VALPARAÍSO (La Opinión de Chiloé) — Durante este lunes, la Comisión de Trabajo aprobó y despachó por 13 votos a favor, ninguno en contra ni abstenciones el proyecto que incorpora a los trabajadores de casa particular al seguro de desempleo de la ley n.°19.728 (boletín 13.742).
El texto ingresó al parlamento por iniciativa del Ejecutivo y busca complementar lo ya avanzado con la Ley de Protección al Empleo (Ley n.°21.227) y sus modificaciones, incluyendo a los trabajadores y trabajadoras de casa particular, ya que el mecanismo de protección ha significado hasta ahora el recurrir a los fondos de ahorro en sus cuentas de indemnización, aportados por los empleadores en las Administradoras de Fondos de Pensiones, existiendo actualmente un total de 18.484 trabajadores acogidos a dicha modalidad.
Luego, la aplicación de esta normativa de protección y el escenario actual provocado por la crisis sanitaria han puesto en discusión la pertinencia de incorporar a los trabajadores y trabajadoras de casa particular como afiliados al Seguro de Desempleo de la Ley n.°19.728, «buscando un mecanismo que les otorgue una mejor protección ya no solo frente al despido sino también ante la cesantía» aseguró el Gobierno. Además, indican que «al mismo tiempo, resulta fundamental que este grupo de trabajadores y trabajadoras puedan mantener sus cuentas individuales de indemnización, a las que actualmente acceden en caso de término de la relación laboral, con independencia de la causal que se invoque».
Así, se busca que para el financiamiento del seguro de desempleo se redistribuirá la actual cotización de cargo del empleador dividiéndola en dos cotizaciones, una para la cuenta individual de indemnización del trabajador o trabajadora y otra para el fondo de cesantía, entre otros importantes aspectos.
Desde el Sindicato de Trabajadoras de Casa Particular, SINTRACAP, su presidenta Luz Vidal Huiriqueo indicó que con este proyecto «se hace justicia con miles de mujeres en Chile que por años han estado desprotegidas».
La fuente agregó que «necesitamos tener una protección social de parte del Estado y es por eso que agradecemos esta iniciativa y que se reconozca el trabajo de las trabajadoras de casa particular. Si bien desde el Gobierno se demoraron un poquito en reaccionar, finalmente, se hizo y así se beneficiará a muchas mujeres que cuidan lo más preciado para nosotros, la familia».
Claudia Donaire, asesora legal del citado sindicato, añadió que existen 170 mil contratos relacionados a estos servicios. Apuntó que un 40% perdió el empleo en estos tiempos de pandemia, razón por la cual este proyecto viene a aliviar un poco más la situación de muchas mujeres en el país.
Detalló que, a la fecha, 18 mil trabajadoras de casas particulares perdieron su empleo producto del Covid-19 o se les suspendió su labor. Dijo que el tema es preocupante, porque más de tres mil mujeres vieron rechazadas solicitudes en la materia, cifra que dista mucho si se compara con otras actividades laborales que tienen acceso al seguro de cesantía.
Al respecto, la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, dijo que el texto «es significativo porque lo trabajamos en conjunto con el propósito de dar una respuesta a las trabajadoras de casa particular que han tenido muchos inconvenientes, ya que si bien se han dado soluciones, necesitábamos algo integral, es decir, que hubiese mayor protección social. Por eso, agradezco lo que se vio en el Senado y cómo fuimos construyendo este importante proyecto».
«Aquí, abordamos de manera concreta los problemas, en cuanto a la cobertura del seguro de desempleo y de la ley de protección del empleo», enfatizó.
Explicó que «podrán acceder a las prestaciones con cargo a la Cuenta Individual por Cesantía y al Fondo de Cesantía Solidario, cumpliendo los requisitos de cotizaciones que se exigen a los trabajadores sujetos a contrato indefinido —es decir 12 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas, desde su afiliación al seguro o desde la fecha en que se devengó el último giro a que hubieren tenido derecho, en el caso del fondo individual, o 12 cotizaciones registradas en el FCS en los 24 meses anteriores al despido, debiendo las últimas 3 ser continuas con el mismo empleador, en el caso del fondo de cesantía solidario».
Zaldívar agregó que se «propone redistribuir el 4,11% actualmente destinado al fondo de indemnización a todo evento, y establecer nuevas prestaciones por cesantía, toda vez que en lo referente a las prestaciones se aplican las reglas generales de cobertura para trabajadores con contrato indefinido que se asimila a las características de la mayoría de los trabajadores del sector, de modo de incorporar tasas de reemplazo más altas y mayor número de giros asegurados con cargo al fondo solidario en relación a los trabajadores con contrato a plazo fijo, obra o faena».
Otro aspecto del proyecto, continúo la ministra , dice relación «con el acceso inmediato a prestaciones —derecho a ‘indexar’ cotizaciones—, pues la ley establece el derecho a indexar cotizaciones a la ley de seguro de desempleo para efectos de cumplir requisitos de acceso a las prestaciones por cesantía. Para ello, señaló la señora Ministra, la ley reconoce el derecho a cotizar todo lo que le falte con cargo a los dineros que tenga en su cuenta de indemnización individual en la AFP, el que podrá ejercerse ante la AFC por un período de 12 meses desde la entrada en vigencia de la ley, y solamente mientras esté vigente una relación laboral respecto de la cual registre afiliación al seguro».
En cuanto a la vigencia de la ley, se dispondrá que los nuevos contratos celebrados con posterioridad a la entrada en vigencia se regirán por la nueva ley; los contratos antiguos se regirán por la nueva ley desde la entrada en vigencia; y los fondos ahorrados en las cuentas individuales de indemnización en las AFP antes de la entrada en vigencia de la ley se mantienen intactos.
El texto fue remitido a la Comisión de Hacienda, para su discusión en algunos artículos de su competencia, mientras que este miércoles el texto será informado a la Sala.
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