QUEMCHI (La Opinión de Chiloé) — Un nuevo incidente que podría ser constitutivo de algún tipo de abuso sexual es el que están investigando funcionarios de Carabineros, esta vez en la comuna de Quellón, todo tras la denuncia de una mujer quien acusó haber sido víctima de este ilícito en plena vía pública.
De acuerdo a información policial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos habrían ocurrido el miércoles de la semana pasada cuando una joven de 28 años fue abordada por un desconocido quien procedió a realizarle tocaciones libidinosas, siendo increpado por ella y posteriormente denunciado.
Personal policial concurrió al lugar para abordar el procedimiento, encontrándose con S.R.V.B. (65 años) en el sitio del suceso, quien fue detenido en flagrancia y puesto a disposición de la justicia.
La información que se maneja en el parte policial es que el imputado fue aprehendido alrededor de las 11.50 horas de miércoles 17 de febrero, y aunque al escuchar el relato de la presunta víctima aquella se manejó como un potencial ultraje público a las buenas costumbres, delito previsto y sancionado en el artículo 373 del Código Penal, ello no prosperó al existir indicios de un tipo de abuso sexual detallado en la ley de acoso callejero.
Este ilícito se encuentra descrito y sancionado en la norma chilena sólo desde el 2019, y se ha comenzado a aplicar tímidamente en Chiloé.
Luego, tras declararse que su aprehensión fue ajustada a derecho, y en audiencia vía videoconferencia, el Ministerio Público de Quellón pidió que se le formalizara como presunto autor en grado de consumado del delito de abuso sexual propio o directo por sorpresa de mayor de 14 años de edad, descrito y sancionado en artículo 366 inciso tercero del Código Penal.
El juez decretó como medidas cautelares la prohibición absoluta de acercarse a la joven, a su domicilio, lugar de trabajo o de estudios o en cualquier lugar que ésta se encuentre frecuente habitualmente, al que se añadió arraigo nacional.
Se fijó un plazo de 60 días de investigación, dándose la orden de libertad al formalizado.
Hay que recordar que el 3 de mayo de 2019 se publicó la Ley n.°21.153 que modificó el Código Penal para tipificar el delito de acoso sexual en espacios públicos, agregándose en el artículo 366 el inciso tercero por el que fue formalizado este sujeto, y que dice: «se aplicará la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, cuando el abuso consistiere en el empleo de sorpresa u otra maniobra que no suponga consentimiento de la víctima, siempre que ésta sea mayor de catorce años».
Así, en su tramo mínimo, el imputado podría ser sancionado con una pena de 61 a 540 días de presidio, mientras que en su tramo medio, desde 540 días a 3 años y un día de presidio.
Comentarios