DALCAHUE (La Opinión de Chiloé) — Un violento incidente registrado a comienzos de abril en la comuna de Dalcahue fue materia de una rápida tramitación por parte del Ministerio Público de Castro recientemente en el Juzgado de Garantía de la capital provincial luego que solicitara la aplicación de una «laxa» sanción para quien sería el hechor.
De acuerdo a información de la causa que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, el fiscal del caso indicó a la juez que los hechos se remiten a aproximadamente las 21.30 horas del 4 de abril pasado cuando la víctima, en compañía de un supuesto amigo identificado como L.M.R.N., transitaban por Avenida Mocopulli de Dalcahue, instantes en que este último se habría ofuscado procediendo a apuñalarlo.
Según la Fiscalía, el ataque fue «sin causa ni motivo justificado» utilizándose para ello una cortaplumas que era portada por el imputado entre sus vestimentas: le habría propinado una estocada provocándole «una herida penetrante en el abdomen», para luego escapar.
La dinámica de lo que pasó no está del todo clara, no descartándose que se haya tratado de una acción en defensa propia toda vez que el que resultó herido tiene condenas anteriores por horrendas golpizas propinadas a mujeres (en Chonchi) y riñas, además de una sentencia por homicidio frustrado cometido en el sector rural Las Quemas, Dalcahue (ver nota relacionada).
De hecho, estaba cumpliendo una pena de tres años y un día presidio menor en su grado máximo por tal ilícito previsto y sancionado en el artículo 391 n.°2 del Código Penal; goza de libertad vigilada intensiva.
El herido fue atendido posteriormente en el Centro de Salud Familiar de Dalcahue donde se confirmó que presentaba una herida punzo penetrante en abdomen, siendo suturado. Afortunadamente no le provocó daños en alguno de los órganos internos, por lo que fue remitido a su casa para recuperarse.
Lo que pasó se encuentra registrado en el parte de denuncia n.°153 de la Tenencia de Carabineros de Dalcahue de ese mismo día.
Además, habría una testigo de lo que pasó quien prestó declaración antes de que la Fiscalía decidiese solicitar sanción.
En vista y considerando los antecedentes expuestos, el Ministerio Público decidió proponer la imposición de multa de una UTM para el atacante como autor en grado de consumado de la falta penal de lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 n.°5 del Código Penal. Lo anterior fue acogido sin costas por la juez.
Sin embargo, inmediatamente suspendió la imposición de la pena impuesta y sus efectos por el término de seis meses, siempre que o medie en ese período nuevo requerimiento o formalización, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 letra e) y 398 del inciso 2° del Código Procesal Penal. Pasado ese plazo, se le sobreseerá.
#Dalcahue #Chiloé: sujeto reconoció que quiso matar a joven tras apuñalarlo en Las Quemas. Miguel Alfonso Bahamonde Pérez (27) fue condenado a 3 años de presidio; accedió a libertad vigilada intensiva | La Opinión de Chiloé https://t.co/Y5ao5dhLtU pic.twitter.com/6t3AYRrN5J
— La Opinión de Chiloé (@opinionchiloe) January 17, 2019
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