
QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — De manera unánime, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt ordenó durante este viernes la prisión preventiva de una imputada formalizada como presunta autora de un ataque de tipo homicida ocurrido en la comuna de Quellón el día miércoles.
De acuerdo a antecedentes judiciales que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos habrían ocurrido durante la tarde de ese día cuando un vecino fue atacado reiteradamente con un arma blanca por quien sería su exconviviente, quedando con al menos dos lesiones cortopenetrantes en la zona costal que fueron calificadas como de carácter grave.
Las primeras informaciones indicarían que la imputada, identificada como Yosseline Eliana Miranda Barrientos (33 años), se habría enfrascado en una violenta discusión con la víctima al interior de una vivienda ubicada en el sector Barra de Chaiguao, procediendo a tomar un cuchillo para presuntamente perpetrar el ilícito.
El afectado fue encontrado en la vía pública ensangrentado por personal de la 6ª Comisaría de Carabineros de Quellón, siendo trasladado hasta un recinto asistencial donde se constató la gravedad de sus lesiones.
Fue la propia víctima quien habría relatado a las policías que habría sido apuñalado por su expareja tras una discusión, cuyo tenor por ahora no ha sido revelado, aunque trascendidos indicarían que mantendría antecedentes previos por incidentes de violencia donde sería ella la perpetradora.
Cabe mencionar que si bien es cierto fueron los propios funcionarios policiales quienes decidieron trasladar al herido hasta el hospital local, posteriormente se indicó que a la altura del puente Chaiguao fue traspasado a una ambulancia del Servicio de Atención Médica de Urgencia (SAMU), donde fue estabilizado para detener el sangrado y continuar el viaje hacia el recinto asistencial en comento.
En medio de esta diligencia, Miranda Barrientos fue detenida en flagrancia esa misma tarde del día miércoles por su eventual responsabilidad en los hechos, siendo trasladada hasta el cuartel policial.
Las primeras informaciones aseguraban que la aludida habría reconocido, espontáneamente ante Carabineros, que ella lo había apuñalado. Al momento de ser auxiliado, la víctima portaba el arma utilizada en este ataque luego que alcanzara a quitárselo a la detenida, para evitar que continuara apuñalándolo.
En medio de las primeras indagatorias, sorpresa causó la existencia de una causa por similares hechos ocurridos en la comuna de Río Negro el 21 de enero de 2022, y por el cual ella está a la espera de la realización de una audiencia de preparación de juicio oral como presunta autora del delito de homicidio simple en carácter de frustrado.
En efecto, fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé confirmaron que en la acusación presentada por el fiscal adjunto de esa comuna, Daniel Alvarado Toquer, se indica que todo habría ocurrido alrededor de las 23.00 horas en la vía pública, cuando su expareja salía de un local comercial, instantes en que la mujer «obrando con ánimo de darle muerte, y premunida de un arma blanca tipo punzón, lo agredió por la espalda con al menos 9 puñaladas en el tronco, brazos y glúteos, ocasionándole múltiples heridas en región torácica, consistentes en lesiones en la cara lateral izquierda y posterior, dos heridas en la región lateral izquierda, dos heridas en la región posterior, provocando tendencia a la hipotensión, además de tres heridas en brazo izquierdo, una herida en región glútea y una herida en el hombro, con resultado de hemoneumotorax traumático, lesiones de carácter grave, las que le pudieron causar la muerte de no haber recibido socorros médicos oportunos».
Luego, y respecto a lo que ocurrió en Quellón este miércoles, la información fue confirmada por el mayor Iván Ulloa, comisario de la 6ª Comisaría de Carabineros, indicando que «encontraron en la vía pública a la víctima que indicó haber sido agredida tras mantener una discusión con su expareja», corroborando que la aludida estaría confesa.
Así las cosas, y tras varios peritajes realizados por personal de la Sección de Investigaciones Policiales (SIP) de la comisaría local, el fiscal (s) Marco Antimilla Nahuelpán decidió pedir que se formalizara a la mujer por la presunta comisión del delito de parricidio, previsto y sancionado en el artículo 390 inciso 1° del Código Penal.
A este respecto, la fiscalía estima, por ahora, que a la imputada le podría caber una posible participación de autor en este ilícito en los términos del artículo 14 n.º 1 y 15 n.° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo tentado.
