Ancud: juez libera a joven que defendió a su madre cuando conviviente la golpeaba. Sujeto está grave

Fotografía de contexto.
Véase también:
Ancud: sujeto grave en la UCI de Castro. Joven defendió a su madre de atroz golpiza.

ANCUD (La Opinión de Chiloé) — Con medidas menos gravosas quedó, finalmente, un joven que durante este viernes habría protagonizado una violenta agresión en contra del conviviente de su madre en el sector Pudeto Bajo de Ancud, y que se dio tras concurrir a defenderla mientras era golpeada por el delincuente, quien `posteriormente sería trasladado grave a Castro.

Según antecedentes judiciales que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, los hechos habrían ocurrido alrededor de las 20.30 horas del día en comento, cuando en medio de una golpiza perpetrada por J.F.S.C. contra B.M.N.Ch., llegó el hijo de la mujer y procedió a defenderla, propinándole golpes de pies y puños a quien agredía a su progenitora.

Funcionarios de la 1ª Comisaría de Carabineros de Ancud concurrieron al lugar tras ser alertados sobre un procedimiento de violencia intrafamiliar, arribando a una vivienda del sector Agua Potable donde se encontraron con dos personas heridas, resultando ser la mujer y su conviviente.

La primera fue víctima de golpes de puño en el rostro, siendo el responsable J.F.S.C.; mientras que el segundo, es precisamente este sujeto, quien recibió golpes de pies y puños principalmente en el rostro y parte del tórax, descartándose por ahora el uso de algún elemento contundente.

El hijo de la mujer, identificado como H.M.M.N. fue detenido y puesto a disposición de la justicia durante este sábado, declarándose ajustada a derecho su aprehensión.

Luego, el Ministerio Público solicitó que se le formalizara por su presunta responsabilidad en calidad de autor de un delito de homicidio simple frustrado, consagrado en el artículo 391 n.°2 del Código Penal.

En tal marco, y con los antecedentes acompañados en la causa, la juez de turno concluyó que existiría un correlato consistente entre los medios probatorios recopilados por Carabineros y las imputaciones de la Fiscalía, por lo que el encartado podría ser responsable de este delito.

Por lo tanto, expresó que por ahora, los hallazgos de la indagatoria son suficientes para estimar que aparece justificada la existencia del delito en comento, sin perjuicio de la dinámica que deberá precisarse, por los que dio lugar a la formalización.

En consecuencia, el tribunal decretó como medidas cautelares el arraigo nacional y la prohibición absoluta de acercarse al conviviente de su madre, a su domicilio, lugar de trabajo, estudio o en cualquier lugar en que éste se encuentre o frecuente habitualmente.

El plazo de investigación se fijo en 60 días, ordenándose su libertad inmediata. Las diligencias siguen en curso para reconstruir lo que pasó, estándose a la espera de la evolución médica de otro imputado.

En particular, al cierre de esta nota su estado de salud se mantiene bajo reserva, aunque estaría internado aún en la Unidad de Paciente Crítico del Hospital Dr. Augusto Riffart de Castro, tras ser remitido desde el Hospital San Carlos de Ancud con lesiones graves.

Se detalló que al momento de recibir asistencia por parte del Servicio de Atención Médica de Urgencia (SAMU), éste presentaba distintas lesiones en la zona del rostro, cráneo y tórax.

Sin perjuicio de su estado de salud, el imputado J.F.S.C. está en calidad de detenido por las lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar que le habría propinado a la mujer. A ella se le constataron hematomas de tipo contusas, principalmente en el rostro, vinculadas a golpes de puño.

La capitán de la 1ª Comisaría de Carabineros de Ancud, Fernanda Campos, confirmó en general la información, detallando que ellos concurrieron a Pudeto Bajo con motivo de «un procedimiento de violencia intrafamiliar entre una pareja de convivientes, en el cual el hombre estaría agrediendo a la mujer».

«De esto fue alertado el hijo de la víctima, quien de forma se constituyó en el lugar agrediendo en defensa de su madre a su conviviente», dijo la funcionaria.

Gonzalo Baeza, Jefe Provincial del SAMU Chiloé corroboró que respecto del varón, «este paciente tuvo que ser manejado en el Servicio de Urgencia del Hospital de Ancud por la gravedad de sus lesiones, y posteriormente trasladado a la UCI del Hospital de Castro en la misma noche».

No es la primera vez que este sujeto ha golpeado a alguna mujer ya que existen al menos cuatro sentencias donde se consignan al menos otras dos mujeres y una niña como víctimas de golpizas, siendo en todos los casos multado por los tribunales.

En particular, uno de los casos más conocidos fue un incidente ocurrido el 20 de noviembre de 2016, y que incluiría hasta daños en el Hospital de Ancud mientras una de sus antiguas convivientes era atendida por diversas lesiones de la que él era responsable.

En efecto, alrededor de las 18.45 horas aproximadamente, en plena vía pública, en la intersección de las calles Lord Cochrane con Arturo Prat, el imputado agredió a esta mujer con golpes de pies y puños en el rostro y zona abdominal.

Tras ello, y ya en el centro asistencial, el imputado se habría puesto agresivo, procediendo a quebrar de una patada el vidrio de una de las puertas.

En aquella oportunidad, la juez de turno le aplicó una pena de multa ascendente a 1/3 de UTM (alrededor de $10.000.-) como autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en los artículos 399 y 494 n.°5 del Código Penal, en relación con el artículo 5° de la Ley de Violencia Intrafamiliar n.°20.066, en grado de desarrollo de consumado.

Respecto de los daños, recibió una pena de multa ascendente a 1/3 de UTM (alrededor de $10.000.-), como autor del delito de daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal.

Previo a este incidente, el delincuente había sido formalizado en varias ocasiones como presunto autor del delito de maltrato habitual en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 14 de la Ley n.°20.066, teniendo como víctimas a al menos dos mujeres en distintas fechas, ambas convivientes.

Dichas causas penales serían cerradas tras no poderse reunir antecedentes suficientes para fundar una acusación, ya que en todos los casos las víctimas nunca cooperaron.

Cabe precisar que respecto a lo ocurrido este miércoles, fuentes consultadas por La Opinión de Chiloé indicaron que es bastante probable que, de prosperar alguna acusación, la Defensoría Penal Pública alegue la existencia de una aparente legítima defensa de tercero respecto del hijo de la mujer.

Esta atenuante está contemplada en el artículo 10 n.°6 del Código Penal, ello en atención a que habría perpetrado la agresión hacia el conviviente de su madre tras el ataque del que ella era víctima.

La legítima defensa de tercero sólo es posible cuando el imputado actúa como defensor impulsado por motivos legítimos, vale decir, que no obró impulsado por motivos de venganza, resentimiento u otro motivo ilegítimo, siendo su sentido exigir de parte del defensor que conozca el efecto salvador de su acción (por ejemplo, auxiliando a la mujer que era golpeada), y que no obre exclusivamente por un motivo ilegítimo.

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es news_failures.jpg
¡Bienvenido! Puedes opinar y debatir respecto al contenido de esta noticia. En La Opinión de Chiloé valoramos todos los comentarios respetuosos y constructivos y nos guardamos el derecho a no contar con las opiniones agresivas y ofensivas. Sé parte de la conversación.

Comentarios