Castro: el secreto y millonario pleito legal tras horrendo bullying donde niño fue violado

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CASTRO (La Opinión de Chiloé) — En plena etapa probatoria se encuentra actualmente una millonaria demanda de indemnización de perjuicios ordinario de mayor cuantía, por responsabilidad contractual, que presentó la familia de un menor con necesidades educativas especiales que entre 2016 y 2017 fue objeto de vejámenes de índole sexual al interior del Colegio Cahuala de Castro.

De acuerdo a información de tipo judicial a la que accedió La Opinión de Chiloé, mientras el caso avanzaba en su arista penal —que terminó con tres alumnos «modelo» condenados, dos de ellos por violación continuada y un tercero por cómplice—, también lo hacía de manera más lenta la causa civil ante el Juzgado de Letras de la capital provincial, estando actualmente en pleno proceso de término probatorio, esto es, el llamado a las partes para rendir prueba.

Lo ocurrido al interior del establecimiento educacional ubicado en el sector Llaullao causó conmoción, no sólo por las circunstancias en las que se perpetraron los ataques en contra del niño (en las mismas dependencias del colegio, en plena jornada escolar), sino que además, por las actuaciones dudosas y sorprendentes de funcionarios de ese recinto que quedaron al descubierto en el proceso investigativo, y que propendieron a «proteger» a los violadores, incluso, con suspensiones reiteradas de la víctima tras acusaciones de los hoy sentenciados.

Es más, durante el juicio no solamente se acreditó la aplicación de «castigos» hacia el menor cuando comenzó a tener comportamientos que alertaban sobre posibles agresiones de índole sexual, sino que también se reveló que varios compañeros de curso apoyaron a los delincuentes en estrado con declaraciones que a la postre, fueron desechadas por los jueces porque serían de oídas (lo que les habrían contado los violadores).

Además, se dejó entrever ante los magistrados que todo el cuerpo docente entrevistado por la PDI durante el proceso de indagatorias habría deslizado responsabilidad de los hechos sobre la propia víctima y no sobre el trío de antisociales.

Todo lo que pasó al interior del Colegio Cahuala llevó a la familia a interponer una demanda civil indemnizatoria acusando un evidente incumplimiento en su obligación de mantener la seguridad de los alumnos, arguyendo que existiría un actuar culpable y negligente al efecto que produjeron, así, un daño irreparable.

Funda aquello en normas diversas donde se asienta el deber de cuidado que deben tener las instituciones educativas con los niños, niñas y adolescentes, así como del deber de vigilancia sobre ellos que se une a la tarea de cuidar y proteger a todos aquellos que se encuentran en sus dependencias, en especial a los menores de edad.

La jurisprudencia reciente ante los tribunales de justicia es conteste con imponer duras sanciones pecuniarias contra los establecimientos educacionales para situaciones similares, esgrimiendo que aquello se transforma en una medida de reparación parcial para las víctimas de actos de vulneración de indemnidad sexual. En dicha línea, los familiares buscan que se le imponga al Colegio Cahuala una sentencia ejemplar: 450 millones de pesos más las costas, reajustes e intereses.

Toda esta batalla legal se ha mantenido bajo el manto del secreto en un caso que a nivel penal se zanjó en el mes de octubre de 2019 cuando los magistrados del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro condenaron —por tres votos contra cero— a M.D.Q.I. y A.H.S.O. como autores de un delito continuado de violación en perjuicio de su compañero a la pena de tres años de libertad asistida especial cada uno con programa de reinserción social, y P.A.G.N. como cómplice de dicho ilícito, a la pena de 541 días de libertad asistida especial, con programa de reinserción social.

Todos accedieron a los beneficios que dicta la Ley n.º20.084 sobre la responsabilidad penal de los adolescentes, siendo aquella la razón central de las penas recibidas; tanto el Ministerio Público como los querellantes estuvieron conformes. Las huellas genéticas (ADN) de este trío de delincuentes tampoco fueron ingresadas al Registro Nacional de Condenados por la misma razón.

