Castro: capturan a prófugo por homicidio frustrado de vecino de Quemchi. Juez lo había dejado libre

Fotografía de contexto, Carabineros de Chile.

CASTRO (La Opinión de Chiloé) — En medio de diversos patrullajes realizados por funcionarios de Carabineros en la comuna de Castro, y luego que el pasado 1 de diciembre se ordenara ingresar al Registro Nacional de Prófugos los datos del sentenciado, durante las últimas horas se confirmó la captura de un delincuente que en marzo de este año fue condenado por el delito de homicidio en grado de frustrado, y por el cual había accedido al beneficio de libertad vigilada intensiva bajo condiciones que, reiteradamente, incumplió.

De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-1888 -2023 RUC 2210043139-8, los hechos se remiten al 28 de agosto de 2022, cuando un joven identificado como J.P.A.Z. fue apuñalado en la zona abdominal estando a pasos del Terminal de Buses Municipal, quedando con riesgo vital en la vía pública.

Por este caso fue detenido y formalizado ante el Juzgado de Garantía de Castro un sujeto por su eventual participación en los hechos, quedando en prisión preventiva hasta el 14 de marzo de 2023 cuando se realizó un procedimiento simplificado que lo dejaría en libertad.

En dicha instancia, la fiscal (s) Carmen Vargas presentó una acusación verbal señalando que «cerca de las 19.30 horas, en la vía pública, calle San Martin de Castro, altura n.°631, el imputado Alan Jesús Arteaga Ruíz, utilizando un arma blanca, un cuchillo, con ánimo de dar muerte, procedió a agredir, en la zona del abdomen a la víctima J.P.A.Z., quien quedó con herida con evisceración en cuadrante inferior izquierdo de abdomen, siendo atendido en el Hospital de Castro, donde se identifica una perforación doble intestinal a nivel de asa de intestino delgado, siendo intervenido quirúrgicamente, manteniéndose en riesgo vital, evitándose su fallecimiento».

En este sentido, y previo acuerdo con la defensa, se le ofreció al delincuente la posibilidad de acceder a quedar libre si admitía responsabilidad en los hechos materia de la acusación, algo que éste realizó, dictándose inmediata sentencia el 14 de marzo de este año como se viene diciendo.

Así las cosas, se procedió a condenar a Alan Jesús Arteaga Ruíz a sufrir la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo por un delito de homicidio simple, previsto y sancionado en el artículo 391 n.°2 del Código Penal, cabiéndole al acusado una participación de autor, en grado de desarrollo frustrado.

Se le sumó la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

Luego, en relación al cumplimiento de la pena privativa de libertad, reuniéndose los requisitos establecidos en el artículo 15 bis de la Ley 18.216, la juez Alejandra Varas Cuevas sustituyó la pena corporal por la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por igual tiempo de la condena.

Se le ordenó que debía presentarse al Centro de Reinserción Social de Castro regularmente para estar sujeto a supervisión por parte de un delegado por el periodo fijado debiendo el condenado cumplir todas las normas de conducta y las instrucciones que aquél imparta respecto a educación, trabajo, morada, cuidado del núcleo familiar, empleo del tiempo libre y cualquiera otra que sea pertinente para una eficaz intervención individualizada.

Además, debía tener una residencia en un lugar determinado e informar el ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio, bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención individual, si el condenado careciere de medios.

Se añadió que debía practicársele la determinación de la huella genética, previa toma de muestras a cargo del Servicio Médico Legal de la comuna de Castro en coordinación con el Centro de Reinserción Social de esta comuna para su posterior remisión al Servicio de Registro Civil e Identificación e incorporación en el Registro Nacional de Condenados.

Sin embargo, desde la época de la sentencia, se registraron diversos incumplimientos por parte del antisocial, incluyendo no solamente sus reiteradas inasistencias a las citas con su delegado, sino que además, carecería de residencia estable y trabajo, algo que su defensor justificaba argumentando presuntos conflictos familiares por su consumo problemático de alcohol y sustancias.

A este respecto, el día 5 de septiembre de 2023, el Juzgado de Garantía decidió revocar la pena sustitutiva por incumplir las exigencias que se le impusieron, sin perjuicio que previamente, y en otra audiencia realizada en julio, ya se le había advertido de lo que pasaría tras detectarse el mismo problema.

Se debe agregar que en ambas ocasiones, asistió en calidad de detenido luego de no haber concurrido cuando fue citado a las audiencias de revocación, suspendiéndose y reagendándose las fechas originales.

Por lo tanto, el delincuente debía ser ingresado a la cárcel de Castro a cumplir la pena aflictiva, sin embargo, la Defensoría Penal Pública apeló a esta decisión ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, y el 29 de noviembre pasado, los magistrados emitieron su decisión confirmándola.

Dijeron que la decisión se tomó «atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, que dan cuenta que el condenado fue apercibido para dar cumplimiento de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, al menos en dos oportunidades distintas, y no ha asistido a las presentaciones programadas con el respectivo delegado del Centro de Reinserción Social, tampoco justifica sus inasistencias».

«A mayor abundamiento, se evidencia el reiterado incumplimiento a las exigencias establecidas en el artículo 17 letras a) y c) de la Ley 18.216, según lo informado por el Centro de Reinserción Social de Castro en los informes de fecha 25 de agosto y 1 de septiembre de 2023, condiciones que fueron impuestas en la sentencia de fecha 14 de marzo del año en curso», expresaron.

«Lo anterior, constituye un incumplimiento grave y, además, reiterado conforme a lo previsto en los artículos 25 n.°1 de la ley 18.216 y 370 del Código Procesal Penal, por lo que se confirma la resolución en alzada de fecha cinco de septiembre del año en curso, dictada por doña Alejandra Varas Cuevas, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Castro, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, y ordenó el cumplimiento efectivo del saldo de pena respecto del condenado Alan Jesús Arteaga Ruiz», finalizaron.

El condenado se encontraba en libertad, y tras conocerse la decisión de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, se emitió una orden de detención para que sea ingresado al Centro de Detención Preventiva de la capital provincial para cumplir, de manera íntegra, los 5 años de cárcel.

La diligencia fue realizada por funcionarios de la Sección de investigación Policial (SIP) de la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro, quienes procedieron a capturar al sujeto en el sector Puente Gamboa para luego trasladar al penado directamente a la cárcel. La información fue confirmada por el mayor Gustavo Guajardo, titular de la unidad policial en comento.

¡Bienvenido! Puedes opinar y debatir respecto al contenido de esta noticia. En La Opinión de Chiloé valoramos todos los comentarios respetuosos y constructivos y nos guardamos el derecho a no contar con las opiniones agresivas y ofensivas. Sé parte de la conversación.

Comentarios