Chonchi: inmigrante gana batalla a Intendente para no ser expulsado del país

CHONCHI (La Opinión de Chiloé) — Una interesante y rápida batalla judicial que podría sentar jurisprudencia, al menos en la Provincia de Chiloé, es la que terminó por ventilarse y sellarse en la Corte Suprema el pasado jueves luego que la Segunda Sala del máximo tribunal dejara sin efecto un Decreto de Expulsión emanado contra un ciudadano de República Dominicana asentado en Chonchi y que fue firmado por el actual Intendente de la Región de Los Lagos, Harry Jürgensen, a comienzos de este año.

En el fallo que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, el tribunal revirtió una sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y terminó por acoger (con voto de mayoría, no unánime) un recurso de amparo interpuesto a favor M.F.R., dejándose sin efecto la Resolución n.° 77/60 de 17 de enero de 2019, dictada por la Intendencia Regional de Los Lagos, y donde se ordenaba su expulsión por presuntamente incumplir la normativa de ingreso al país.

En conversación con La Opinión de Chiloé, la abogada del inmigrante, Marlys Castillo Triviños, dijo que él «ingresó clandestinamente al territorio nacional después de quedar abandonado en medio del desierto por un hombre que lo engañó y le dijo que llegaría a Chile con toda la documentación en regla«.

«Posteriormente M.F.R. se afinca en la isla de Chiloé recurriendo a la Policía de Investigaciones, quienes lo notifican del pertinente decreto de expulsión en su contra» acotó.

Todo habría partido en noviembre de 2018 cuando el aludido se contactó con un sujeto dominicano en su país quien le dijo que le realizaría toda la tramitación para ingresar a Chile, que le conseguiría vida y demás documentación migratoria. Viajó e intentó ingresar siendo abandonado en el desierto; tas ello, logra llegar a una ciudad desde donde decide viajar hasta la ciudad de Chonchi donde se asienta.

Sin embargo, tal ingreso irregular motivó la denuncia correspondiente al Ministerio Público por parte de la Intendencia en virtud del presunto delito cometido y que habría avalado la emisión del decreto de expulsión en comento.

¿Cómo se enteró que él había ingresado por un paso no habilitado? pues en enero, M.F.R. concurrió a la Policía de Investigaciones a intentar regularizar su situación migratoria (ya trabajaba) donde se le instó a firmar quincenalmente a la espera de las determinaciones de la autoridad competente.

Posteriormente eso sí, desde la Intendencia se presentó un desistimiento de la acción penal, por lo que según la abogada, «no tuvo intención de que fuera indagado el supuesto delito cometido, desde que el desistimiento tiene el efecto de extinguir la responsabilidad penal».

El 4 de marzo de 2019, el afectado fue notificado del decreto y durante estos meses distintas personas se habían ofrecido a ayudarlo pero nunca se concretó nada, hasta que a mediados de noviembre decidió interponer un Recurso de Amparo.

Castillo Triviños dijo que «el referido decreto de expulsión resultaba [entonces] carente de sustento legal ya que no era posible probar la clandestinidad del ingreso porque la Intendencia se había desistido de su acción penal».

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt desestimó el recurso, manteniendo a firme la expulsión; sin embargo, este jueves la Corte Suprema dijo lo contrario y lo desechó. El joven podrá quedarse.

Cabe mencionar que el artículo 69 del D.L. 1.094 impone la medida de expulsión para los extranjeros que intenten ingresar clandestinamente o por lugares no habilitados del país, una vez cumplida la pena que la misma norma establece, pero cuando la Intendencia dio marcha atrás en la denuncia el supuesto fáctico de ingreso irregular ya no se dio, porque aquella situación debe ser comprobada en tribunales.

Así lo explicitó también la Corte Suprema al señalar que «el hecho de haber formulado la autoridad competente el correspondiente requerimiento en contra del amparado para enseguida, desistirse de él, extinguiéndose consecuencialmente la acción penal hecha valer y luego decretar su expulsión del país mediante las resoluciones impugnadas, requiere de una carga argumentativa superior a la meramente formal, como la expuesta en la decisión atacada, que se funda únicamente en las disposiciones legales y reglamentarias que cita, así como en la circunstancia no controvertida del intento de ingreso de la recurrente al territorio nacional, por un paso no habilitado».

En consecuencia, los magistrados indican que el Decreto de Expulsión «deviene en arbitraria por ausencia de fundamentos, motivo por el cual la presente acción constitucional será acogida (el recurso de amparo), al afectar la libertad ambulatoria del ciudadano extranjero antes individualizado, sujeto a la medida de expulsión del territorio nacional».

Hay que precisar que el joven no posee antecedentes penales en Chile ni en República Dominicana, y actualmente realiza labores de soldador en la comuna de Chonchi.

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