El fallo, que sería confirmado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt en enero de 2020, sería uno de los medios probatorios centrales de la batalla civil que estuvo detenida varios meses debido a la pandemia, y que tras ser reactivada, actualmente está en fase de rendir prueba.

Hay que recordar que de acuerdo a lo reportado por La Opinión de Chiloé, los ataques quedaron al descubierto en septiembre de 2017 cuando la madre del menor estampó una denuncia acusando que su hijo fue violentado en reiteradas oportunidades en los camarines del recinto entre fines de 2016 y en marzo y abril de 2017 sin que nadie detectara algo.

La víctima, que tiene necesidades educativas especiales por un tipo de problema neurobiológico, sufrió un drástico cambio de comportamiento en 2016, justo en la época en que era ultrajado, sin que se tomaran las medidas a tiempo.

En vista de aquello, fue el menor quien terminó siendo sistemáticamente suspendido de clases, mientras que los implicados continuaron yendo con normalidad a clase, incluso relacionándose con otros niños. O sea, no existe registro alguno que indique que desde el recinto educativo se hayan tomado medidas de tipo proactivas para con estos delincuentes.

Es más, consta que en dos oportunidades se le aplicó al afectado el «castigo» de suspensión en base a acusaciones dos de compañeros de curso, que de manera insólita, resultaron ser los mismos que lo violaban.

La forma aparentemente negligente de cómo se abordó todo dentro del establecimiento quedó asentada en las distintas jornadas del juicio en Castro y en la discusión por el recurso presentado por la defensa ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, existiendo diversos medios probatorios tanto documentales como testimoniales donde se aprecia el actuar —a lo menos «sorpresivo»— de la institución educativa.

Hay que mencionar que en plena etapa de juicio, y en conversación con La Opinión de Chiloé, Marlys Castillo Triviños, abogada de la parte querellante en este caso, dijo sobre la directora del Colegio Cahuala que «se le consultó en el juicio respecto a si ella creía en el relato del niño y ahí ella señaló que no…». Agregó la querellante que «el colegio nunca hizo denuncia, ni a fiscalía, ni a Carabineros, ni a la PDI, ni al Juzgado de Garantía».

Agregó que la directora «apoyó a los acusados», y que se ajustaría a otras acciones que como autoridad del establecimiento realizó cuando declaró ante la Brigada investigadora de Delitos Sexuales y Menores de la Policía de Investigaciones de Ancud.

A eso se unió un comunicado masivo a padres y apoderados firmado por esta persona, donde expuso antecedentes que no se sabían (la causa era reservada) como por ejemplo, que los ultrajes habían ocurrido en las clases de educación física y en recreos, y que también se habría decidido en 2017 «informar» de la denuncia a los delegados del curso involucrado para que fueran capaces de responder a las preguntas y dudas de los padres.

Vale decir, lo ocurrido se habría ventilado entre quienes no eran parte de la causa penal (niños, niñas y adolescentes) en plenas indagatorias que realizaban detectives especializados de la PDI, sin que se sepa hasta ahora el detalle de lo que se difundió con precisión.

Confirmó tácitamente, además, que durante todo este tiempo los tres involucrados se mantuvieron en el colegio relacionándose con otros niños, y que sólo por iniciativa de los padres de los acusados (y no del establecimiento), se les permitió cerrar el año académico recién este 2019, en plena etapa de juicio.

Por si ello no fuera poco, antecedentes expuestos por La Opinión de Chiloé en un reportaje en octubre de 2019 (ver nota relacionada) indicaban que la víctima le habría relatado a un psicólogo del lugar que estaba siendo violentado en su indemnidad sexual por compañeros y este tampoco habría denunciado, sumándose registros que aluden a que el Jefe de la Unidad de Convivencia Escolar habría entorpecido la denuncia inicial, anotando todo el relato de las vejaciones en el libro de clases que sería de libre acceso a «cualquiera».

La demanda civil se maneja bajo estricta reserva debido a que al momento de ocurridos los hechos, todos los involucrados eran menores de edad.

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