
QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — Una rápida tramitación tuvo ante el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quellón una causa penal abierta durante este miércoles tras un violento asalto denunciado por un joven en la ciudad puerto, y que terminó con dos detenidos de 18 y 19 años de edad.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos habrían ocurrido durante este martes en calle Juan Ladrilleros, cuando un joven colombiano fue abordado por una pareja de delincuentes que, tras intimidarlo con un arma blanca para sustraerle sus pertenencias, le robaron su teléfono celular.
El ilícito se registró a la altura del denominado Puente Soto, y una vez consumado, los presuntos responsables huyeron del lugar tras lo cual, el afectado decidió denunciar.
Funcionarios policiales de la Sexta Comisaría de Carabineros de Quellón concurrieron al sitio del suceso y, luego entrevistarse con el joven, realizaron un rápido operativo por el sector para dar con el dúo que presuntamente era el protagonista de los hechos.
Así las cosas, tras realizar un raudo patrullaje por el área se logró detener a dos sospechosos alrededor de las 17.00 horas, que a la postre serían identificados por la víctima como quienes lo asaltaron. Si bien es cierto la hipótesis inicial aludía a que él habría, supuestamente, estado compartiendo bebidas alcohólicas con los imputados, ello se desechó como parte de la dinámica del delito.
Los imputados fueron identificados como Bryann Alexander S.M. (18 años) y Fernanda Yanet C.C. (19 años), siendo detenidos y puestos a disposición de la justicia. Ambos no tenían antecedentes penales previos.
Luego, de acuerdo a lo consignado por el parte policial, sería Bryann Alexander quien habría intimidado con un cuchillo al joven exigiéndole la entrega de lo que portaba, mientras que su acompañante versó de cómplice del ilícito.
Parte de la dinámica de lo que pasó fue confirmada por el capitán Marcos Sánchez Burgos, comisario (s) de la Sexta Comisaría local, quien acotó que en poder de los dos delincuentes se encontró el celular sustraído, el que le fue devuelto al afectado el mismo día.
Ambos pasaron a control de la detención durante este miércoles, la que se declaró ajustada a derecho, para posteriormente realizarse el procedimiento de formalización.
El fiscal (s) Marco Antimilla Nahuelpán decidió encausarlos como eventuales partícipes de un delito consumado de robo con intimidación descrito y sancionado en el artículo 436 inciso primero, con relación a los artículos 433, 438 y 439 del mismo cuerpo legal.
El persecutor penal aseguró ante el juez de garantía que respecto al varón, su grado de participación sería en calidad de autor material, mientras que respecto a la mujer, lo sería en calidad de cómplice.
En general, de llegar a juicio oral, este tipo de robos reciben la pena de presidio mayor en sus grados mínimo a máximo, esto es de cinco años y un día a veinte años de presidio cualquiera que sea el valor de las especies sustraídas.
Por lo tanto, desde la defensa se evaluó la posibilidad de una salida rápida que no implique cárcel efectiva para los encartados, vale decir, que pudieran acceder a una pena sustitutiva.
Dada la magnitud de las penas que podrían haber enfrentado, la defensa sopesó que podría haber existido una alta probabilidad de que sus defendidos quedaran en prisión preventiva, razón por la cual se buscó la opción de condena sin cumplimiento efectivo.
A este respecto, se llegó a un acuerdo con el Ministerio Público, lo permitió que se realizara un procedimiento abreviado, instancia donde se le ofreció a Bryann Alexander aceptar los hechos relatados en la carpeta investigativa llevada adelante por el fiscal y recibiría una pena de 3 años y un día de presidio en calidad de autor. Él aceptó.
Respecto a Fernanda Yanet, se le ofreció un acuerdo similar, esto es que acepte los hechos relatados en la carpeta investigativa y recibiría una pena de 700 días de presidio en calidad de cómplice. Ella aceptó.
Luego, dado que ambos habrían colaborado sustancialmente en el esclarecimiento de los hechos y tendrían irreprochable conducta anterior, se determinó que podían acceder a beneficios que signifiquen no cumplir pena efectiva.
Respecto al varón, se le conmutó la pena corporal con libertad vigilada intensiva, mientras que su pareja accedió a una remisión condicional de la pena.
¿Qué es la libertad vigilada intensiva? Según Gendarmería de Chile, “es una forma de cumplir condena sin estar recluido. Se caracteriza por un régimen de mayor control, en el que el penado estará sujeto al cumplimiento de un programa de actividades bajo la aplicación de condiciones especiales y la orientación permanente y rigurosa de un delegado de Gendarmería de Chile. Pueden acceder personas que han sido condenadas a penas de cárcel entre 3 y 5 años”.

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