PUERTO CISNES (La Opinión de Chiloé) — Un impactante caso de vulneración de derechos laborales es el que está investigando la Dirección del Trabajo en la comuna de Cisnes, provincia de Aysén, luego que se descubriera a un trabajador de una empresa salmonera desempeñando sus labores en condiciones impropias.
De acuerdo a información preliminar recopilada por La Opinión de Chiloé, el caso quedó al descubierto durante el domingo cuando funcionarios de la Inspección Comunal del Trabajo de Cisnes y de la Armada concurrieran a fiscalizar al menos dos centros de cultivo salmonero en la Bahía de Puerto Cisnes, encontrándose con un guardia de seguridad trabajando en condiciones prácticamente inhumanas.
Lo que se sabe hasta ahora es que el trabajador es parte de la empresa contratista Sociedad de Servicios en Seguridad Segfish Chile SpA que prestaba servicios a AquaChile, y que al momento de ser entrevistado estaba realizando un «turno» de 46 días seguidos sin energía eléctrica, sin agua potable, sin servicios higiénicos (un baño) o sin un espacio donde comer.
Fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé indicaron que el procedimiento se dio en los centros Punta Bennet y Punta Aguada del barrio de concesiones 32 de la macrozona XI-3 códigos SIEP 110110 y 110111 respectivamente de AquaChile.
La visita al lugar denunciado se concretó durante alrededor de las 21.00 horas de este domingo y no fue algo planificado o que la Dirección del Trabajo realizara con regularidad, sino que fue gracias a una denuncia anónima de acuerdo a lo confirmado por la directora regional del Trabajo, Victoria Sierra.
«Recibida la denuncia de este caso, acudimos la noche del domingo hasta el centro de cultivo de salmones ubicado en las cercanías de Puerto Cisnes y al comprobar el fiscalizador de terreno la veracidad de esta denuncia, suspendió en forma inmediata la faena de esta empresa, con las correspondientes multas que implica», dijo.
En tanto, la seremi de Trabajo y Previsión Social de Aysén, Andrea Ponce, acotó que «la Dirección del Trabajo con sus inspecciones durante este período han estado dando respuesta a los múltiples requerimientos de los trabajadores y trabajadoras que lo necesitan, al igual que las otras reparticiones de nuestro ministerio».
Hay que mencionar que el inciso primero del artículo 183-B del Código del Trabajo es claro en indicar que «la empresa principal será solidariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales de dar que afecten a los contratistas en favor de los trabajadores de éstos (…). Tal responsabilidad estará limitada al tiempo o período durante el cual el o los trabajadores prestaron servicios en régimen de subcontratación para la empresa principal».
Además, el artículo 66 bis de la ley n.º16.744 establece que «los empleadores que contraten o subcontraten con otros la realización de una obra, faena o servicios propios de su giro, deberán vigilar el cumplimiento por parte de dichos contratistas o subcontratistas de la normativa relativa a higiene y seguridad, debiendo para ello implementar un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo para todos los trabajadores involucrados, cualquiera sea su dependencia, cuando en su conjunto agrupen a más de 50 trabajadores».
Acá es importante aclarar que independiente del número de trabajadores que hayan existido en el centro de cultivo en comento, la calificación de gran empresa para AquaChile la obliga a implementar tal sistema de gestión, «incluyendo la confección de un reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas, en el que se establezca como mínimo las acciones de coordinación entre los distintos empleadores de las actividades preventivas, a fin de garantizar a todos los trabajadores condiciones de higiene y seguridad adecuadas» dice la norma, añadiendo que «se contemplarán en dicho reglamento los mecanismos para verificar su cumplimiento por parte de la empresa mandante y las sanciones aplicables».
En consecuencia, aunque en el caso de marras se está hablando de un contratista, la legislación laboral también hace responsable a AquaChile, vale decir, al configurarse la subcontratación, la empresa principal está en pleno conocimiento de su responsabilidad solidaria que le cabe dentro de los posibles incumplimientos que pueda ejercer la empresa contratista.
«Hago un llamado a los trabajadores para que realicen sus denuncias cuando crean que se están vulnerando sus derechos laborales o a solicitar orientación en el caso de tener consultas laborales. Nuestra labor es estar con los trabajadores/as, más aún frente a las difíciles circunstancias en las que nos encontramos con esta pandemia mundial del coronavirus», señaló la Seremi.
NOTA DE LA REDACCIÓN: El uso de comillas en el titular debe entenderse según lo descrito en el punto 3.4.8.2.1 de la Ortografía de la lengua española (2010).
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