Comisión de Constitución visa escaños reservados para pueblos originarios e independientes en Convención Constituyente

Véase también:
Histórico acuerdo: habrá plebiscito en abril de 2020 para mecanismo de nueva Constitución.
Comisión de Constitución aprueba paridad de género en Convención Constituyente.

VALPARAÍSO (La Opinión de Chiloé) — Durante esta noche la Comisión de Constitución de la Cámara Baja ha estado en pleno proceso de discusión y votación de varias indicaciones para despachar a la Sala el proyecto que reforma la Constitución de la República para habilitar el proceso constituyente.

En tal marco, y tras aprobar la indicación de paridad de género, la comisión aprobó una indicación que fija 18 escaños reservados para los pueblos indígenas Aimara, Atacameños, Coyas, Diaguitas, Mapuche, Quechuas, Rapa Nui, Kawashkar y Yagán de los canales australes, en el caso de aprobarse el modelo de Convención Constituyente.

Los cupos mencionados se incrementarán a 21 escaños reservados si se llega a aprobar el modelo de Convención Mixta Constitucional.

Para su elección, señala el texto aprobado, «habrá un distrito electoral, constituido por todo el territorio nacional».

El texto detalla que «podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación de Desarrollo Indígena (Conadi)».

Las declaraciones de candidaturas serán individuales y deberán contar con el patrocinio de, al menos, una comunidad indígena registrada en la Conadi.

Por otro lado, la Comisión también aprobó una indicación que busca asegurar la representación de los candidatos independientes en la Convención Constituyente.

El texto permitirá que dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral, los cuales tendrán un máximo de candidaturas equivalentes al número siguiente de convencionales constituyente que corresponda elegir en cada distritos

Los pactos que se creen regirán exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas.

«Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate», añade.

Agrega que «cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,4% de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones».

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