Castro: en acuerdo quedó causa de «La manada de Llaullao» que violó a niño con NEE en colegio

Fotografía: Fiscalía Los Lagos.
Véase también:
Impactante caso de bullying en Castro: violaron y abusaron sexualmente de niño en colegio.
Castro: jueces instruyen «ocultar» nombre del colegio tras bullying con violaciones reiteradas a niño.
Castro: reveladores dichos de directora tras juicio por bullying con violaciones reiteradas a niño.
Castro: 159 exalumnos se pronuncian tras horrendo caso de bullying criminal en colegio.
Castro: libertad asistida para «La manada de Llaullao»: violaron a niño en colegio.
Castro: el frustrado acuerdo que casi «libera» a «La manada de Llaullao» que violó a niño con NEE en colegio.

PUERTO MONTT (La Opinión de Chiloé) — En etapa de redacción del fallo se encuentra actualmente la Corte de Apelaciones de Puerto Montt luego que el pasado 24 de diciembre quedara en acuerdo el recurso de nulidad deducido por las defensas de tres sujetos acusados de un horroroso caso de ultraje de índole sexual grupal perpetrado al interior de un establecimiento educacional de la capital provincial, y que ha causado un gran impacto en la comunidad chilota.

La Opinión de Chiloé confirmó que la comunicación de este fallo quedó para el próximo lunes 13 de enero del 2020, a partir de las 13.00 horas, instancia donde se conocerá si se mantendrá o no la sentencia unánime al que llegó el trío de magistrados del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro en el mes de octubre de 2019, cuando dieron por acreditada la culpabilidad —por tres votos contra cero— de los estudiantes M.D.Q.I., A.H.S.O. y P.A.G.N., quienes fueron acusados de violar y abusar sexualmente de un menor con necesidades educativas especiales.

Los ataques ocurrieron dentro de un conocido colegio donde asisten o han asistido hijos de dueños de medios de comunicación o políticos locales, por ejemplo; es más, incluso más de alguna funcionaria del Departamento Provincial de Educación en Chiloé se ha referido al caso para implícitamente defender a los hoy sentenciados. El fiscal de la causa ha indicado que se ha solicitado mantener reserva respecto a los nombres del trío de delincuentes y del colegio con el objetivo de proteger a la víctima: «no se puede dar a conocer ni los nombres de los intervinientes ni el lugar donde ocurrieron los hechos».

Los dos primeros delincuentes fueron condenados como autores materiales de los delitos de violación y abusos sexuales a cumplir tres años de libertad asistida especial, mientras que el tercero fue sindicado como cómplice, debiendo cumplir 541 días de libertad asistida especial.

Las defensas de los tres recurrieron de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt alegando supuestos hechos fácticos que no habrían sido considerados en el juicio para exculpar a los dos violadores y al encubridor. La audiencia de alegatos fue en vísperas de navidad ante los magistrados Jorge Pizarro Astudillo, Claudia Cárdenas Navarro y el abogado integrante Christian Löbel Emhart, quedando en acuerdo la decisión final.

Hay que recordar que de acuerdo a lo reportado por La Opinión de Chiloé, los ataques quedaron al descubierto en septiembre de 2017 cuando la madre del menor de 14 años estampó una denuncia acusando que su hijo fue violentado en reiteradas oportunidades en los camarines del recinto entre fines de 2016 y principios de 2017 sin que nadie detectara algo.

La víctima, que tiene necesidades educativas especiales por un tipo de problema neurobiológico, sufrió un drástico cambio de comportamiento en 2016, justo en la época en que era ultrajado, sin que se tomaran las medidas a tiempo.

De hecho, en vista de esos cambios, fue el menor quien terminó siendo sistemáticamente suspendido de clases, mientras que los implicados continuaron yendo con normalidad, incluso relacionándose con otros niños.

Los tres implicados eran considerados estudiantes «modelo», e incluso uno de los violadores era un pseudomonitor scout de niños que a pesar de la grave acusación y de las indagatorias realizadas por el Ministerio Público, nunca fue alejado de ellos. Ad portas de conocerse la sentencia donde se acreditó su culpabilidad, seguía en el mismo grupo con el apoyo de todos los adultos y apoderados. Él fue quien se retiró por decisión propia tras el enorme escándalo que significó la revelación a la luz pública del caso.

