Véase también:
34 internos de Ancud y Castro acceden al beneficio de libertad condicional.
Impacto y conmoción entre la sociedad chilota ha causado la liberación de 18 condenados por diversos delitos sexuales en contra de menores de edad luego que les fuera aceptada la solicitud del beneficio de libertad condicional por la comisión respectiva de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.
Tal y como consignó La Opinión de Chiloé, la decisión fue visada este jueves 27 de octubre por la ministra de dicho tribunal Ivonne Avendaño, los jueces Carolina Muñoz y Cristián Alcántara del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt, y las magistradas Marcela Araya y Lorena Fresard, del Juzgado de Garantía de la capital regional, quienes acogieron la solicitud de 34 internos de los Centros de Detención Preventiva de Ancud y Castro, dejándolos libres.
Así, en la Provincia de Chiloé fueron 8 del CDP de Ancud y 26 del CDP de Castro quienes accedieron al beneficio (existieron 48 solicitudes: 16 de la ciudad del Pudeto y 32 de la capital provincial); sin embargo, tras revisar la información de los liberados, quedó al descubierto que 14 violadores de niños/as fueron puestos en libertad y otros 4 por abusos sexuales en contra de infantes.
Los aludidos se sometieron al cumplimiento del antiguo Decreto Ley n.°321 que data del año 1925 y su reglamento, norma que les exige haber estado en la cárcel la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal; haber aprendido bien un oficio, y haber asistido con regularidad y provecho a la escuela del establecimiento penal y las conferencias educativas que se dicten.
Particularmente en el caso de pederastas, un experto comentó a La Opinión de Chiloé que el beneficio está consignado en la ley de manera indirecta desde 1982, indicando que «los condenados por delitos tan horrorosos como violaciones a menores se les puede conceder el beneficio de la libertad condicional al cumplir dos tercios de la pena impuesta en su sentencia (…). En la época de Pinochet se agregó el perdonazo con una ley ad hoc especial para quienes asesinaban después de violar a niños, y posteriormente en 1999, el Parlamento introdujo una nueva modificación con La Ley 19617 donde se le entregaba el beneficio a quienes violaran a menores de 12 años».
El experto además añadió que la modificación «comienza a gestarse en 1995, cuando se discutían en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Congreso con asistencia de Elgueta, Cornejo, Luksic, Martínez Ocamica, Pollarollo, Saa, Walker y Viera Gallo las modificaciones al Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y otros cuerpos legales en materias relativas al delito de violación que ingresó vía proyecto en 1993 con Patricio Aylwin».
Por otro lado, fue durante el gobierno de Sebastián Piñera que se estableció que el beneficio se concedería a través de resoluciones de la Corte de Apelaciones, excluyendo a los Seremis de Justicia según consta en la Ley n.°20587.
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