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Chonchi: ebrio reincidente vuelca camión con carga de piedras, a pasos de familia.
HUILLINCO, CHONCHI (La Opinión de Chiloé) — Una rápida tramitación ante el Juzgado de Garantía de Castro tuvo una causa penal abierta el miércoles en contra de un camionero que protagonizó un accidente de tránsito en el sector Huillinco, estando en manifiesto estado de ebriedad.
De acuerdo a antecedentes judiciales que tuvo a la vista La Opinión de Chiloé, aproximadamente a las 14.30 horas del 14 de septiembre, Carlos Raúl Bórquez Pérez perdió el control del camión que conducía, un Mercedes Benz patente BFPJ-54, volcando sobre la vía antes de llegar al pequeño puente Itiuco, cayendo su carga (rocas de cantera) al ingreso de una propiedad.
Voluntarios del Cuerpo de Bomberos de Chonchi con sus unidades K-1,H-1, R-3, B-4 y BX-4 de la Primera, Tercera y Cuarta Compañías fueron despachados al lugar para prestar ayuda al conductor del móvil y eventuales heridos tras informarse que habría provocado daños a una camioneta Toyota Hilux y a una vivienda.
Una de las hipótesis que se comenzó a trabajar respecto a la causa basal de este siniestro vial indicaba que Bórquez Pérez habría tenido problemas de maniobrabilidad producto de una alta ingesta alcohólica, y que se trataba de un delincuente reincidente con varias sentencias a su haber por ilícitos similares.
Personal policial verificó en terreno que el aludido presentaba fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar, ojos enrojecidos y somnolientos, consistentes con una persona que estaba imposibilitada para conducir por estar en manifiesto estado de ebriedad.
Adicionalmente, funcionarios de Carabineros de la Tenencia de Chonchi constataron que el 14 de febrero de este año, y por orden judicial del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, se le había cancelado de manera definitiva su licencia de conducir tras ser sentenciado como autor en grado de consumado del delito de conducción en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo n.°196 inciso primero de la Ley de Tránsito, en relación al artículo 110 de la misma Ley, tras haber sido sorprendido manejando ebrio y zigzagueante un tractocamión en la comuna de Llanquihue.
En dicha oportunidad, personal policial le practicó la prueba respiratoria respectiva al sujeto, el que marcó 2,69 gramos de alcohol por litro de sangre. Además, ya tenía antecedentes previos por delitos similares.
Luego, además de la cancelación de su licencia por ser reincidente, fue sentenciado a 61 dias de presidio menor en su grado mínimo, sustituyéndose la pena privativa de libertad por la de reclusión parcial domiciliaria noctura en su domicilio.
Ahora bien, en este nuevo accidente de Huillinco, Chonchi, Carabineros le practicó el intoxilyzer el que terminó por arrojar como resultado 2,16 gramos de alcohol por litro de sangre, quedando en calidad de detenido.
Rubén Vera Fuentes, comandante del Cuerpo de Bomberos de Chonchi, confirmó parte de lo que pasó ese día asegurando que al arribar voluntarios bomberiles «se constata en el lugar que se habría tratado de un volcamiento de alto tonelaje con piedras que venía [transitando] en el sector de sur a norte», expresando que «el accidente sería en el mismo pueblito de Huillinco».
Acotó que debido a la dinámica de este siniestro vial, «resulta con lesiones el conductor del camión, el cual fue evaluado y trasladado al Cesfam de Chonchi por personal del consultorio».
El mayor Gustavo Guajardo, comisario de la 2ª Comisaría de Carabineros de Castro, corroboró la información detallando que «este procedimiento se habría originado en circunstancias en que el conductor de un camión tolva, un varón de 56 años, transportaba rocas de cantera desde el sector de Cucao hasta el sector urbano de la comuna de Chonchi, y debido a que al camión se le habría reventado uno de sus neumáticos, este vehículo terminó volcado a un costado de la calzada».
Dijo que el accidente ocasionó «daños a una camioneta que se encontraba estacionada en el lugar y al frontis de un domicilio particular», precisando que no hubo personas lesionadas, «no obstante el conductor del camión resultó con lesiones de carácter leve».
Sobre su estado etílico, añadió la fuente que «al ser sometido a la prueba respiratoria por parte de personal de la Tenencia de Chonchi, se estableció que conducía en estado de ebriedad», mencionando que esto «implicó la detención de este conductor por el [presunto] delito de conducción en estado de ebriedad».
Complementó la fuente que el antisocial «no portabla licencia de conducir ya que se encontraba suspendida por una condena previa por hechos similares», algo que como se viene diciendo, La Opinión de Chiloé confirmó con antecedentes de la sentencia emanada desde el Juzgado de Garantía de Puerto Varas en febrero de este año.
La audiencia de control de la detención se realizó este jueves, intancia donde se la declaró ajustada a derecho, para posteriormente, proceder a la formalización de la investigación. En dicho lugar, el Ministerio Público de Castro le ofreció un procedimiento simplificado, por lo que el imputado reconoció los hechos al ver que tendría una pena poco gravosa.
Así, La juez Alejandra Varas Cuevas sentenció que Carlos Raúl Bórquez Pérez es autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de daños y con licencia de conducir cancelada, ilícito descrito y sancionado en el artículo 110 en relación al artículo 196 y 209, todos de la Ley de Tránsito n.°18.290, en estado de desarrollo de consumado.
Por lo tanto, lo condenó a sufrir la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo más accesorias legales y una multa de aproximadamente $20.000.-, la que se dio por cumplida atendido que estuvo detenido un par de horas esperando la audiencia. En cuanto a los daños, avaluados provisoriamente en cerca de $700.000.-, nada dijo.
Adicionalmente, se le sumó una nueva cancelación de licencia para conducir vehículos motorizados, aunque lo cierto es que ésta ya se encontraba retenida en un tribunal por la anterior sentencia de febrero de este año en Puerto Varas.
Luego, Bórquez Pérez volvió a acceder a un beneficio similar al anterior fallo, esto es, se le sustituyó la pena privativa de libertad impuesta por la pena alternativa de reclusión parcial en su modalidad domiciliaria. El control administrativo de esta medida quedó en manos del Centro de Reinserción Social de la ciudad de Castro y su fiscalización, deberá verificarse a través del sistema de monitoreo telemático.
Hay que recordar que cuando a un conductor, por primera vez, se le sorprende conduciendo en estado de ebriedad, de acuerdo al artículo 196 inciso 1°, ya citado, se le debiera imponer una pena de suspensión de su licencia para conducir vehículos motorizados por el lapso de dos años. Esta sanción aumenta a cinco años cuando es sorprendido por segunda vez. En el caso de una tercera ocasión, se procede a la cancelación de la licencia para siempre, independiente si existen o no daños o lesiones.
Lo anterior cambia en el caso de aquellos delincuentes que provocaren lesiones graves o menos graves dado que la prohibición a perpetuidad de volver a conducir generalmente se impone cuando es sorprendido en una segunda ocasión.

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