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Buzo habría confesado asesinato de dentista colombiano en Dalcahue.
Revelan antecedentes sobre sádico asesinato de dentista en Dalcahue.
DALCAHUE (La Opinión de Chiloé) — Para el próximo 17 de octubre de 2017 quedó fijada la audiencia de preparación de juicio oral en contra de José Luis Baquedano Herrera (54 años), buzo mariscador que sería el autor confeso del asesinato del dentista colombiano Efraín Alberto Alvear Jaramillo (38 años), hecho que quedó al descubierto en el sector El Bosque de Dalcahue el pasado 2 de mayo de 2016.
El profesional era egresado de la Universidad Metropolitana de Barranquilla y trabajaba como dentista en la ciudad de las dalcas, al menos desde 2014.
Según el Auto de Apertura de juicio oral al que accedió La Opinión de Chiloé, el crimen habría ocurrido entre la noche del 30 de abril y la madrugada del 1 de mayo. Ahí, el imputado, utilizando un elemento contundente, habría agredido “con intención homicida, en varias ocasiones a la víctima Efraín Alberto Alvear Jaramillo, en la zona de la cabeza, provocando al menos catorce traumas contundentes en cara y cráneo, estando la víctima viva durante el tiempo que se desarrollaban los golpes y teniendo cada uno de ellos la capacidad de causar la muerte, falleciendo finalmente la víctima en el mismo lugar, luego de agonizar, producto del accionar del imputado”.
El documento detalla que el aludido le habría provocado “politraumatismo encefalocraneano, fracturas múltiples de cráneo y la totalidad de los huesos de la cara, según el siguiente detalle: herida contusa frontal derecha irregular, estrellada de 4.5 cm con exposición ósea; herida contusa temporal derecha irregular con otorragia derecha; herida contusa parietal derecha con exposición de huesos fracturados; heridas contusas frontales irregulares derecha a izquierda, herida interparietal de 3.5 cms de bordes irregulares; heridas contusas múltiples occipitales en un área de 4 por 5 cms.; herida contusa ciliar derecha con fractura frontal; herida contusa malar derecha con fractura del malar y el maxilar superior y reborde dental superior completo; herida contusa y fractura de todos los huesos de la nariz; herida contusa irregular mejilla izquierda; fractura del malar izquierda; heridas contusas mentonianas con fracturas conminuta del maxilar inferior y reborde alveolar; fracturas parieto temporal derecha irradiada a la base del cráneo, órbita derecha, peñasco derecho y fracturas occipitales derecha a izquierda”.
Para el Ministerio Público de Castro, los hechos descritos son constitutivos del delito de homicidio calificado, previsto y sancionado en el artículo 391 n.°1 del Código Penal, bajo la circunstancia cuarta, esto es, haber obrado con ensañamiento, aumentando deliberadamente e inhumanamente el dolor al ofendido.
La pena aplicable para ese delito es la de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo, pero al tener dos circunstancias atenuantes de responsabilidad penal, la fiscalía solicita se condene al acusado a la pena de quince años de presidio mayor en su grado medio.
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