Quellón: sujeto habría incendiado vivienda con exconviviente y dos niños en su interior. Tras huir, fue capturado por Carabineros

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Fotografía: J.A.S.J.

QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — Un intenso operativo policial registrado en la comuna de Quellón durante esta madrugada permitió detener, en flagrancia, a un delincuente que sería responsable de un violento incidente de violencia intrafamiliar que habría mutado, de manera sorpresiva, a un incendio estructural que, según los primeros antecedentes, habría tenido como objetivo quitarle la vida a su exconviviente que en esos momentos se encontraba con sus dos hijos (del que sería padre de uno de ellos) al interior.

De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé en causa RIT O-548-2025 RUC 2500714294-6 seguida ante el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quellón en contra de J.A.S.J. (28 años), las alarmas de emergencia se activaron alrededor de las 00.10 horas de la madrugada de hoy cuando se reportó que una vivienda era presa de las llamas en el sector de Lomas de Santa María, movilizando a distintas unidades de socorro hacia la zona.

Voluntarios del Cuerpo de Bomberos de la ciudad puerto concurrieron al lugar para intentar controlar las llamas, en una zona de difícil acceso, sin grifos y tendido eléctrico que entorpecía la llegada, iniciando un trabajo defensivo para bajar la carga calórica del siniestro, para luego abocar sus esfuerzos de manera ofensiva para controlar las llamas y evitar la eventual propagación, sin perjuicio de sospecharse que se trataba de un aparente incendio intencionado.

Lo que se sabe hasta ahora es que el endilgado habría arribado a la propiedad minutos antes para enfrascarse en una agresiva discusión con su exconviviente, quien a esa hora se encontraba con dos de sus hijos, y tras una dinámica aún por precisar, el aludido decidió prenderle fuego a la propiedad, escapando con rumbo desconocido.

Por ahora se habría determinado que el fuego podría haber comenzado en una de las piezas del segundo piso de la vivienda, propagándose rápidamente atendida su materialidad. En tal contexto, la mujer y los menores habrían alcanzado a escapar, dando aviso a equipos de emergencia y alertando sobre la huida de quien sería la persona que habría generado el siniestro.

Funcionarios de la Sexta Comisaría de Carabineros de Quellón se dieron a la tarea de entrevistarse con la víctima para con posterioridad, iniciar un operativo que permitió dar con el paradero del delincuente, un sujeto que sería oriundo de Los Ángeles, siendo detenido por su eventual participación en diversos ilícitos, quedando a disposición de la justicia.

La información fue confirmada por el fiscal Fabián Fernández Gatica, aseverando que el sujeto «habría concurrido al domicilio de la víctima ubicado en Lomas de Santa María, quien es su exconviviente y madre de un hijo en común, en donde el imputado, tras una discusión con la víctima, la habría amenazado con quemar el inmueble, materializando esta amenaza».

Dijo que presuntamente inició «un foco de incendio en el segundo piso que posteriormente se propagó a distintas habitaciones del inmueble». Acotó que en medio de esta emergencia, «la víctima logra huir del domicilio junto a sus hijos [y] requiere la presencia policial en el inmueble», activándose el procedimiento de rigor para la captura del aludido.

Expresó que el Ministerio Público de Quellón solicitó que personal de la Sección de Investigación Policial (SIP) de la Sexta Comisaría de Carabineros de esa ciudad se abocara a iniciar distintas diligencias para levantar todos los medios probatorios que sean necesarios para dilucidar la dinámica de los hechos, sumando a peritos especializados del Laboratorio de Criminalística de Carabineros (Labocar) de Puerto Montt.

«En virtud de los antecedentes preliminarmente recabados, se logró establecer la intencionalidad del imputado en la ocasión del incendio; se logró también recabar diversas declaraciones que permitieron establecer la participación del imputado en este hecho», dijo el persecutor penal, decidiendo así llevarlo ante la justicia.

Durante esta mañana se realizó la audiencia de control de la detención ante el Juzgado mixto de la ciudad puerto, instancia donde se declaró ajustado a derecho el procedimiento en virtud de la flagrancia evidente, dándose paso luego a la formalización de rigor por varios delitos, prácticamente todos vinculados a violencia de género hacia una mujer.

Así las cosas, en opinión del Ministerio Público de Quellón, y atendidas las conclusiones de los preinformes entregados por personal policial, los hechos antes descritos configurarían un eventual delito de femicidio, previsto y sancionado en el artículo 390 inciso 2° del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado.

Adicionalmente, y debido a la dinámica de los hechos, se añadió la presunta comisión del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, prescrito y sancionado en el artículo 399 y 400 del Código Penal en relación con el artículo 5 y siguientes de la Ley 20.066, en grado de desarrollo consumado.

Se añadió también el presunto delito desacato, descrito y sancionado en los artículos 240 del Código de Procedimiento Civil en relación al artículo 10 de la Ley 20.066, esto porque habría desobedecido de manera expresa y contumaz una prohibición ordenada por un tribunal en orden a no acercarse a la víctima o donde ella se encuentre.

Junto con ello, se indicó que al momento de la aprehensión, habría portado un arma cortopunzante entre sus vestimentas, por lo que se sumó el eventual delito de porte de arma blanca, descrito y sancionado en el artículo 288 Bis del Código Penal.

Expresó que los hechos antes descritos, fueron calificados como en grado de desarrollo frustrado respecto del primer ilícito y consumados sobre los otros tres, en los que le habría correspondido presunta participación en calidad de autor, en los términos descritos en el artículo 15 n.°1 del Código sustantivo, por haber tomado parte en la ejecución del ilícito de marras de una manera inmediata y directa.

Luego, una vez sopesados todos los antecedentes recopilados durante las horas posteriores a este incidente, la juez de turno determinó que se darían los supuestos fácticos para indicar la efectividad de los hechos y que el imputado podría tener responsabilidad directa, concluyendo que hasta el momento, existiría un correlato consistente entre los antecedentes recabados por la SIP de la Sexta Comisaría de Carabineros de Quellón y el Labocar de Puerto Montt, además de la imputación de la Fiscalía, por lo que dio lugar a la formalización.

En tal marco, el fiscal Fernández Gatica solicitó que se aplique la medida cautelar más gravosa en contra del sujeto, esto es, prisión preventiva, asegurando que sus antecedentes penales y policiales pretéritos configurarían un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima, además de un peligro de fuga, por lo que sería apropiado mantenerlo tras las rejas.

La Defensoría Penal Pública intentó desvirtuar tales argumentos, alegando que la medida sería desproporcionada, y que la necesidad de cautela que exigiría el Ministerio Público podría verse cumplida con un arresto domiciliario total, a pesar de los antecedentes expuestos en la audiencia respecto del endilgado.

Oídas las partes, la juez concluyó que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado, constitutivos del delito precitado.

Aseveró luego que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la norma ya referida, ésta sólo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración la naturaleza del ilícito que se imputa, las circunstancias de comisión y lesividad, la pena posible a imponer y su eventual forma de cumplimiento, que dan cuenta, por ahora, de la insuficiencia de otras medidas cautelares de menor intensidad, para resguardar el peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima que reviste la libertad del encausado, sin perjuicio de existir un peligro de fuga.

El delincuente cumplirá la medida cautelar en el Centro de Detención Preventiva de Castro por el tiempo que dure la investigación, y cuyo plazo fue fijado en 90 días.

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