Quinchao: fiscal pide «ejemplar» sanción para transgresores de toque de queda en Achao

ACHAO, QUINCHAO (La Opinión de Chiloé) — Para el próximo 27 de julio quedó fijada la audiencia en procedimiento simplificado en el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quinchao donde un dúo residente en la ciudad de Achao enfrentará a la justicia por infringir el toque de queda.

El caso, que pareciera ser rutinario, vendría a mostrar un cambio en la forma en cómo se persigue a nivel penal este tipo de transgresiones, sentando jurisprudencia en la provincia de Chiloé tras laxas decisiones en otras fiscalías de la isla Grande (Ancud, Castro y Quellón), donde los persecutores han optado por implícitos y/o literales perdonazos, incluso para aquellos que han reincidido u otros que han sido descubiertos en fiestas (algunos a kilómetros de sus residencias).

De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, el Ministerio Público de Quinchao ha decidido pedir al juzgado ad hoc una dura sanción para la pareja conformada por L.P.D.P. y A.J.C.G., quienes el 25 de abril pasado fueron detenidos alrededor de las 22.40 horas caminando en la vía pública.

En efecto, personal de Carabineros de la Subcomisaría de Achao los aprehendió transitando a pie en el Pasaje Riquelme con intersección calle Ricardo Jara luego que los fiscalizaran violando el toque de queda.

Funcionarios policiales pudieron determinar que los dos no contaban con justificación o salvoconducto que los habilitara para transitar en dicho horario, incumpliendo de esta manera las normas de salubridad impuestas por la autoridad en tiempos de epidemia y catástrofe derivadas del brote del virus COVID-19 que afecta al país.

Para el fiscal de turno, e independiente de si ellos eran portadores o no de SARS-CoV-2, su acción los transformaba «en vectores de contagio» por lo que estaban poniendo en peligro la salud pública, razón por la cual determinó pedir al tribunal una sanción que de concretarse, se transformaría en ejemplificadora asentando jurisprudencia que podría obligar a que en comunas vecinas también se opte por endurecer el pedido de penas.

Así, el Ministerio Público de Achao indica que los hechos descritos constituyen el delito de poner en peligro la salud pública, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, correspondiéndole a los requeridos participación en calidad de autores, conforme al artículo 15 n.°1 del Código Penal y en grado de desarrollo consumado.

Luego, se está solicitando una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, más accesorias legales, sin perjuicio de las costas, que según lo dispuesto en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal, sean de cargo de los condenados.

De prosperar, sería uno de los primeros fallos en tribunales chilotes que involucraría cárcel, aunque no sea efectiva.

En efecto, fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé indicaron que lo más probable es que esta pareja infractora reciba alrededor de 61 días de presidio, aunque aquella sea conmutada con una pena alternativa en virtud de que ambos imputados cumplen con la atenuante del artículo 11 n.°6 del Código Penal, esto es irreprochable conducta anterior.

Transgredir el toque de pena está descrito como delito en el artículo 318 del Código Penal, que sanciona a quien ponga en riesgo la salud pública en época de catástrofe sanitaria.

Según esta norma en comento, los que la violen podrían recibir entre 61 y 540 días de presidio o bien, pagar una multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales (hasta $1.007.440.-).

¿Qué ha ocurrido en otras fiscalías chilotas? en general, tanto en Ancud y Castro por ejemplo, lo anterior se ha transformado en una aparente «letra muerta», esto luego que en varias oportunidades se haya optado por solicitar multas irrisorias a los infractores que han terminado por darse como pagadas para compensar el tiempo de espera de los detenidos para pasar al juzgado.

A modo ilustrativo, en mayo pasado por ejemplo, se descubrió una fiesta clandestina en Villa Altos de Dalcahue donde habrían participado 30 jóvenes. Al arribar carabineros, todos procedieron a huir aunque se logró capturar a siete personas, seis de ellas residentes en la comuna de las dalcas y un séptimo sujeto proveniente de Castro.

En esa oportunidad, el Ministerio Público de la capital provincial decidió en tiempo récord dar por cerrada la causa penal y pidió al juzgado de garantía que les imponga una pena de multa de un tercio (1/3) de UTM, vale decir, aproximadamente $16.790.-

Tras negarse a declarar sobre quiénes conformaban el resto de jóvenes que huyeron (se hablaba incluso que habían residentes provenientes de Ancud), el juez accedió a la solicitud de la Fiscalía y junto con pedirles que «no lo vuelvan a hacer», los dejó en libertad dando por cumplida la multa atendido que estuvieron detenidos un par de horas el día 17 de mayo de 2020.

Ni hablar en Ancud donde incluso, el Ministerio Público ha optado por sobreseer a personas vinculadas a robos nocturnos, vale decir, a pesar de estar cometiendo el delito incumpliendo el toque de queda, se ha optado por «perdonarlos» con el objetivo de perseguir el o los delitos mayores.

A ello se suma que recientemente, un joven que ha sido detenido reiteradamente caminando en la vía pública en horario de restricción (con antecedentes penales), está esperando una audiencia en procedimiento simplificado donde se pedirá una multa de 1/3 de UTM por cada vez, la que probablemente se dé por pagada al haber estado detenido un par de horas.

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