
ANCUD (La Opinión de Chiloé) — A la espera de la lectura del fallo se encuentra actualmente un sujeto residente en la comuna de Ancud que fue condenado, en calidad de autor en grado de consumado, de dos delitos de connotación sexual perpetrados en contra de su propia hija, y que quedaron al descubierto tras una denuncia de la madre de la menor.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos quedaron al descubierto el segundo semestre de 2017 cuando la niña, incitada por una amiga a quien le contó los ultrajes, le detalló todo lo que estaba pasando a su progenitora, refiriendo que su padre venía abusando sexualmente de ella cuando le tocaba visitarlo.
Durante el juicio oral que se desarrolló entre el 5 y 6 de octubre en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro, se dio por acreditado que el pederasta atacó a su hija en fechas indeterminadas entre los meses de febrero y julio del año 2017, detallándose que además de realizarle tocaciones de connotación sexual al interior de su camión, también le hacía mirar pornografía en su vivienda mientras él exhibía sus genitales.
La investigación estuvo a cargo de la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales y Menores de la PDI Ancud (Brisexme), quienes lograron levantar una serie de medios probatorios que la Fiscalía utilizó para lograr una condena del tribunal por unanimidad.
Se tuvo en especial consideración la declaración de la víctima, quien entregó datos respecto de época y lugar en que se ejecutaron las acciones, describiendo lo que hacía su padre y la dinámica.
Los hechos se vieron corroborados con distintos testimonios de contexto y con las diligencias investigativas realizadas a través de la Brisexme y de la declaración de peritos psicólogos, según explicó el Fiscal Jefe de Ancud, Javier Calisto Garai.
En tal marco, y más allá de toda duda razonable, los jueces indicaron que era autor de un delito de abuso sexual propio o directo de menor de 14 años de edad, descrito y sancionado en el artículo 366 bis del Código Penal y de un delito de abuso sexual impropio o indirecto o exposición de menores a actos de significación sexual, descrito y sancionado en el artículo 366 quáter del Código Penal.
El delincuente se encuentra sin medidas cautelares gravosas por ahora, y espera en libertad la lectura de sentencia.
A este respecto, el Ministerio Público está pidiendo la imposición de una pena de 7 años de cárcel por el primer ilícito, a los que se debieran añadir otros 4 años más por el segundo. En cuanto a los querellantes del Programa de Reparación y Justicia, piden 5 y 3 años respectivamente.
El Fiscal destacó que éste es el primer juicio oral de su Fiscalía Local en desarrollarse a través del sistema de video conferencia, acotando que «todo el desarrollo logístico, la parte de conexiones y el desarrollo en sí del juicio, fue satisfactorio».
La audiencia de lectura de sentencia fue fijada para el domingo 11 de octubre 2020, a las 12.30 horas.
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