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Castro: Fiscalía confirma atroz femicidio de joven tras hallazgo de su cadáver en la vía pública. Hay un detenido.
CASTRO (La Opinión de Chiloé) — Durante este jueves se realizó la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación en contra de un sujeto sindicado como presunto responsable de lo que sería un brutal femicidio registrado el domingo en el sector alto de Castro, en una causa penal con diversas complejidades que tendría una dinámica aún por reconstruir a cabalidad, sin perjuicio de existir otras personas de interés para esta muerte que quedó al descubierto cuando la víctima fue encontrada sin vida en plena vía pública.
De acuerdo a antecedentes recopilados por La Opinión de Chiloé y que estarían siendo tramitados en causa RIT 2407-2025 RUC 2510049456-9 seguida ante el Juzgado de Garantía de Castro, los hechos se remitirían a la tarde del día en comento, cuando por circunstancias que están siendo investigadas, el sujeto se habría enfrascado en una violenta discusión con la víctima a la altura de una vivienda abandonada ubicada en calle Guerrillero Manuel Rodríguez, la que aumentó en intensidad cuando la mujer presuntamente fue objeto de diversas agresiones físicas, siendo asfixiada.
Fue la Central de Comunicaciones de Carabineros (CENCO) quien recibió un llamado alertando sobre la presunta presencia del cuerpo de una persona, aparentemente sin signos vitales, en un antejardín, por lo que se despachó hacia el sitio del suceso a una patrulla de la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro, quienes constataron que, efectivamente, en el lugar yacía el cuerpo sin vida de una mujer adulta, de aproximadamente 39 años de edad, algo que sería corroborado por el capitán Álvaro Guzmán, subcomisario administrativo de dicha unidad policial.
Fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé confirmaron que la defunción fue constatada en el mismo lugar del hallazgo, y que una inspección ocular determinó la presencia de patrones compatibles con una asfixia, vale decir, petequias hemorrágicas y cianosis, junto con un surco distal en el cuello con un fondo que reproduciría la forma de un lazo o similar, compatible con la participación de terceros.
En particular, el reporte del Servicio Médico Legal fue clave para aseverar que la lesión precitada sería coincidente con un estrangulamiento, ya que el presunto hechor habría aplicado presión con un lazo o similar de manera horizontal (—) respecto del cuello, y cuya explicación más plausible sería que se generó en el contexto de un homicidio doloso.
Tras el hallazgo, el Ministerio Público de Castro instruyó la concurrencia de funcionarios de la Agrupación de Homicidios Chiloé dependiente de la Brigada de Investigación Criminal (Bicrim) de la Policía de Investigaciones de esa ciudad, todo con el objetivo de practicar diversas diligencias de su especialidad para individualizar e identificar a quien sería el responsable del crimen, concluyéndose provisoriamente que sería su pareja.
Tras ello, se despachó una orden judicial de captura en contra del endilgado, identificado como L.T.P. (34 años), quien no solamente tendría un enorme historial delictual, sino que además, de manera sorpresiva, habría enfrentado una causa penal previa relacionada a violencia que tenía como víctima a la misma mujer, hoy fallecida.
Así lo confirmó la jefa de la Bicrim de Castro, subprefecto Carol Sánchez, asegurando que «en conformidad al trabajo del sitio del suceso y toma de declaraciones, se estableció que el día 5 de octubre, en horas de la tarde, la persona fallecida llegó hasta una plaza ubicada en la intersección de calle Felipe Montiel y, posteriormente, se dirigió hacia una vivienda abandonada del sector», área donde sería encontrado su cuerpo en horas de la noche.
Aseguró que «durante el desarrollo de la investigación, se llevaron a cabo diversas diligencias en la comuna, tales como recolección de cámaras, empadronamiento [y] declaraciones [de potenciales testigos], entrada y registro de distintos domicilios, los cuales arrojaron resultados positivos, permitiendo reunir evidencias relevantes para el esclarecimiento de los hechos».
Acotó que «gracias al trabajo científico-técnico y de análisis criminal, los detectives lograron establecer la participación de terceras personas en la muerte de la víctima, determinando la responsabilidad de su conviviente, quien fue detenido por instrucción de la Fiscalía local de Castro».
