
QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — En medio de una serie de operativos de fiscalización y búsqueda de focos delictuales, funcionarios policiales de la comuna de Quellón procedieron a la detención, en flagrancia, de dos sujetos sindicados como presuntos responsables de la comercialización de sustancias prohibidas a consumidores habituales en la ciudad puerto, y quienes habrían sido perseguidos tras darse a la fuga al interior de un vehículo.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-350-2025 RUC 2500450636-K seguida ante el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quellón, los hechos habrían ocurrido durante la madrugada de este jueves cuando personal de la Sexta Comisaría de Carabineros de esa ciudad, habría solicitado que el chofer de un vehículo se estacionara a un costado de la vía, para una fiscalización rutinaria.
Lo que se sabe hasta ahora es que la diligencia comenzó en pleno centro de la ciudad puerto, cuando una patrulla policial se aprestaba a realizar un simple control que mutó, de manera sorpresiva, en una persecución policial cuando el chofer decidió aumentar la velocidad y evitar la acción de Carabineros, escapando inicialmente hacia el camino a San Antonio.
De acuerdo a lo informado por funcionarios de la Sexta Comisaría, todo culminó en el sector rural Punta de Lapas, en específico en el sector playa, cuando se procedió a detener y controlar a los ocupantes del móvil, realizándose un control de identidad que terminó con la incautación de siete bolsas de clorhidrato de cocaína.
En efecto, los imputados fueron sometidos a un control de identidad de tipo indiciario, esto es, un procedimiento policial a realizar cuando hay indicios de que una persona o grupo de personas ha cometido o intentado cometer o se dispone a cometer un delito, falta o crimen, algo que en este caso concreto se habría dado.
La diligencia fue realizada por funcionarios de patrullaje de la Sexta Comisaría de Carabineros de Quellón, indicándose que atendidas las circunstancias de lo ocurrido, existía facultad para registrar las vestimentas y/o pertenencias de los aludidos, corroborándose que los aprehendidos habrían estado portando estupefacientes de carácter prohibido que no estaban destinados para el consumo personal y próximo en el tiempo, sino más bien, para vender a terceros.
La información fue confirmada por el mayor Gonzalo Morales Araneda, comisario de esa unidad policial, informándose que se les incautó un total de 70 gramos de una sustancia de color blanquecino que a la prueba de campo, dio positivo a clorhidrato de cocaína, sin perjuicio que a uno de ellos, además, se le encontró un arma blanca. Ambos fueron trasladados hasta el cuartel policial previa constatación de lesiones en el Hospital local.
Los delincuentes identificados como S.E.B.T. (26 años) y J.A.M.M. (24 años) quedaron en calidad de detenidos alrededor de las 03.00 horas de la madrugada, quedando a disposición de la justicia durante ese mismo día jueves en horas de la mañana.
Alrededor de las 10.30 horas se inició la audiencia de control de la detención ante el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quellón, instancia donde se declaró ajustado a derecho el procedimiento atendida la flagrancia evidente, para luego dar paso a la formalización.
Para el Ministerio Público de Quellón, se configuraría en este caso para los dos imputados la presunta existencia del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000, en relación al artículo 1 del mismo cuerpo legal, mientras que respecto del menor de los encartados, se añadió el delito de porte de arma blanca, descrito y sancionado en el artículo 288 Bis del Código Penal.
Luego, para el fiscal de turno (s) Felipe Rodríguez Silva, los hechos antes detallados están en grado de desarrollo consumado, en los que le habría correspondido presunta participación en calidad de autores, en los términos descritos en el artículo 15 n.°1 del Código sustantivo, por haber tomado parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa.
Así las cosas, evaluadas los antecedentes expuestos por los intervinientes, la juez de turno Marianela Mancilla Bañares determinó que se darían los supuestos fácticos para indicar la efectividad de los hechos y que los imputados podrían tener responsabilidad directa, concluyendo que hasta el momento, existiría un correlato consistente entre los antecedentes recabados por Carabineros y la imputación de la Fiscalía, por lo que dio lugar a la formalización.
En efecto, expresó que por ahora, los hallazgos de la indagatoria son suficientes para estimar que aparece justificada tanto la existencia de los delitos ya referidos por el que han sido formalizados los dos sujetos presuntamente infractores, así como también, atribuir el día de hoy su participación en calidad de autores.
Luego, previo acuerdo entre la Defensa y la Fiscalía, el persecutor penal presentó un requerimiento verbal en procedimiento simplificado, ofreciéndole a los imputados un acuerdo en el que si admitían responsabilidad por los hechos ocurridos, recibirían una pena menor, a lo que accedieron, pasándose de inmediato a la lectura de sentencia que, grosso modo, aplicó una pena de presidio que derivó en el beneficio de remisión condicional.

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