Quellón: ebria incendió casa con su hijito dentro cuando le dijeron «deja de tomar»

Fotografía: Quellón Informa.

QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — Con la medida cautelar más gravosa quedó una mujer imputada por un incendio registrado a comienzos de esta semana en la ciudad puerto, luego que diversos antecedentes periciales la sindicaran como la presunta responsable de este siniestro bajo circunstancias que están siendo indagadas.

De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-733-2023 RUC 2301044995-2 seguida ante el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quellón, los hechos se remiten a un incendio reportado la madrugada de este martes en una vivienda de calle Doctor Ahués interior, y que movilizó a distintas unidades de emergencia para evitar su eventual propagación a otras propiedades cercanas.

Los primeros antecedentes indicaban que el fuego comenzó en el segundo nivel de una casa habitación de material ligero ubicada en un pasaje interior cerrado, con serio riesgo de expandirse a otras estructuras del lugar que estaban bastante cercanas.

Voluntarios del Cuerpo de Bomberos de Quellón concurrieron al lugar con prácticamente todo su material mayor de las distintas Compañías que posee, encontrándose con un siniestro en fase de libre combustión, iniciando inmediatamente un trabajo defensivo para bajar la carga calórica y así evitar un descontrol del fuego.

Tras ello, se abocaron a labores ofensivas para la extinción de las llamas, lo que se habría logrado alrededor de las 01.30 horas de la madrugada, sin perjuicio del proceso de remoción de escombros y manejo de potenciales focos.

El saldo oficial de esta emergencia fue daños en el 80% de la vivienda producto de la acción del fuego y del agua, mientras que se contabilizaron tres personas damnificadas: dos adultos y un niñito.

El procedimiento policial de rigor fue abordado, inicialmente, por funcionarios de la Sexta Comisaría de Carabineros de Quellón, quienes aislaron el sitio del suceso e iniciaron algunas indagatorias provisorias, ello en atención a serias sospechas que alertaban que todo habría sido intencional.

En efecto, diversas declaraciones de testigos aseguraban que previo a activarse las alarmas, se habría escuchado una discusión al interior de la propiedad, todo en el marco de una reunión social donde hubo ingesta de alcohol, y donde una mujer insistía en continuar con la «fiesta».

Así las cosas, e informado el Ministerio Público, se abrió una causa penal por la presunta comisión del delito de incendio, mandatándose varios peritajes a funcionarios del Laboratorio de Criminalística de Carabineros (Labocar) de la Prefectura Llanquihue, teniéndose como principal sospechosa a esta persona, que tendría como residencia registrada a la comuna de Peñalolén, en la región Metropolitana, aunque sería oriunda de la comuna de Nueva Imperial, en la región de La Araucanía.

En tal marco, se pudo determinar que todo habría ocurrido luego que la imputada se enfrascara en una discusión con el dueño de la propiedad, aparentemente su pareja, luego que éste le solicitara que dejara de beber alcohol en compañía de desconocidos en la misma casa.

Esto habría sido en horas de la noche del lunes, y aunque se habló en un comienzo de un posible incidente de violencia intrafamiliar, ello por ahora no se ha corroborado.

Prosiguiendo, en una hora indeterminada, la aludida de 31 años habría decidido subir al segundo piso, todo en contexto de una actitud violenta, y presuntamente procedió a iniciar el fuego, estando incluso en el mismo lugar su propio hijo de 8 años de edad, con el resultado de marras.

Recibidos los informes preliminares del Labocar, la Fiscalía local solicitó, así, la detención de la mujer, que fue constatada alrededor de las 11.20 horas de la mañana, quedando a disposición de la justicia por su eventual responsabilidad en los hechos.

Durante este miércoles en la mañana se realizó la audiencia de control de la detención, la que fue declarada ajustada a derecho sin ser incidentada por la defensa, para posteriormente dar lugar a la formalización ad hoc.