Luego, el persecutor penal pidió que se le impusiera a la aludida la medida cautelar de prisión preventiva, por considerar que su libertad constituiría un peligro para la seguridad de la víctima y de la sociedad, y por existir peligro de fuga.
Fundó su solicitud en los antecedentes allegados a la causa, incluyendo el historial previo de la encartada, sobre la que pesaba una orden de detención ante su rebeldía a presentarse a una audiencia de preparación de juicio oral por la causa en Río Negro, sin dejar de mencionar que allá se le había impuesto la medida de arresto domiciliario total, la que reiteradamente habría incumplido.
Sin embargo, el juez (s) de turno, Leandro Bahamonde, rechazó aplicar la medida cautelar de prisión preventiva, por lo que el fiscal apeló verbalmente para que, en su opinión, esta resolución sea corregida conforme a derecho.
En tal marco, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt revisó los antecedentes del caso, dándole la razón a Antimilla Nahuelpán, ya que junto con la gravedad del ilícito que se le imputa y la pena que podría enfrentar de llegar a juicio, se suma también la causa penal de Río Negro por hechos similares, esperándose la pronta audiencia de preparación de juicio oral por el que se está pidiendo 6 años de presidio mayor en su grado mínimo.
En particular, dijo que pidió la medida más gravosa «atendido a los antecedentes que existen en la investigación y también a los procesos vigentes que mantiene la imputada en otras fiscalías por delitos de similar naturaleza».
A este respecto, fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé mencionaron que esta mujer no solamente era buscada por lo ocurrido el 21 de enero de 2022 en Río Negro, sino que también por otro incidente ocurrido el 12 de diciembre de ese mismo año en la misma comuna, luego que presuntamente apuñalara a otro varón en la vía pública.
Según el fiscal, todo habría ocurrido alrededor de las 07.10 horas en plena plaza de armas de esa ciudad, cuando «sin causa ni justificación alguna apuñalo a la víctima en su pierna izquierda a la altura del muslo con un arma blanca la cual portaba sin dar justificación razonable, específicamente un cuchillo sin marca color morado de nueve centímetros de hoja y doce centímetros de empuñadura».
Por este incidente, la fiscal Daniela Ávila solicitó que se la formalizara como presunta autora del delito de lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, y por el delito de porte de arma blanca, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del mismo cuerpo punitivo. Ambas en calidad de autora y grado de ejecución consumado.
Estaba programada una audiencia de procedimiento simplificado para el día 6 de marzo de este año, instancia donde Miranda Barrientos no se presentó, despachándose una orden de arresto, la que no había sido diligenciada sino hasta que se concretó este nuevo ataque en la Barra de Chaiguao.
Por el delito de lesiones menos graves se está pidiendo que se le imponga 300 días de presidio menor en su grado mínimo, más accesorias legales y pago de costas; por el delito de porte de arma blanca, se está pidiendo 300 días de presidio menor en su grado mínimo, más accesorias legales y pago de costas.
Con la detención de la mujer, las dos causas penales seguidas en Río Negro se reactivaron, por lo que se espera que dentro de los próximos días se realicen las audiencias respectivas.
Sobre lo ocurrido en Quellón en tanto, el fiscal indicó que la investigación mantiene diversas diligencias pendientes, acotando que la calificación del delito de parricidio estaría justificada porque «eventualmente existiría una relación de convivencia entre ambos», corroborando que apeló a la decisión del juez local que dejó en libertad a la imputada, incluso a sabiendas del historial que la precede.
Luego, durante este viernes, y oídos los intervinientes, la Corte decidió revertir la decisión atendido el mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y considerando que la libertad de la imputada constituiría un peligro para la seguridad de la víctima y la sociedad atendida la gravedad de la pena asignada al delito, la pena posible a imponer y su eventual forma de cumplimiento, que dan cuenta, por ahora, de la insuficiencia que pudieran otorgar otras medidas cautelares de menor intensidad para resguardar la seguridad de la sociedad y de la víctima.
Así, Yosseline Eliana Miranda Barrientos quedó en prisión preventiva por esta causa, mientras que desde Río Negro se espera el

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