Aeródromo de Mocopulli: activan protocolos por viajera de Quellón con PCR positivo

MOCOPULLI, DALCAHUE (La Opinión de Chiloé) — Un sorpresivo operativo sanitario se registró durante esta mañana al interior del aeródromo Mocopulli luego que se confirmara que una viajera portadora del virus sARS-CoV-2 estaba esperando abordaje.

De acuerdo a información preliminar recopilada por La Opinión de Chiloé, se trata de una mujer que tendría residencia en la comuna de Quellón y que, a pesar de tener un PCR pendiente de respuesta, decidió concretar un viaje aéreo a pesar de las instrucciones de aislamiento preventivo que se imponen para aquellas personas que esperan resultados del test para coronavirus.

Lo que se sabe hasta ahora es que la paciente habría sido notificada como positivo estando ya en el aeródromo de Mocopulli, a la espera de subirse al avión de Jetsmart. Así, se descartó que haya alcanzado a subir, aunque no se ha informado si se encontraba o no en la pequeña sala de espera para abordaje.

En consecuencia, la paciente fue aislada en el mismo recinto para luego ser derivada a cuarentena estricta. Al cierre de esta nota, no se ha informado si fue enviada a su domicilio en Quellón o se la ingresó a una residencia sanitaria.

Desde el aeropuerto se indicó que personal realizó la sanitización de las instalaciones donde la mujer pudo haber estado. La información fue confirmada por el jefe (s) de la Autoridad Sanitaria Provincial, Christian Soto, quien precisó que se iniciará un sumario sanitario contra esta persona.

Fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé aseveraron que más alla de haber viajado a sabiendas de un resultado pendiente, esta persona sería seguidora de la teoría conspiranoica «plandemia» tras varios comentarios en redes sociales que serían de su autoría.

Respecto a lo que pasó, cabe mencionar que el punto III.8 de la resolución exenta n.º341 del Ministerio de Salud que «Dispone medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19» publicada en el Diario Oficial el 13 de mayo de 2020, señala que «las personas que se hayan realizado el test PCR para determinar la presencia de la enfermedad señalada deben cumplir una cuarentena hasta que les sea notificado el resultado».

Además, el punto X.41 del mismo documento dice que «el incumplimiento de las medidas impuestas por la autoridad en virtud de esta resolución y de otras resoluciones que imponen medidas sanitarias serán fiscalizadas y sancionadas según lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario, así como en lo dispuesto en el Código Penal, cuando corresponda».

Vale decir, acá hay dos potenciales vías sancionatorias de existir una violación a la legislación vigente:

  1. Acción en el ámbito penal, que compete al Ministerio Público. Diversos casos similares a lo largo del país han implicado, además, que más de algún Municipio o el Gobierno, a través del Ministerio del Interior o de las Seremis de Salud o Intendencias de las ciudades de destino de los «viajeros», presenten querellas en contra de los eventuales infractores.
  2. Acción en el ámbito administrativo-sanitario, que es potestad única de la Seremi de Salud. Diversos casos similares a lo largo del país han terminado con sumarios y la imposición de fuertes multas.

Pues bien, en ese contexto, el Ministerio Público abriría una causa pelan tras constatar la eventual violación de los artículos 318 y 318 bis del Código Penal, que sanciona a quien ponga en riesgo la salud pública en época de catástrofe sanitaria. Esta norma asegura una multa de hasta 200 unidades tributarias mensuales (hasta $10.205.800.-) o como máximo tres años y un día de presidio menor en su grado medio.

La duda cabe eso sí sobre quien tiene competencia para decretar diligencias y levantar una eventual acusación penal, ¿la fiscalía en la ciudad de Castro o Quellón?

Sin embargo, al aplicarse el «principio de ejecución» (el lugar donde comenzó a producirse el presunto ilícito), es probable que este caso termine siendo tramitado en la ciudad puerto. Lo mismo correría respecto a alguna querella, aunque la Gobernación o el Ministerio del Interior será el encargado de tomar cartas en el asunto.

Respecto al sumario sanitario, el que es llevado adelante por la Seremi de Salud ad hoc, la sanción puede llegar hasta las 1.000 UTM, o sea, alrededor de $51.029.000.-, aunque el monto puede diferir según el criterio de quien lo aplique. De ser reincidente, se duplica.

Para precisar, este procedimiento en el marco de la pandemia puede aplicarse a quienes infrinjan la normativa exponiendo la salud de la población, y la potestad es exclusiva y excluyente la Seremi de Salud.

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