Para la persecutora penal, en este caso se darían los supuestos del presunto delito de incendio en lugar habitado con peligro para las personas, descrito y sancionado en el artículo 475 del Código Penal, una norma bastante dura que puede implicar desde presidio mayor en su grado medio (desde 10 años y un día a 15 años de cárcel) a presidio perpetuo.

Expresó ante la juez de turno que le cabría a la imputada una eventual participación en calidad de autora en los términos del artículo 14 n.º 1 y 15 n.°1 del Código punitivo, en grado de desarrollo consumado.

La información fue confirmada grosso modo por la fiscal Karyn Alegría Veliz, quien explicó que en función de las diligencias encargadas a Carabineros, se pudo levantar diversos medios probatorios que darían cuenta que «la mujer prendió el segundo piso de la casa que habitaba junto a su conviviente e hijo menor de edad (de 8 años), por problemas de consumo de alcohol y ante la negativa de su marido de que ella continuara ingiriendo alcohol con terceras personas».

El Ministerio Público solicitó que se aplique la medida cautelar de prisión preventiva, fundándola en tres causales: a) resulta indispensable para el éxito de diligencias precisas y determinadas de la investigación; b) la libertad de la imputada constituiría un peligro para la seguridad de la sociedad; c) existiría peligro de fuga.

Lo anterior fue incidentado por el defensor de la Defensoría Penal Pública, Daniel Fuenzalida, quien expresó que no habrían antecedentes suficientes como para decir que la aludida fue la causante del siniestro.

Aludió también a que habrían «testigos» que darían fe que la pareja la habría agredido, que increparon al dueño de casa por eso, y que ella subió al segundo piso para despertar a su hijo e irse del lugar.

Cabe mencionar eso sí que aquello es materia de investigación, no solamente porque esos supuestos testigos eran los mismos que estaban bebiendo alcohol con ella, sino porque además, fueron los mismos que se negaban a retirarse del lugar porque querían seguir consumiendo alcohol, a pesar del pedido reiterado del dueño de casa, a quien habrían increpado, pero no por la presunta agresión, sino porque querían seguir bebiendo.

Sin embargo, una vez sopesados todos los antecedentes recopilados durante las horas posteriores a este ilícito, la juez de turno Claudia Villa Esperguel desechó la alegación de la defensa y determinó que se darían los supuestos fácticos para indicar la efectividad de los hechos y que la imputada podría tener responsabilidad directa.

En este sentido, concluyó que hasta el momento, existiría un correlato evidente entre la versión expresada por la víctima, la Fiscalía y los hallazgos encontrados en las diligencias preliminares del Labocar, por lo que dio lugar a la formalización al darse los elementos típicos de lo que sería un incendio en lugar habitado con peligro para las personas.

De hecho, la vivienda quedó con severos daños, sin perjuicio que de no haber sido controlada a tiempo, podría haberse expandido hacia varias otras aledañas, y que pertenecerían a un mismo grupo familiar.

Así, y acogiendo el pedido de la Fiscalía de Quellón, decidió imponer como medida cautelar la prisión preventiva para la encartada, ello en atención a que en su opinión, en el presente estadio procesal existen elementos suficientes para estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se aprecia que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, un peligro de fuga y un peligro para el éxito de la investigación, atendida la gravedad del delito, la pena posible a imponer y su eventual forma de cumplimiento, que dan cuenta, por ahora, de la insuficiencia de otras medidas cautelares de menor intensidad.

Se fijó un plazo de investigación de 90 días, ordenándose el ingresó de la aludida al Centro Penitenciario de Alto Bonito de Puerto Montt.

Por otro lado, y en cuanto a la situación del niñito, el Juzgado Mixto ordenó remitir los antecedentes a la sección Familia del mismo Tribunal, a fin que proceda abrir una causa por una eventual medida de protección a favor del niño W.A.A.G., hijo de la imputada.

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