En cuanto al móvil, la hipótesis que se estaría trabajando daría cuenta de un altercado de tipo sentimental que escaló en violencia hasta la comisión del crimen: «de acuerdo a los antecedentes recopilados, la víctima y el imputado mantenían una relación de convivencia, y el hecho se habría originado tras una discusión por motivo de celos», dijo, aunque fuentes vinculadas a la familia aseguran que testigos aludirían a más implicados, bajo una dinámica por precisar.
Así las cosas, durante este jueves se realizó la audiencia de control de la detención en contra del endilgado, la que se declaró ajustada a derecho atendidos los antecedentes previamente recabados y a que existía una orden judicial verbal para su captura. Posteriormente, se dio paso a la formalización de la investigación.
En tal marco, el Fiscal Andreas Kusch Frez expuso ante el Juzgado de Garantía de Castro que, luego de revisar los antecedentes de las indagatorias, se configuraría en este causa un eventual femicidio íntimo, prescrito y sancionado en el artículo 390 BIS del Código Penal.
Expresó que los hechos antes descritos, fueron calificados como en grado de desarrollo consumado, en los que le ha correspondido presunta participación en calidad de autor, en los términos descritos en el artículo 15 n.°1 del Código sustantivo, por haber tomado parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa.
Kusch Frez solicitó, en consecuencia, que se imponga como medida cautelar la prisión preventiva, asegurando que el sujeto era un peligro para la seguridad de la sociedad y riesgo de fuga, algo que fue rebatido por el defensor Jairo Acevedo, quien no solamente rechazó la calificación jurídica que se le dio a los hechos, sino que también cuestionó la participación de su representado en la muerte al alegar que no existirían medios probatorios suficientes que permitieran acreditarlo.
Dijo que la Fiscalía solamente presentó medios de tipo indiciarios para argüir que su representado fue el eventual autor, todo ello basado en la declaración de «amigos» quienes aseguraron que él la habría estado buscando para agredirla, sin perjuicio de expresar que al momento de los hechos, probablemente en la vivienda abandonada de calle Guerrillero Manuel Rodríguez habrían estado otras personas.
Sobre este punto, hay que mencionar que detectives revisaron los registros de varias cámaras de seguridad en el área, lográndose determinar que el endilgado habría concurrido a la plaza ubicada en la intersección de calle Felipe Montiel, para luego dirigirse hacia la propiedad donde se habría encontrado con la víctima, quien también realizó el mismo recorrido.
Luego, una vez sopesados todos los antecedentes recopilados con posterioridad al ataque, la juez de turno Jesica Yáñez Sanhueza determinó que se darían los supuestos fácticos para indicar la efectividad de los hechos y que el imputado podría tener responsabilidad directa, concluyendo que hasta el momento, existiría un correlato consistente entre los antecedentes recabados por funcionarios de la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro, de la Agrupación de Homicidios Chiloé, del SML y la imputación de la Fiscalía, por lo que dio lugar a la formalización.
Concluyó que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado, constitutivos del delito de femicidio íntimo.
A este respecto, y en cuanto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la norma ya referida, se concluyó que ésta sólo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración la naturaleza del ilícito que se imputa, la forma de comisión del mismo, la prognosis de pena y su eventual forma de cumplimiento en caso de condena, su extracto de filiación que acumula 18 páginas, lo que permite estimar que la libertad de éste, por medio de la aplicación de una cautelar menos gravosa, importa un peligro para la seguridad de la sociedad y riesgo de fuga, además de los fines del procedimiento.
Por lo tanto, se ordenó su ingreso a un recinto penitenciario, decidiendo el traslado del aludido hacia el Centro Penitenciario Alto Bonito de Puerto Montt. Se fijó un plazo de investigación de 150 días.
El fiscal Kusch Frez se refirió a la audiencia, asegurando que «comunicamos cargos respecto de un imputado que había sido detenido el día de ayer (el miércoles) por el delito de femicidio. En tal sentido, luego de esta comunicación de cargo, solicitamos al Tribunal de Garantía de Castro la medida cautelar de prisión preventiva, a la cual el tribunal accedió decretándola mientras dure la investigación».
Agregó que de los peritajes, «se pudo determinar que los hechos ocurren la tarde del 5 de octubre, se produce esta muerte violenta luego de las lesiones que el imputado [presuntamente] le realiza a la víctima hasta provocarle la muerte», explicando que «entre ellos había existido una relación de convivencia, lo cual daba cuenta de este vínculo para determinar que estamos en presencia de un delito de femicidio».

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