
ANCUD (La Opinión de Chiloé) — En manos del Ministerio Público de Ancud se encuentra actualmente una indagatoria penal abierta este sábado en contra de un funcionario de gendarmería de la cárcel local, quien habría sido sorprendido con sustancias prohibidas, todo en pleno lugar de trabajo.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-906-2024 RUC 2410028496-7 seguida ante el Juzgado de Garantía de Ancud, los hechos se remiten a la tarde de este viernes, cuando al imputado en funciones se le descubrió portando drogas, activándose los protocolos respectivos.
Lo que se sabe hasta ahora es que todo ocurrió alrededor de las 18.30 horas del día en comento al interior del Centro de Detención Preventiva, indicándose de manera preliminar que se le encontró en su poder varios papelillos, presumiblemente, de marihuana.
Sobre este punto, la prueba de campo realizada por personal policial verifico que, efectivamente, sustancia correspondía a Cannabis sativa, explicándose que el peso bruto sería 2,7 gramos.
Si bien es cierto es una cantidad pequeña, los hechos revestían de gravedad al estar dentro de un lugar que mantiene población penal, por lo que fue detenido y puesto a disposición de la justicia por infracción a la ley de drogas.
Por ahora, para la Fiscalía existirían antecedentes indiciarios que permitirían presumir que lo incautado estaba, presumiblemente, al servicio del potencial uso o consumo personal y próximo en el tiempo del requerido, por lo que la aprehensión se dio teniendo en cuenta la modalidad de porte.
Lo anterior es trascendente porque el artículo 14 de la Ley de drogas indica, entre otras coas, que «el personal militar a que se refiere el artículo 6º del Código de Justicia Militar, con excepción de los conscriptos, el de la Policía de Investigaciones de Chile, el de Gendarmería de Chile y el de aeronáutica a que se refiere el artículo 57 del Código Aeronáutico que consuma alguna de las sustancias señaladas en los artículos 1º y 5º de esta ley, será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio», o sea, desde 61 días a 3 años y 1 día.
No obstante, el mismo artículo en su inciso segundo dice que «si consumieren tales sustancias en los lugares o situaciones mencionados en el artículo 5º, Nº 3º, del Código de Justicia Militar, la sanción será presidio menor en sus grados medio a máximo», o sea, sube hasta 5 años de cárcel.
Por lo tanto, y habiendo sido sorprendido con sustancias prohibidas al interior del Centro de Detención Preventiva, entonces la pena que podría arriesgar es esta última, sin perjuicio del resultado de las indagatorias pendientes.
Durante la mañana de este sábado se realizó la audiencia de control de detención, la que fue declarada ajustada a derecho teniendo en consideración a la flagrancia evidente, para posteriormente dar paso a la formalización.
Para el Ministerio Público se configuraría en este caso el delito de uso de drogas por funcionario de Gendarmería dentro de recinto de Gendarmería en la modalidad de porte, descrito y sancionado en el artículo 14 de la Ley N° 20.000.
A este respecto, el fiscal Fernando Metzner Iribarren estimó, por ahora, que al imputado le podría caber una posible participación de autor en este ilícito en los términos del artículo 14 n.º 1 y 15 n.° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado.
Sopesados los antecedentes acompañados en la causa, el Tribunal concluyó que existiría un correlato consistente en la imputación de la Fiscalía, y que el encartado podría ser el responsable.
Por lo tanto, expresó que por ahora, los hallazgos de la indagatoria son suficientes para estimar que aparece justificada tanto la existencia del ilícito por el que ha sido formalizado el imputado como también, atribuir el día de hoy su participación en calidad de autor.
Así las cosas, y tras requerimiento del fiscal a cargo de la causa, el tribunal decidió imponer medidas cautelares menos gravosas, entre ellos el arraigo nacional y firma mensual ante Carabineros de Ancud.
Se fijó un plazo de investigación de 90 días, ordenándose la libertad del imputado.

Comentarios