QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — A la espera del resultado de la investigación administrativa se encuentran dos exfuncionarios policiales dependientes de la Sexta Comisaría de Carabineros Quellón que fueron expulsados de la institución tras una serie de actuaciones alejadas de sus obligaciones hace algunos días, y que terminaron con la fuga de un contumaz delincuente bajo su custodia.
De acuerdo a fuentes independientes consultadas por La Opinión de Chiloé, los hechos se remiten a la captura de un antisocial con una orden de detención pendiente vinculada a lesiones menos graves, y que terminó en un presunto actuar negligente cuando fue trasladado —por protocolo— al Hospital de Quellón para constatar lesiones.
Lo que se ha podido indagar hasta ahora es que el sujeto habría sido ingresado por dos funcionarios, un Cabo y un Carabinero, y que por causas que serán objeto de investigación, habría sido dejado a solas en uno de los box de atención del Servicio de Urgencia, instancia que el aludido aprovechó para escapar.
El tema se ha tratado con absoluta reserva al interior de la Sexta Comisaría de Carabineros de Quellón ya que la dinámica de cómo se gestó todo no está muy clara, principalmente porque los involucrados habrían entrampado, inicialmente, la reconstitución de sus actuaciones.
En efecto, el aparente actuar alejado de sus obligaciones que terminó con la fuga se agravó con las claras inconsistencias y contradicciones de las declaraciones de ambos exuniformados a la hora de explicar lo que pasó.
Así las cosas, se abrió un procedimiento sumarial en contra de los dos por su eventual responsabilidad en este incidente, aunque a la espera de los resultados se decidió, por parte de la Prefectura de Carabineros n.º25 de Chiloé y Palena, expulsarlos de la institución.
La decisión se sustentó tras calificarse todo lo que rodeó el caso como una infracción disciplinaria grave al marco reglamentario institucional, en especial el comportamiento posterior de los dos aludidos.
Aunque el delincuente sería recapturado un par de horas después, las primeras diligencias sobre el actuar policial determinaron una negligencia inexcusable, ello tras revisar las cámaras de seguridad del consistorio que se complementaron con empadronamientos y toma de declaraciones de algunos testigos.
El sumario sigue activo, y aunque se ha detallado desde la Prefectura que la desvinculación podría ser revertida para ser cambiada por otra menos gravosa, lo cierto es que fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé indicaron que la medida que se tomó antes de conocerse los resultados sería irrevocable al poner presión sobre la Fiscalía Administrativa que, generalmente, toma resoluciones que no se alejan de lo ya determinado por su jefatura zonal.
En consecuencia, más allá de la drástica decisión que se tomó con los dos exfuncionarios, existe una alta probabilidad de judicialización por un eventual actuar arbitrario e ilegal del coronel Pedro Álvarez, jefe de la Prefectura de Carabineros n.º25 de Chiloé y Palena, quien sin esperar el resultado de la indagatoria administrativa, decidió expulsarlos en vez de suspenderlos o trasladarlos preventivamente como sí se ha hecho en otros casos, incluso más graves en Chiloé.
La Opinión de Chiloé no ha podido verificar con fuentes independientes las causales esgrimidas en la resolución que impone la sanción disciplinaria, ni tampoco si ambos involucrados interpusieron una reclamación ante el superior directo de quien la emitió, a través de un recurso jerárquico.
Eso sí, sin perjuicio de lo señalado precedentemente, al tratarse de sanciones disciplinarias expulsivas, los potenciales recursos de apelación que se interpongan van a ser conocidos y resueltos por el General Director de Carabineros.
Por lo tanto, ante la falta de una resolución definitiva vía sumario administrativo, la desvinculación de estos funcionarios no es materia zanjada; es más, podría traer repercusiones a corto plazo para el prefecto si es revertida temporalmente por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt de ingresarse un recurso de protección porque, como se viene diciendo, la decisión de apartarlos de la institución habría sido sin el debido proceso.
Los dos sancionados habrían cometido varias faltas contra el buen servicio explicitadas en el Reglamento de Carabineros, principalmente aquellas relativas a:
- No cumplir con el debido interés los deberes policiales, profesionales o funcionarios, considerándose como agravante la circunstancia que con ello se contribuye a la comisión de hechos delictuosos.
- Abandonar transitoria o momentáneamente el puesto o sector de vigilancia o no dar cumplimiento a una determinada comisión.
- La omisión de dar cuenta de los hechos que, por razones funcionarias, corresponda a los subalternos informar a los superiores, o hacerlo con retraso perjudicial o falta de veracidad.
- La omisión de registrar en los libros o documentos correspondientes, los hechos o novedades pertinentes al servicio; el hacerlo maliciosamente, omitiendo datos o detalles para desnaturalizar la verdad de lo ocurrido u ordenado; extraer hojas, pegar parches o efectuar enmendaduras en los libros oficiales, sin perjuicio de las responsabilidades de orden penal que puedan derivarse.
- Declarar ante cualquier funcionario superior o autoridad, hechos falsos u ocultar detalles intencionadamente para desorientar la realidad de los hechos.
Comentarios