Según expuso la propia directora cuando estalló todo, las violaciones y abusos sexuales habrían ocurrido en las clases de educación física y en recreos. Ningún inspector, profesor, auxiliar ni otro adulto responsable se habría dado cuenta.

Además, y sorpresivamente, ella misma dijo que en 2017 habían decidido «informar» de lo que pasaba a los delegados del curso involucrado para que fueran capaces de responder a las preguntas y dudas de los padres, algo enormemente delicado porque difundió antecedentes adscritos a un delito sexual hacia un niño.

En efecto, lo ocurrido se difundió entre quienes no eran intervinientes y en plena etapa de indagatorias que realizaban detectives especializados de la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales y Menores (Brisexme) de la Policía de Investigaciones de Ancud. Algunas voces alertaban que la decisión de «informar» a los delegados de curso era para, supuestamente, «ajustar» un discurso para ocultar todo e intentar derribar la denuncia de la víctima.

La misma directora dejó tácitamente en claro que durante todo el proceso de indagatorias los tres involucrados se mantuvieron en el colegio relacionándose con otros niños, y que sólo por iniciativa de los padres de los acusados (y no del establecimiento), se les permitió cerrar el año académico recién en octubre de 2019, en plena etapa de juicio.

Se adujo que estaban preocupados de la «tranquilidad» de los dos condenados por violación y del condenado por complicidad.

Hay que precisar que en un comunicado difundido por el establecimiento, nunca se mencionó alguna acción de apoyo al menor que fue víctima, sólo se remitieron a hablar de los hoy sentenciados, cayendo incluso en errores que minimizaban el delito perpetrado por uno de los adolescentes.

Incluso se planificaron reuniones «informativas» de padres e hijos para exponerles, incluso antes de que se conozca la sentencia de primera instancia y antes que terminaran los estadios judiciales, afirmando que realizarían reuniones desde pre-escolar a tercero medio donde los apoderados podrán ir sin problema.

Fuentes que conocen del caso indican que lo anterior sería una más de las acciones donde se demostraría que en el establecimiento existiría «nula sensibilidad» respecto a una denuncia (y juicio) delicado donde la víctima es un niño con necesidades educativas especiales.

En tal marco de «movimientos dudosos» en ese colegio, tal y como ha consignado La Opinión de Chiloé, desde la familia se ha aseverado que la víctima le habría relatado lo que pasaba a un psicólogo de ese lugar y este no habría denunciado, sumándose registros que aluden a que el Jefe de la Unidad de Convivencia Escolar habría entorpecido la denuncia inicial, anotando todo el relato de las vejaciones en el libro de clases que sería de libre acceso a «cualquiera».

A lo anterior se añade que habría al menos un registro de la directora donde señala que la víctima en todo este abuso «no era creíble» y que sí había que creerle a los que fueron condenados por violación este jueves, dos de los cuales serían mayores de edad.

En dicho contexto, y en conversación con La Opinión de Chiloé, Marlys Castillo Triviños, abogada de la parte querellante en este caso, dijo que una de las testigos que asistió fue precisamente la directora, afirmando que «se le consultó en el juicio respecto a si ella creía en el relato del niño y ahí ella señaló que no…».

Agregó que la directora «apoyó a los acusados», y que se ajustaría a otras acciones que como autoridad del establecimiento realizó cuando declaró ante la Brigada investigadora de Delitos Sexuales y Menores de Ancud.

¿Qué es la libertad asistida especial?

Según el Sename, la Libertad Asistida Especial «es una sanción de carácter penal que establece la Ley 20.084 sobre Responsabilidad Penal Adolescente, en adelante LRPA, que consiste en la sujeción del adolescente al control de un delegado, de acuerdo a un plan de desarrollo personal aprobado por el tribunal, basado en programas y servicios que favorezcan su integración social».

Agrega que «la función del delegado está dirigida a la orientación, control y motivación del adolescente, debiendo procurar que éste ingrese a los programas y servicios necesarios para el fin señalado precedentemente. El control del delegado se ejerce mediante medidas de supervigilancia aprobadas por el tribunal».

¡Bienvenido! Puedes opinar y debatir respecto al contenido de esta noticia. En La Opinión de Chiloé valoramos todos los comentarios respetuosos y constructivos y nos guardamos el derecho a no contar con las opiniones agresivas y ofensivas. Sé parte de la conversación.

Comentarios