paradero, se acota que conctituye el delito de lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar, prescrito y sancionado en el artículo 397 N° 2 del Código Penal en relación al artículo 5 y siguientes de la Ley 20.066. La pena que se pedirá en juicio será de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo más las accesorias del artículo 9 letras A y B de la Ley 20.066, por el plazo de un año.

Además, por haber violado la orden del tribunal, se daría el delito de desacato, prescrito y sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil en relación a al artículo 92 n.°1 de la Ley 19.968. La pena que se pedirá en juicio será de tres años de reclusión menor en su grado medio, más las accesorias legales y costas.

Si las dos golpizas anteriores sorprendieron a funcionarios policiales que abordaron los procedimientos, el 20 de marzo de este año se repitió algo similar luego que alrededor de las 17.00 horas, el requerido Claudio Andrés Rodríguez Díaz volviera a propinarle una horrorosa golpiza a la misma mujer usando un objeto contundente en su brazo y pierna izquierda, dejándola con espantosos hematomas.

Además, según los antecedentes que se manejan respecto a esta nueva agresión, la mujer habría sido expulsada del domicilio en paños menores amenazándola con la siguiente frase: «si llegas a entrar a mi casa prefiero quebrarte entera, porque matarte me sale muy caro para estar en la cárcel».

Lo impactante de la acción de la justicia es que fuentes confirmaron a La Opinión de Chiloé que el delincuente se encuentra actualmente en libertad.

En particular, si bien es cierto en esa ocasión fue dejado en prisión preventiva por representar un peligro para la sociedad y la seguridad de la víctima, sólo un par de días después aquello fue revertido y se le envió a su casa con arresto domiciliario total.

A este respecto, más insólito aún es que antecedentes judiciales acreditan que el aludido habría incumplido aquella medida, siendo detenido in fraganti. Aunque la fiscalía pidió que volviera a decretarse la medida cautelar de prisión preventiva, la juez Alejandra Varas Cuevas hizo lo contrario, y determinó que era mejor entregarle arresto domiciliario nocturno.

Tras ello, se comenzaron a verificar una serie de incumplimientos en rondas periódicas de Carabineros de Chonchi, constatándose luego que el aludido se encontraba en Santiago. Así las cosas, posteriormente quedó sin medidas cautelares restrictivas y está a la espera de que se le notifique para el juicio del 28 de diciembre.

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