Castro: formalizan a médico por cuasidelito de homicidio tras muerte a metros de Cesfam

Fotografía: José Nain.
Véase también:
Samu Chiloé critica red asistencial tras muerte de vecino a metros de Cesfam.

CASTRO (La Opinión de Chiloé) — A poco más de tres años del fallecimiento de Juan Manuel Sánchez Chodil (35 años), quien el martes 17 de febrero 2016 murió por un infarto sufrido a metros del Cesfam Quillahue, recinto de salud municipal donde presuntamente se le habría negado la atención médica correspondiente, finalmente el Ministerio Público de Castro ha individualizado a uno de los eventuales responsables en el ámbito penal de ese desafortunado hecho, y que probablemente siga camino hacia los tribunales civiles con una millonaria demanda en contra de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención al Menor de la capital provincial por falta de servicio.

Hay que recordar que en marzo de 2016, La Opinión de Chiloé publicó un artículo donde se informaba que la Fiscalía había procedido a iniciar las primeras diligencias para la potencial realización de peritajes que se pronuncien sobre la lex artis médica de ese día en el marco de un eventual cuasidelito de homicidio cometido por profesionales de la salud, procedimiento que fue autorizado por la magistrado Alejandra Cuevas del Juzgado de Garantía de Castro. En esa fecha, no había formalizado y las indagatorias continuaron para determinar la dinámica de lo que pasó.

Ese paso dio comienzo formalmente al proceso investigativo por la presunta responsabilidad penal médica que existiría en este caso, y que ayer jueves 21 de enero concretó la primera formalización: se trata del médico Ricardo Javier Olave Ovalle quien fue imputado como presunto autor en grado de consumado de cuasidelito de homicidio, ilícito previsto y sancionado en el artículo  391 n.°2 en relación al artículo 490 del Código Penal.

Según el fiscal, Luis Barría, el médico que actualmente reside en la comuna de Machalí «se negó en dos oportunidades a la atención de esta persona (la víctima)». Se fijó un plazo de investigación de 90 días y ninguna medida cautelar.

Fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé confirmaron que la causa probablemente llegue a algún acuerdo reparatorio o suspensión condicional del procedimiento como ya se ha visto en otros casos, y hay varios. Sólo a modo de ejemplo, las causas iniciadas en 2014 contra el médico Luis Hernán Vallejos Vallejos y la matrona Hilda del Carmen Risco Mansilla, ambos del Hospital de Ancud, finalizaron bajo tales términos respectivamente, todo por la muerte de una bebé debido a complicaciones derivadas de una asfixia neonatal en 2011 (ver nota relacionada). Ambos siguieron trabajando en el mismo nosocomio; sin embargo, aunque a nivel penal no hubo sanción relevante ni menos a nivel de sumario administrativo, tal antecedente se sumó a carpeta de una demanda civil ingresada en 2018 donde se exigía una indemnización de $100.000.000.-, por lo que la Corporación Municipal podría enfrentar algo similar en un futuro próximo.

Los hechos

Juan Manuel Sánchez Chodil (35 años) falleció el martes 17 de febrero 2016 por un infarto que sufrió a metros del recinto de salud municipal de la capital provincial. Las primeras informaciones indicaban que en ese lugar se le habría negado la atención médica correspondiente porque, supuestamente, a la persona que llegó a pedir ayuda se le pidió que concurriera la víctima por sus propios medios (estaba inconsciente en la vía pública); a ello se sumó que no le facilitaron ni camilla o silla de ruedas, ni menos apoyo por parte de los funcionarios que estaban ahí, incluyendo al propio médico de turno (el ahora formalizado).

El incidente no terminó ahí ya que tras haber solicitado una ambulancia vía telefónica, ésta nunca llegó por lo que fue trasladado por sus familiares en un vehículo particular al Hospital Dr. Augusto Riffart llegando prácticamente sin signos vitales, constatándose posteriormente su muerte.

En ese marco, tal y como reportó La Opinión de Chiloé, los funcionarios de SAMU Chiloé emitieron una declaración pública horas después donde procedieron a explicar que durante ese día se vieron imposibilitados en concurrir debido a que la única ambulancia disponible de esa institución estaba en un procedimiento en Queilen, y que desconocían las razones del porqué la ambulancia que tenía el Hospital de Castro no procedió a asistir a la víctima, algo que incluso hoy se desconoce de manera pública (ver nota relacionada).

Para Marcela Cárcamo en tanto, otrora Directora del Servicio de Salud Chiloé, lo ocurrido fue algo «lamentable» señalando que si bien es cierto entre el momento que ocurrió la situación y la atención transcurrieron 11 minutos, «la asistencia la tendría que hacer el personal de salud más próximo y posteriormente el Samu, y si no está (…) la ambulancia del hospital». Además, agregó: «(…) nosotros lamentamos la situación, entendemos que siempre que ocurra esto en la vía pública, en un espacio muy cercano a la asistencia pública, nuestros funcionarios tienen la obligación de hacer la primera asistencia y posteriormente, obviamente, llamar a las unidades de rescate que tiene el sistema público de salud».

NOTA DE LA REDACCIÓN: ¿Qué significa un cuasidelito? En palabras simples, según el Defensor Regional José Luis Craig, es un acto que sólo se comete con culpa, negligencia o falta de cuidado, por lo que el imputado sería tratado en forma más benigna por la justicia, esto es con una sanción más baja dado que no habría intención de causar un mal.

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