
QUELLÓN (La Opinión de Chiloé) — Accediendo a una pena inferior a la que hubiera recibido de haber ido a juicio oral, durante las últimas horas un contumaz ofensor sexual de menor fue condenado, en procedimiento abreviado, como autor consumado de un delito de violación infantil, hecho ocurrido a fines del año pasado al sur de la isla Grande.
De acuerdo a información judicial que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos se remiten a alrededor de las 22.00 horas del 17 de noviembre de 2021 cuando la mamá de la víctima estampó ante la Sexta Comisaría de Carabineros de Quellón una denuncia en contra de quien era su conviviente, indicando que había ultrajado a su hija de apenas 13 años.
En la acusación presentada por la Fiscalía local se indica que en horas de la tarde de ese día, y mediante engaños, la menor salió con el pederasta en búsqueda de leña a un bosque cercano a su vivienda emplazada en Coínco Alto, instancia donde el delincuente identificado como F.P.C. (27 años) la atacó.
Lo que reconoció este sujeto ante el juez de turno es que mediando la soledad del lugar, decidió golpear salvajemente a la niña para desnudarla y proceder a ultrajarla.
Consumado este acto deleznable, el pederasta le ordenó a la víctima que se vistiera y, mediante coacción y amenazas, le dijo que debía guardar silencio, que nadie creería lo que ocurrió. Sin embargo, ella le contó a su madre instantes después.
El delincuente fue detenido ese mismo día en flagrancia por Carabineros de la Sexta Comisaría local, siendo puesto a disposición de la justicia el día después.
Fuentes conocedoras del caso aseguraron que al momento de ser aprehendido, el imputado indicó que por este tipo de «cosas», en la comunidad donde se creció en Bolivia «solamente se huasquea no más» (dar golpes con una especie de látigo) y a que al ser una niña «a veces expulsan de la comunidad», por lo que pidió que lo retornaran a su país.
Las primeras diligencias fueron asumidas por funcionarios de la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales (Brisex) de la Policía de Investigaciones de Ancud quienes lograron levantar una serie de medios probatorios que dieron por acreditados los hechos, añadiéndose diversos peritajes sexológicos y médicos tras las lesiones que sufrió la afectada.
En esa época, el antisocial pasó a control de la detención y formalización de la investigación como presunto autor en grado de consumado de un delito de violación infantil, quedando en prisión preventiva. El pederasta estaba confeso.
Así las cosas, cerrada la investigación en su contra, el Ministerio Público de Quellón levantó una acusación para llevarlo a juicio, aunque previo a esta etapa procesal que se llevaría adelante en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro, el Ministerio Público acordó con la Defensa ofrecer un procedimiento abreviado argumentando, entre otras cosas, que buscaría evitar una revictimización de la niña al tener que declarar otra vez sobre lo ocurrido.
En dicho marco, la Fiscalía ofertó que de reconocer los hechos materia de acusación ante el juez de garantía, este sujeto recibiría una pena inferior a la que podría tener de llegar a juicio oral, lo que fue aceptado tanto por la defensa como por el encartado.
Así las cosas, el delincuente fue encontrado culpable en calidad de autor de un delito de violación impropia de menor de 14 años en episodio único, ilícito descrito y sancionado en el artículo 362 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado.
En consecuencia, fue sentenciado de inmediato a cumplir una pena de 5 años de presidio efectivo, añadiéndose las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Asimismo, el Juzgado de Garantía de Quellón impuso a F.P.C. las penas accesorias especiales de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.
El tribunal dictó, además, la prohibición del sentenciado de acercarse a la víctima y visitar su domicilio o establecimiento educacional, hasta su mayoría de edad. Eso es importante porque él podría acceder a libertad condicional en alrededor de 2,5 años más ya que está en prisión preventiva desde la época en que fue detenido (poco más de ocho meses).
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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