Una deuda por $4.491.878.- que se remonta a la administración del ex alcalde RN Iván Haro Uribe es la que por estos días aproblema a la Ilustre Municipalidad de Quellón luego de iniciarse los trámites de liquidación tras perder un litigio ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt en marzo de 2016.
La deuda se remite a una demanda interpuesta por don Víctor Almonacid Ruiz en 2013 buscando el pago de prestaciones de servicios por un Contrato de Suministro Mantención General Preventiva y Reparación de Vehículos Menores y Maquinarias Municipales del año 2012, y cuya factura emitida el último día de la gestión del ahora Concejal Haro no fue pagada. La factura n.°010517 indica que era por $2.380.000.-
Al asumir el actual incumbente Cristian Ojeda Chiguay, se habría constatado que la firma del contrato y la emisión de la factura fue todo el mismo día en que el gobierno de Iván Haro Uribe terminaba, vale decir, tanto la adjudicación de los servicios de mantención como la emisión de la factura habría sido el 5 de diciembre de 2012 sin licitación pública, razón por la cual mediante el oficio n.°187 del 27 de febrero de 2013 se decidió no pagar.
En primera instancia, don Víctor perdió el juicio luego que el tribunal señalara que no se pudo comprobar si realmente se prestaron los servicios, más aún considerando que la firma del contrato y la exigencia de pago se realizó ese 5 de diciembre «lo que llevaría al absurdo que los trabajos se ejercitarán en un día«. Sin embargo, se apeló al tribunal de alzada y la sentencia del 18 de marzo de 2016 de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt a la que accedió La Opinión de Chiloé indica que gracias a las declaraciones de dos trabajadores, se habría acreditado que las mantenciones si se llevaron adelante, por lo que el municipio debe pagar.
Los montos adeudados se desglosan de la siguiente manera: $2.707.614.- por los servicios no pagados ajustados al IPC más $1.516.264.- por intereses de 35 meses y $268.000.- de costas procesales. Como la Municipalidad no ha cumplido, se ha optado por realizar un embargo de vehículos en fecha por definir para proceder a su remate.
¿Porqué se habla de «vehículos» si la deuda es de 4,5 millones de pesos solamente? Porque la tasación de este tipo de bienes para rematar son significativamente inferiores a su valor de mercado, por lo que probablemente se terminaría pagando más de lo que se adeuda.
Fuentes judiciales comentaron a La Opinión de Chiloé que la sentencia es inapelable.
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