Castro: mujer es sorprendida intentando ingresar cocaína a la cárcel; quedó libre a la espera de citación

El periódico digital más leído de la provincia de Chiloé

Fotografía de contexto, Gendarmería de Chile.

CASTRO (La Opinión de Chiloé) — En manos del Ministerio Público de Castro quedó una causa penal abierta durante las últimas horas en la capital provincial por posible tráfico de drogas, y que tiene como imputada a una mujer que habría sido sorprendida intentando ingresar sustancias prohibidas a la cárcel de esa comuna, pero gracias al control de personal de Gendarmería, fue detenida antes de tener contacto con algún interno.

De acuerdo a información preliminar que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, previamente concertada con un tercero, quien se encontraba privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva de Castro, y con la clara intención de ingresar drogas al recinto penitenciario para su posterior distribución entre la población penal, la encartada fue sorprendida por funcionarios de Gendarmería de Chile queriendo internar entre sus vestimentas una especie de «bolsa de papel» contenedora de clorhidrato de cocaína.

Lo que se sabe hasta ahora es que la diligencia se concretó en el box de registro corporal que posee la cárcel, cuando una de las gendarmes detectó la presencia de un bulto sospechoso en uno de los bolsillos de la endilgada, siendo revisada con mayor atención hasta retirarle un envoltorio de papel que tenía en su interior una sustancia de color blanquecino, activándose los protocolos de rigor.

Precisando, se indicó que el hallazgo fue en uno de los bolsillos del pantalón, presumiéndose de inmediato que la aludida habría estado portando estas sustancias de carácter prohibidas para ser entregadas a un encarcelado, no estando destinadas para el consumo personal y próximo en el tiempo.

Así las cosas, se procedió a tomar contacto con la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro y con la Fiscalía local, pudiéndose comprobar mediante la prueba de campo ad hoc que lo incautado correspondía a clorhidrato de cocaína, con un peso bruto aproximado de 6 gramos. La información fue confirmada por el director regional de Gendarmería de Chile, Edgardo Caniulef, quien destacó la labor preventiva desplegada por el personal carcelario para evitar el inminente ingreso de drogas.

Conocidos los antecedentes, el fiscal de turno instruyó que se dejara en libertad a la imputada bajo apercibimiento del artículo 26 del Código Procesal Penal, por lo que su caso aún no ha sido visto por el Juzgado de Garantía de Castro.

La causa habría sido caratulada de manera provisoria por el Ministerio Público como un posible delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4º en relación con el artículo 1º, ambos de la Ley n.°20.000, en grado de consumado, pues para su configuración se requiere que una persona, sin la competente autorización, posea, transporte, guarde o porte consigo, tales sustancias o drogas productoras de dependencia física o síquica.

De esta forma, los antecedentes indicarían la concurrencia de al menos un verbo rector en la conducta de la encausada –portar– el que por sí mismo implica incurrir en la conducta de tráfico en los términos del artículo 4° de la Ley 20.000; además, se habría tratado de pequeñas cantidades, las que por mínima que sean producen daño a la salud pública, según los detalles de Gendarmería.

Si bien las sustancias no llegaron al receptor final, el grado de desarrollo del ilícito sería consumado, toda vez que se trata de un delito de mera actividad que por su propia naturaleza no requiere de una modificación del mundo exterior, no existiendo probabilidad para confundir la conducta punible con la consumación, bastando en consecuencia que simplemente la acusada mantuviera la droga en su poder.

Adicionalmente, se podría dar la eventual existencia de la calificante del artículo 19 letra h) de la Ley n.°20.000, y que establece en lo pertinente que “tratándose de los delitos anteriormente descritos, la pena deberá ser aumentada en un grado si concurre alguna de las circunstancias siguientes: h) Si el delito fue cometido en un centro hospitalario, asistencial, lugar de detención o reclusión, recinto militar o policial…..”.

En este caso en particular, por ahora se presume que la aludida sabía o no podía menos que saber cuál sería el destino de la droga —la que habría portado, transportado e ingresado al CDP de Castro—, y por esa misma razón, aparentemente la ocultó entre sus vestimentas para con ello intentar burlar las medidas de seguridad que deben sortear quienes visitan a los internos, sin que se sea obstáculo para presumir la agravante precitada, que no se haya alcanzado a materializar su traspaso al encarcelado al cual iban dirigidas las sustancias prohibidas, porque en la especie se trata de un delito de mera actividad y es irrefutable que la encausada, portó la droga y la ingresó al box de revisión, que está dentro del recinto penitenciario, el que por cierto sería su destino final. La Fiscalía dirá los pasos a seguir.

¡Bienvenido! Puedes opinar y debatir respecto al contenido de esta noticia. En La Opinión de Chiloé valoramos todos los comentarios respetuosos y constructivos y nos guardamos el derecho a no contar con las opiniones agresivas y ofensivas. Sé parte de la conversación.

Comentarios