
QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — En manos de personal especializado de Carabineros se encuentra actualmente una investigación que busca determinar la dinámica de un violento incidente de violencia intrafamiliar que vivió una mujer y sus dos pequeños hijos en la ciudad de Quellón, y por el cual se detuvo a un delincuente con amplio prontuario policial.
De acuerdo a información preliminar recopilada por La Opinión de Chiloé, los hechos habrían ocurrido en horas de la mañana del jueves cuando un sujeto, a pesar de existir una prohibición judicial de acercarse, irrumpió en una vivienda en manifiesto estado de ebriedad, y procedió a agredir a su cónyuge en medio de gritos de auxilio de dos menores, uno de los cuales era su hija en común de apenas 4 años.
Lo que se expuso ante el juez de garantía es que el sujeto ya habría amenazado a la mujer con anterioridad, y que en dicho marco, luego de atacarla con golpes de puño, la habría llevado a una pieza con la niñita, para posteriormente tomar un balón de gas y encerrarse con ellas.
Luego, habría procedido a manipular el cilindro para liberar su contenido, y premunido de un encendedor, presuntamente buscó de manera reiterada encenderlo profiriendo amenazas, que haría estallar todo para quemar la casa y matarlas.
Sin embargo, tras varios minutos de intentar realizar esta acción sin que funcionara, y luego que uno de los menores (a quien no encerró por ser su hijastro) procediera a solicitar ayuda a través de gritos, el delincuente decidió escapar de la propiedad con rumbo desconocido.
Realizada la denuncia, funcionarios policiales de la Sexta Comisaría de Carabineros de Quellón se apersonaron en el sitio del suceso y, tras escuchar el relato de la mujer, procedieron a activar un patrullaje por la zona para intentar dar con el paradero del antisocial, lográndose su detención.
Lo que se sabe hasta ahora es que el imputado tiene un amplio prontuario criminal por hechos circunscritos a violencia de género, indicándose que en mayo recién pasado ya había sido condenado por dos delitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, dos delitos de amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar y un delito de desacato.
A pesar de ello, el imputado se encontraba en libertad, y desoyendo la instrucción de tribunales que impusieron una restricción de acercarse, lo hizo este jueves en la mañana para protagonizar los hechos ya referidos.
Cabe mencionar que, respecto de mayo, sobre él pesaban las accesorias legales del artículo 9 letras A) y B) de la Ley 20.066, esto es, la obligación de hacer abandono del hogar que compartía con la víctima, la prohibición de acercarse a ella, a dicho domicilio, a cualquier lugar en que trabaje o se encuentre o visite de manera habitual.
Claramente lo incumplió. La afectada y sus dos hijos fueron auxiliados por Carabineros y trasladados hasta el hospital local para constatar lesiones, las que habrían sido calificadas como menos graves.
La información fue confirmada por la fiscal adjunta de Quellón, Karyn Alegría Velis, aseverando que anteriores a este hecho violento, habrían existido «previas amenazas que [el detenido] le habría realizado a su cónyuge».
En la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación, la persecutora penal esgrimió todos los antecedentes preliminares recopilados en la carpeta investigativa haciendo énfasis en la perspectiva de género, detallando que el imputado habría tenido una clara intención homicida.
Así las cosas, y en opinión de la Fiscalía, los hechos descritos precedentemente serían constitutivos de un presunto delito de femicidio en carácter de tentado, previsto y sancionado en el artículo 390 inciso 2° del Código Penal, al que le cabría al imputado la participación en calidad de autor.
Respecto a su hija de 4 años, la fiscal indicó que se configuraría el presunto delito de parricidio en carácter de tentado previsto y sancionado en el artículo 390 inciso 1° del Código Penal.
Se añadió en la audiencia que también se configuraría un delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, prescrito y sancionado en el artículo 399 y 400 del Código Penal en relación con el artículo 5 y siguientes de la Ley 20.066.
Adicionalmente, y entendiendo que existía una restricción judicial para que no se acercara a su cónyuge por incidentes violentos previos, se le formalizó también por el delito de desacato, prescito y sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, en relación con los artículo 9, letras b), 10 y 18 de la Ley n.° 20.066.
Por otro lado, y atendidas las amenazas de muerte, la Fiscalía indicó que se configuraría la presunta comisión de un delito de amenazas simples, descrito y sancionado en el artículo 296 n.º3 del Código Penal, también en contexto de violencia intrafamiliar.
Dada la gravedad de los ilícitos, y que de llegar a una condena se aplicaría cárcel efectiva, la Fiscalía pidió la medida cautelar más gravosa, esto es, la prisión preventiva.
El abogado Darwin Loreto, desde la defensa, incidentó los elementos fácticos expuestos por la persecutora penal, asegurando que la manipulación del cilindro de gas para liberar su contenido, así como el intento de encender éste, no podrían configurar un eventual intento de matar a alguna de las víctimas.
Además, alegó una eventual violación de las garantías constitucionales del delincuente al asegurar que tras ser detenido, no se le avisó inmediatamente a la defensoría.
Todo lo anterior fue desestimado, ya que en opinión del juez de garantía, existiría un correlato evidente entre la versión expresada por la víctima, los niños, y las primeras diligencias del personal policial.
Oídos los intervinientes, el juez de turno ordenó la prisión preventiva por considerar que la libertad de este sujeto constituiría un peligro para la seguridad de la sociedad y un peligro para la seguridad de la víctima. Se fijó un plazo de 90 días de investigación.

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