
CHACAO VIEJO, ANCUD (La Opinión de Chiloé) — Una serie de diligencias indagatorias instruyó el Ministerio Público de Ancud para determinar las circunstancias detrás de un nuevo accidente de tránsito informado durante la madrugada de este viernes en una de las rutas interiores de esa comuna, y que habría dejado a una persona de sexo masculino con lesiones graves.
De acuerdo a antecedentes preliminares recopilados por La Opinión de Chiloé, los hechos habrían quedado registrados en el parte policial alrededor de las 00.05 horas de este viernes, indicándose que alrededor de las 20.30 horas de este jueves un vehículo menor que circulaba por una de las rutas del sector rural Chacao Viejo pasó a embestir de manera violenta a un peatón, lanzándolo varios metros del lugar de los hechos y dejándolo con lesiones de carácter severo.
Las primeras informaciones indicaban que la Central de Comunicaciones de Carabineros (CENCO) habría recibido un llamado alertando sobre la presencia de una persona de sexo masculino sobre la vía, a la altura del cruce a la Ruta W-21 (que une Chacao con Quemchi), que habría sido atropellada minutos antes por una camioneta Great Wall Poer patente TCFG-38 que circulaba a alta velocidad por el sector sin percatarse de la presencia del peatón.
Una patrulla de la Tenencia de Carabineros de Chacao abordó el procedimiento de rigor, confirmándose que el afectado era un adulto mayor de aproximadamente 63 años de edad identificado como J.L.M.O., y que sería oriundo del sector rural Pulelo, quien habría sido trasladado hasta el Servicio de Urgencia del Hospital San Carlos de Ancud donde ingresó politraumatizado y estable, aunque con heridas graves.
En efecto, inicialmente se indicó que el paciente fue auxiliado con pérdida de consciencia y que mientras era trasladado al nosocomio local comenzó a despertar; sin embargo, con el correr de las horas habría empeorado siendo derivado hasta el Hospital Dr. Augusto Riffart de Castro con apoyo de oxígeno, estando al cierre de esta nota en la Unidad de Paciente Crítico de ese centro asistencial.
Según datos del Servicio de Atención Médica de Urgencia (SAMU) que se constituyó en el sitio del suceso, el adulto mayor presentaba lesiones severas en la zona craneal y tórax, con fracturas en el hueso parietal derecho y una lesión cerebral aún por evaluar, sin perjuicio que mientras era atendido en Ancud, se tomó contacto por vía telemática con un médico neurocirujano del Hospital de Puerto Montt que recomendó su derivación a Castro, lugar donde se habría agravado y estaría con riesgo vital.
El conductor en tanto, identificado como J.A.A.S. (45 años), que tendría residencia en la comuna de Calama, fue detenido por su eventual responsabilidad en este siniestro vial, siendo trasladado hasta un centro asistencial para la alcoholemia respectiva quedando, con posterioridad, a disposición de la justicia para la audiencia de formalización respectiva, sin perjuicio que en el test respiratorio habría marcado 0,00 gramos de alcohol por litro de sangre.
Desde la Fiscalía de la zona macrosur, el persecutor Narciso García instruyó la concurrencia de peritos especializados de la Unidad Investigadora de Accidentes en el Tránsito (UIAT) de la Prefectura de Carabineros n.°26 de Chiloé y Palena para reconstruir lo que pasó y determinar posibles responsabilidades, entregándose el preinforme respectivo en horas de la mañana de este viernes para la audiencia de rigor.
Una de las hipótesis que trabajan los efectivos policiales indicaría que el chofer habría estado conduciendo sobre la zona a una velocidad imprudente y no razonable, sin estar atento a las condiciones del tránsito ni de la carretera, razón por la cual terminó por protagonizar este accidente con el resultado en comento.
Así las cosas, durante el mediodía de este viernes se concretó la audiencia de control de la detención en contra del imputado, instancia donde el defensor penal público incidentó la aprehensión asegurando que no se habrían cumplido los estándares garantistas con respecto a su representado, algo que fue desestimado por el juez de turno quien declaró todo ajustado a Derecho.
De acuerdo a antecedentes judiciales que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-438-2025 RUC 2500420768-0 seguida ante el Juzgado de Garantía de Ancud, el Ministerio Público local indicó que los hechos ocurridos durante la madrugada de ese día constituirían un cuasidelito de lesiones graves, previsto y sancionado en los artículos 490 y 397 número 2, ambos del Código Penal.
Según lo expuesto ante el juez de turno por la fiscal (s) de Ancud María Paz Parada Burgos, los hechos antes descritos, fueron calificados como en grado de desarrollo consumado, en los que le ha correspondido presunta participación en calidad de autor, en los términos descritos en el artículo 15 n.°1 del Código sustantivo, por haber tomado parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa.
Eso sí, cabe indicar que el defensor penal público rebatió la calificación jurídica entregada por la aludida, asegurando que eventualmente la víctima se habría expuesto al riesgo ya que, supuestamente, habría circulado en una zona que no estaba habilitada para peatones y que lo hacía, aparentemente, bajo los efectos del alcohol. Eso sí, el reporte de la UIAT indicaría que el chofer podría haber tenido responsabilidad.
Luego, una vez sopesados todos los antecedentes recopilados durante las horas posteriores a este accidente, el juez de turno Joan Arce Silva determinó que se darían los supuestos fácticos para indicar la efectividad de los hechos y que el imputado podría tener responsabilidad directa, concluyendo que hasta el momento, existiría un correlato consistente entre los antecedentes recabados por Carabineros y la imputación de la Fiscalía, por lo que dio lugar a la formalización.
Oídos los intervinientes, el tribunal decidió no acceder a la petición de la Fiscalía respecto a imponer como medida cautelar la descrita en el artículo 155 literal d) del Código Procesal Penal, esto es, arraigo nacional, por lo que se decidió dejarlo en libertad y fijar un plazo de investigación de 120 días.
¿Qué significa un cuasidelito? En palabras simples, según el Defensor Regional José Luis Craig, es un acto que sólo se comete con culpa, negligencia o falta de cuidado, por lo que el imputado sería tratado en forma más benigna por la justicia, esto es con una sanción más baja dado que no habría intención de causar un mal.

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