Véase también:
Escándalo de proporciones en Ancud: SECPLAN tenía título falso.
Ancud: informe revela como se llegó de nuevo a otro SECPLAN con título falso.
ANCUD (La Opinión de Chiloé) — Un escándalo de proporciones sacudió en junio de 2016 a la comunidad ancuditana luego que se revelara que de nuevo, y por años, una funcionaria municipal que ocupó varios puestos clave de la comuna usaba un título presuntamente falso, hecho que salpicó a las administraciones de los exalcaldes Pablo Ossio (DC), Federico Kruger (UDI) y Soledad Moreno (DC).
Hay que recordar que según documentación presentada por la ex Directora de la Secretaría de Planificación Comunal (SECPLAN), ésta habría “cumplido con todos los requisitos establecidos por la Universidad Autónoma de Chile para obtener el Título Profesional de Arquitecto” a junio de 2010 “con distinción”; sin embargo, La Opinión de Chiloé en esa época se contactó directamente con dicha casa de estudios, quien señaló: “por el presente comunico a usted que la Srta. Tania Karina Cherubini G. efectivamente es Licenciada de la Carrera de Arquitectura de esta Universidad. Encontrándose pendientes a la fecha el cumplimiento de los requisitos académicos y administrativos para obtener el Título Profesional de Arquitecto”, vale decir, la aludida no era Arquitecto y lo que indicaba su certificado una elaborada mentira.
Lo ocurrido trajo a colación la presencia de serios problemas al interior de la Dirección de Control Interno de la Municipalidad, que estaba al mando de Leyla Aguayo Valenzuela, toda vez que se repetía de nuevo lo ocurrido en 2005 cuando se descubrió que Javier Díaz Saldivia, otrora SECPLAN, usaba el título falso de Administrador Público.
Hoy, y tras meses de relativo silencio sobre este tema, La Opinión de Chiloé pudo confirmar que durante la tarde Tania Cherubini fue notificada de una demanda de indemnización de perjuicios por provecho de dolo interpuesta por la Municipalidad de Ancud donde se pide que le pague un total de $15.295.785.- más intereses, reajustes y costas, monto estimado en base las remuneraciones que recibió entre enero y junio de 2016 (mes cuando se descubrió todo).
El escrito indica que la aludida «no contaba al momento de su nombramiento con un título profesional de una carrera de a lo menos ocho semestres de duración, otorgado por una institución de Educación Superior del Estado o reconocida por este»; reafirmando que «nunca contó con un título profesional» y que por ello «se encontraba en conocimiento de que su inhabilidad para optar al cargo de SECPLAN, puesto que su nivel educacional no le permitía ocupar el aludido empleo, por lo que se encuentra en la obligación de restituir las rentas que recibió en esas circunstancias».
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