TC ordena aplicar Ley Emilia a ebrio por fatal choque en Huicha, Chonchi

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SANTIAGO/CHONCHI (La Opinión de Chiloé) — Luego de tramitarse por casi 15 meses ante el Tribunal Constitucional, finalmente tal magistratura ha liberado el fallo completo respecto al recurso de inaplicabilidad de la Ley Emilia presentado por Pablo Antonio Álvarez Vera, sujeto que protagonizó un fatal accidente de tránsito en el sector Huicha, Chonchi, y que terminó con la vida de Javiera Camila Antonia Borneck Hess (19 años) y Danilo Esteban Bórquez Vera (21 años), además de varios heridos de carácter severo.

Según lo consignado por La Opinión de Chiloé, en abril de 2018 el aludido fue declarado culpable del delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte, lesiones graves y daños, así como del delito de huir del lugar del accidente sin prestar auxilio. Por tales ilícitos, fue condenado a cumplir dos penas de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo. 

El 28 de mayo de 2018, Álvarez Vera presentó un recurso para que el Tribunal Constitucional declare inaplicabilidad por constitucionalidad respecto a los artículos 176 y 195, incisos tercero y cuarto, de la Ley n.°18.290. Fue acogido a trámite el 29 de mayo de 2018 y el 19 de junio se declaró admisible.

Luego, y a más de un año de aquél hito, el 13 de agosto de 2019 se liberó el fallo donde se rechazó el recurso en todas sus partes, por lo que la causa vuelve al tribunal de origen y se está a la espera del recurso de nulidad que presentó la defensa ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, el que debiera reactivarse dentro de los próximos días ya que La Opinión de Chiloé confirmó que el miércoles 21 de agosto se recepcionó el fallo en el tribunal.

El accidente

En particular, se acreditó en juicio oral de primera instancia que aproximadamente a las 21.50 horas del día 14 de enero de 2017, el imputado Pablo Antonio Álvarez Vera, conducía en estado de ebriedad la camioneta de su propiedad patente FTHL-60 por la ruta W-853 en dirección al sur; en tales circunstancias y encontrándose a la altura del kilómetro 5 de dicha ruta, sector Huicha de Chonchi, y debido a la disminución de sus capacidades psicomotoras perceptivas y reactivas por su ingesta de alcohol, unido a no mantener una distancia razonable ni prudente, colisionó al automóvil que lo antecedía, patente YA- 3765, que era conducido por la víctima Roberto Antonio Carrión Paredes, el que debido a la fuerza del impacto volcó a un costado de la vía, resultando dicho vehículo con daños de consideración.

Producto de lo anterior la víctima Roberto Carrión resultó con una herida en la rodilla derecha y una fractura de clavícula, lesión que le provocó incapacidad y tardó en sanar más de treinta días; a su vez, las víctimas que viajaban como pasajeros del vehículo conducido por el Sr. Carrión al momento de la colisión, resultaron con las siguientes lesiones: Valentina Javiera Toro Bahamonde con fractura periorbitaria bilateral, fracturas faciales múltiples, tec cerrado, fractura mandibular y fractura acetabular, lesiones que le provocaron incapacidad y tardaron en sanar más de treinta días; Javiera Camila Antonia Borneck Hess con traumatismo raquimedular que le causó la muerte en el mismo lugar; y Danilo Esteban Bórquez Vera con hipovolemia aguda severa, secundaria a trauma tóraco-abdominal que le causó la muerte en el mismo lugar. Acto seguido el acusado no presta la ayuda posible, no da cuenta a la autoridad y huye a pie del lugar del hecho.

El estado de ebriedad del imputado al momento de los hechos fue constatado por el personal de Carabineros que se constituyó en el lugar momentos después de lo sucedido, por las condiciones físicas en que éste se encontraba, y al aplicarle la prueba respiratoria denominada intoxilyzer, que arrojó como resultado 1,55 gramos por mil de alcohol en su sangre; en el mismo sentido, con fecha 21 de marzo de 2017 el Servicio Médico Legal Valdivia evacuó Informe de Alcoholemia referido al imputado que arrojó como resultado 1,64 gramos por mil de alcohol en su sangre al momento de la toma de la muestra respectiva a lo menos dos horas después de acaecidos los hechos referidos.

Hay que señalar que sólo Álvarez Vera mostró alcohol en la sangre en los exámenes que se realizaron a los choferes tras el fatal accidente.

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