Piñera anuncia urgencia a proyecto de matrimonio igualitario

Fotografía de contexto.
Véase también:
Ancud: pareja de mujeres en plenos preparativos para su Unión Civil; la primera de Chiloé.

VALPARAÍSO (La Opinión de Chiloé) — En medio de una nueva cuenta pública ante el Congreso Nacional, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, realizó un sorpresivo anuncio vinculado a una reforma al Código Civil para instalar el matrimonio igualitario en el país.

El proyecto, que se encuentra en primer trámite constitucional en la Comisión de Constitución del Senado, fue ingresado en 2017 al Parlamento durante el gobierno de Michelle Bachelet y busca modificar el Código Civil y a la ley N° 19.947 que establece Nueva Ley de Matrimonio Civil, a efectos de dar acceso al estatuto matrimonial.

Se modificaría, además, las normas para la accesibilidad de las nuevas parejas matrimoniales, el Código del Trabajo, las leyes n.° 14.908, n.!20.830, n.°4.800, n.°16.620 y n.°16.744; así como también al decreto con fuerza de ley n.°150 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, de 1982, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre Sistema Único de Prestaciones Familiares y Sistema de Subsidios de Cesantía para los Trabajadores de los Sectores Privado y Público.

También se incluirían dos artículos transitorios, el primero que establece que las parejas del mismo sexo podrán acceder al régimen de sociedad conyugal una vez efectuadas las adecuaciones a este régimen, y el segundo, contiene un período de vacancia de la ley, a efectos de poder realizar las adecuaciones y capacitaciones que las instituciones públicas requieran para implementar las nuevas disposiciones.

«En nuestro primer gobierno impulsamos el Acuerdo de Vida en Pareja. Hoy pienso que debemos profundizar sobre el valor de la libertad, incluyendo la libertad de amar y formar familia con el ser amado, y también el valor de la dignidad de todas las relaciones de amor y afecto entre dos personas», comenzó diciendo el Presidente.

«Pienso que ha llegado el tiempo de garantizar esa libertad y esa dignidad a todas las personas. Pienso que ha llegado el tiempo del matrimonio igualitario en nuestro país», continuó el Primer Mandatario, siendo aplaudido de parte de los presentes en la ceremonia.

Así las cosas, Piñera dijo: «anunciamos que pondremos urgencia al proyecto de ley que lleva años en el Congreso y que establece el matrimonio igualitario entre todos nuestros compatriotas».

«De esta forma, todas las personas sin distinguir por orientación sexual, podrán vivir el amor y formar familia con toda la protección y dignidad que ellas necesitan y merecen», aseguró.

Luego atendido el acceso al matrimonio civil de parejas de igual sexo que se persigue con este proyecto de ley, se procedería a modificar el lenguaje de la institución dándole un carácter igualitario, superando la distinción sexuada de los miembros de la unión matrimonial, reemplazando términos como «el marido» y «la mujer” por «el cónyuge» y «la cónyuge».

A su turno, atendiendo a que por vía del matrimonio las parejas del mismo sexo podrán acceder a roles parentales se modifica por este proyecto la referencia a «los padres», utilizándose en su reemplazo la expresión «progenitores», la cual se define en el título preliminar del Código Civil.

En lo referido a la adopción, la modificación permitirá que todo tipo de matrimonios accedan a la adopción, ya sea por integración o a través de la adopción propiamente tal, sin modificar eso sí las normas que regulan la adopción en Chile, que es materia de otra discusión.

En lo tocante al matrimonio civil, no se modifica ni la presunción de paternidad del marido ni el impedimento para pasar a segundas nupcias de la mujer, en tanto las hipótesis de ampliación de dichas normas sólo pueden darse entre parejas de distinto sexo.

Sí se innova en materia de filiación respecto de la regulación de las técnicas de reproducción humana asistida (TRHA), que son una especial modalidad de filiación biológica, puesto que actualmente estas sólo producen efectos filiativos cuando son aplicadas a parejas compuestas por un hombre y una mujer, dejando fuera a parejas de mujeres que se someten a dichos tratamientos, pues la ley, si bien les permite el acceso, sólo reconoce a una como madre. Ahora, habrán dos madres, una de ellas a través del parto, y la otra a través de la institución del reconocimiento.

En cuanto a lo económico, el proyecto incorpora a las parejas conformadas por personas del mismo sexo a la aplicación de los regímenes patrimoniales del matrimonio, de forma que se fijará como régimen supletorio el de separación total de bienes, pudiendo ser sustituido por el de participación en los gananciales, tanto al momento de las capitulaciones matrimoniales, como durante la vigencia del matrimonio.

En cuanto sociedad conyugal, y a efectos de que no sea discriminatoria y de hacerla aplicable a parejas del mismo sexo, se abordaría en un proyecto de ley complementario dada su complejidad. Ello quedará asentado en un artículo transitorio a la espera de dichas modificaciones.

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