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QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — Una investigación en manos del Ministerio Público de Quellón y de la Autoridad Sanitaria se abrió durante este fin de semana en la ciudad puerto luego que se sorprendiera a un grupo de personas en una fiesta clandestina.
De acuerdo a información preliminar recopilada por La Opinión de Chiloé, los hechos se remiten a una denuncia realizada a los fiscalizadores durante este sábado en la noche, concretándose una visita de imprevisto donde se encontró a varias personas bailando y bebiendo bebidas alcohólicas, violando las restricciones sanitarias vigentes en el país.
Así las cosas, se procedió a empadronar a todos los asistentes identificándose entre ellos a un joven reincidente quien ya había sido sorprendido en la masiva fiesta de Chaiguao, y donde al menos asistieron 300 personas generando diversos focos de contagio en Quellón.
La información fue confirmada por la jefa provincial de la Autoridad Sanitaria, María Matamala, detallando que «encontramos una fiesta, una reunión social en donde habían nueve personas y, lamentablemente, dentro de las personas que se encontraban realizando esta reunión, se encontraba una que ya había sido investigada y sumariada en el evento anterior de Chaiguao que tuvo un número más importante de convocados».
«Yo solicité a la unidad jurídica que obviamente esta condición sea considerada como un agravante para el sumario que se está llevando a cabo de la situación o fiesta anterior», dijo la funcionaria. Fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé indicaron que por ser reincidente, probablemente desde la Seremi de Salud se le aplique una multa en torno a los 2,5 millones de pesos.
En tanto, el Seremi de Salud de la región de Los Lagos, Alejandro Caroca, aseguró sobre el caso del joven sorprendido nuevamente que su actitud «no es un error, ya esto se convierte en una habitualidad y en una irresponsabilidad que debe ser perseguida».
Los fiscalizados quedaron bajo apercibimiento a la espera de ser citados al Juzgado de Letras, Garantía y Garantía de Quellón por violar la normativa vigente que prohíbe este tipo de actividades sociales, aunque probablemente terminen en un procedimiento monitorio.
Sin embargo, desde el otro carril, se abrió un sumario sanitario para determinar responsabilidades y aplicar las sanciones respectivas, que en general implican multas que parte en los $250.000.-
Más allá de las implicancias a la normativa sanitaria y la fuerte multa que recibiría el reincidente, lo que pasó infringiría lo descrito en los artículos 318 y 318 bis, ambos del Código Penal.
El artículo 318 del texto legal citado dispone que «el que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo a medio o multa de seis a doscientas unidades tributarias mensuales». Añade que «será circunstancia agravante de este delito cometerlo mediante la convocatoria a espectáculos, celebraciones o festividades prohibidas por la autoridad sanitaria en tiempo de catástrofe, pandemia o contagio».
Por su parte, el artículo 318 bis dispone que «el que, en tiempo de pandemia, epidemia o contagio, genere, a sabiendas, riesgo de propagación de agentes patológicos con infracción de una orden de la autoridad sanitaria, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo, y multa de veinticinco a doscientas cincuenta unidades tributarias mensuales».
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